Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2013 (23/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Miercoles 23 de octubre de 2013

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que habria vulnerado su deber establecido en el articulo 184 inciso 1 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el articulo 201 inciso 1 de la citada Ley Organica; Analisis de la imputacion formulada al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Medina: 3. Que, para los fines del MORDAZA disciplinario contra el doctor MORDAZA MORDAZA se ha tenido en cuenta el expediente generado a partir de la investigacion efectuada por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que sustenta el pedido de destitucion formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia; 4. Que, el hecho materia de la imputacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA fue comunicado a la Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura por el Director de Policia Fiscal - Policia Nacional mediante el oficio y anexos que corren a fojas 01 y siguientes, dandole cuenta de investigaciones relacionadas con el ingreso al MORDAZA de vehiculos de procedencia extranjera; 5. Que, a fin de determinar la responsabilidad del doctor MORDAZA MORDAZA con respecto a los supuestos a los que se refiere el cargo en su contra, resulta necesario esclarecer si al tramitar los procesos judiciales signados con los numeros 2007-0017, 2007-0018, 2007-0019, 2007-0066, 2007-0067 y 2007-0068, previo a ordenar la inmatriculacion de vehiculos, tuvo la obligacion de verificar la acreditacion de la nacionalizacion de los mismos; 6. Que, con tal objetivo, se debe indicar que los referidos procesos judiciales, cuyos actuados obran en copias en los anexos A, B, C, D, E y F, fueron promovidos por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Bujaico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ladines Puertas, y tuvieron como materia - petitorio la declaracion de propiedad vehicular e inmatriculacion en el Registro de Propiedad Vehicular; 7. Que, asimismo, el juzgado a cargo del magistrado procesado admitio a tramite las solicitudes - demandas, en la via del MORDAZA no contencioso, y las declaro fundadas posteriormente, haciendo el reconocimiento de la propiedad vehicular y disponiendo su inmatriculacion en el registro de Propiedad Vehicular; 8. Que, frente a la actuacion del magistrado procesado, y a la imputacion en su contra, se debe tomar conocimiento del texto normativo de la circular de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria N° 09-2004/SUNAT/ A, del 04 de agosto de 2004, por lo que a continuacion se transcribe un extracto de la misma: "4. INSTRUCCIONES: De acuerdo a lo establecido en los articulos 95º y 96º del D.S. Nº 058-2003-MTC de 12.10.2003, modificado por el D.S. Nº 014-2004-MTC de 28.03.2004, las Fichas Tecnicas de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales deben ser selladas por la SUNAT, y a fin de homogenizar el cumplimiento de este requisito en las Intendencias de Aduana; de conformidad con las funciones y facultades de gestion conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N°115-2002-PCM, sirvase tener presente y hacer de conocimiento al personal a su cargo lo siguiente: 1. El despachador de aduana debera presentar conjuntamente con la Declaracion Unica de Aduanas (DUA) dos ejemplares de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales y una MORDAZA de esta, debidamente autenticada por el mismo. 2. El personal designado por el area de importacion sellara las fichas y la MORDAZA autenticada presentada por el despachador de aduana, tratandose de las DUAs seleccionadas a los MORDAZA naranja y rojo. 3. Para el caso de las Declaraciones Unicas de Aduanas seleccionadas a MORDAZA MORDAZA, el despachador de aduana presentara un expediente ante la Intendencia de Aduana donde numero la DUA, adjuntando dos ejemplares de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados

Consejo realizar la rectificacion relativa a su titulo de nombramiento; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion del 16 de octubre de 2013; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA VENICIA MORDAZA VARA; y en consecuencia se rectifique el articulo decimo MORDAZA de la Resolucion N° 217-2013-CNM, en el extremo referido al apellido MORDAZA "CUTIPA", debiendo ser el correcto "TORRES"; quedando el nombre completo como MORDAZA VENICIA MORDAZA VARA, al haberse declarado judicialmente fundado su cambio de nombre. Segundo.- Expedir el titulo a favor de MORDAZA MORDAZA VENICIA MORDAZA VARA, como Fiscal Provincial Civil y Familia de Canchis del Distrito Judicial de Cusco. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1002471-1

Dan por concluido MORDAZA disciplinario y absuelven a magistrado de cargo imputado por su actuacion como Juez del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Huaycan
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 515-2013-PCNM P.D. N° 006-2013-CNM San MORDAZA, 9 de setiembre de 2013 VISTO; El MORDAZA disciplinario N° 006-2013-CNM, seguido al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Huaycan de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1. Que, por Resolucion N° 150-2013-PCNM el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Huaycan de la Corte Superior de Justicia de Lima; Cargos del MORDAZA disciplinario: 2. Que, se imputa al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el haber ordenado la inmatriculacion de vehiculos en el Registro Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA, sin haberse acreditado su nacionalizacion correspondiente, esto es, sin verificar que tales vehiculos hayan pasado los controles aduaneros, habiendo omitido su deber de verificar que las fichas tecnicas de los automotores presentadas en los procesos se encuentren debidamente selladas por la SUNAT, conforme a la circular N° 09-2004/SUNAT/ A y sin tener en cuenta los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo N° 843 y sus modificatorias, asi como, los articulos 9 inciso a), 10 y 15 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, con lo

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