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El Peruano Miércoles 23 de octubre de 2013 505567 medida, casos en materia de colocación familiar (41.9%), trata (25.6%), trabajo infantil (22.7%) y seguimiento de medidas socioeducativas (20%). d) Resultados en materia de calidad de los servicios.- Con el fi n de asegurar que la prestación de servicios cumpla con estándares de calidad, tanto en la forma como en el fondo, el personal de la Demuna debe estar debidamente capacitado y se debe contar con la debida infraestructura y logística. 1. Sobre la capacitación recibida por el personal que ingresa a laborar en la Demuna.- En el 67.4% de las Demuna supervisadas el personal ha señalado haber recibido capacitación previa o inducción. En el 68.6% recibió capacitación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables mientras que el resto la recibió del gobierno local, de la propia Demuna o de alguna ONG. 2. Sobre las instituciones a las que se derivan los casos recibidos por las Demuna.- Las entidades a las que se derivan con mayor frecuencia los casos son los consultorios jurídicos gratuitos (46%), Ministerio Público (44.4%), Poder Judicial (44.4%) y entidades del sector salud (40.55%). 3. Sobre la defensa legal asumida por el profesional de la Demuna.- En 27.27% de casos, las abogadas y los abogados de la Demuna han asumido la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en un proceso judicial. 4. Sobre la privacidad para atender a los/as usuarios/as de los servicios.- El 47.9% de las Demuna respondió que el espacio de atención al usuario es privado; sin embargo, el 52.1% respondió negativamente. Cabe precisar que la privacidad del espacio es un asunto fundamental pues se trabaja temas íntimos o familiares que en una ofi cina abierta pueden restringir la libertad en la exposición de la queja o denuncia, o difi cultar su atención y solución. 5. Sobre mecanismos visibles para presentar una queja con relación a la atención en la Demuna.- La opinión ciudadana es fundamental para mejorar los servicios. El 93.5% de las Demuna no cuenta con un mecanismo visible de presentación de quejas. e) Percepciones del personal de la Demuna sobre el maltrato infantil y los roles sociales de mujeres, varones, niños, niñas y adolescentes.- Ante la pregunta acerca de si las personas menores de edad provocan ser golpeadas por sus padres, el 10% de responsables que respondieron esta pregunta, señaló como cierta esta premisa, cifra que se complementa con el 6.4% que justifi ca el uso de la violencia física para llamar la atención a los niños, niñas y adolescentes. A pesar de que estas cifras parecen pequeñas, resultan preocupantes pues se trata precisamente de quienes deben garantizar el respeto de los derechos de niños, niñas y adolescentes. En cuanto al rubro de percepciones sobre la familia, la información recogida da cuenta de que los responsables de las Demuna aún consideran a la familia tradicional nuclear (papá, mamá e hijos) como el principal esquema positivo de conformación, lo que puede afectar las decisiones al momento de resolver confl ictos familiares que faciliten la presencia de familias extensas o monoparentales. El 71.7% de responsables de las Demuna considera que la ausencia del padre da lugar a una familia incompleta. Estas percepciones vienen acompañadas de afi rmaciones como que el hombre es el responsable de la familia, 21.7%, o que el hombre es el responsable de traer dinero al hogar, 30.4%. Asimismo, expresiones como «la mujer casada o que convive no necesita de métodos anticonceptivos» se ha identifi cado en 19.6% de casos, cifra acompañada por la percepción de que es deber de la madre cuidar la casa y los hijos en un 37%, o que la tenencia de hijos menores de seis años es mejor que la tenga la madre (91.3%). De otro lado, la frase «lo que ocurre en la familia, siempre es un problema de la familia y de nadie más», se ha registrado en 19.6% de las respuestas. Los estereotipos y/o prejuicios sobre los roles sociales y familiares pueden originar que se tolere ciertas actitudes que vulneran los derechos de los niños, niñas y adolescentes. De acuerdo con las consideraciones anteriores, con el visto bueno de la Primera Adjuntía, de la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia y de la Secretaría General, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 164: «¡Fortalezcamos las Demuna! Defendiendo los derechos de niños, niñas y adolescentes», elaborado por la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: a) FORTALECER el rol rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y Adolescente (Snaina), a través de la Dirección General de Niños, Niñas y Adolescentes (Dgnna), articulando y orientando las acciones interinstitucionales de los diferentes organismos públicos y privados, tal como lo establecen las normas legales. b) FORTALECER los mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales y locales, a fi n de lograr articular las acciones de promoción y protección de los derechos de la niñez y adolescencia en los tres niveles de gobierno. Para ello, la Dgnna debe promover el establecimiento de entidades técnicas semejantes al ente rector en las respectivas jurisdicciones de los gobiernos regionales y locales. c) CREAR un sistema interconectado virtual entre todas las Demuna con la Dirección General de Niños, Niñas y Adolescentes, con la fi nalidad de mantener una estrecha coordinación interinstitucional, realizar el correspondiente monitoreo y establecer los correctivos necesarios en el marco de su competencia. d) APROBAR instrumentos como protocolos, directivas, manuales, entre otros, para garantizar que se adecúen los estándares nacionales de atención de las Demuna con los estándares mínimos internacionales de prestación de dicho servicio con particular énfasis en el fortalecimiento de capacidades del personal en enfoque de derechos, enfoque de género e interculturalidad tal como se propone en el informe defensorial que aprueba esta resolución. e) EVALUAR, como ente rector del Snaina, los informes de gestión remitidos periódicamente por las Demuna con la fi nalidad de adoptar las medidas necesarias para mejorar la gestión y la articulación con otras entidades del referido sistema. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a los alcaldes y alcaldesas del país: a) ASIGNAR Y EJECUTAR el presupuesto necesario para que las Demuna cuenten con servicio de internet, computadoras, muebles, equipos y materiales de ofi cina necesarios para garantizar el funcionamiento de las ofi cinas. b) ESTABLECER correctivos necesarios para que las Demuna cuenten con servicios de agua y desagüe, de modo que no se limiten las condiciones de atención a los usuarios y el personal tenga las condiciones adecuadas para el cumplimiento de sus funciones. Esta recomendación se formula, en particular, a los alcaldes de las municipalidades distritales de Huayllo (Apurímac), Quinua (Ayacucho) y Cieneguilla (Lima). c) ASIGNAR presupuesto y REALIZAR las reformas de infraestructura necesarias para que las Demuna cuenten con baños, salas especiales para la atención de niños, niñas y adolescentes, salas de conciliación, rampas de acceso y pasamanos, así como eliminar todas las barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de las personas con discapacidad, tal como lo exigen las leyes y los reglamentos vigentes. Igualmente, deberán capacitar al personal para que pueda informar con lenguaje de señas cuando sea necesario. d) IMPLEMENTAR un espacio privado para garantizar la privacidad, la confi dencialidad y la libertad en la