Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2014 (30/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Sabado 30 de agosto de 2014

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provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, habiendose realizado con la persona de MORDAZA Benza Pflucker, quien MORDAZA el cargo de recepcion de la notificacion. 3. Computado el plazo otorgado de dos dias naturales para subsanar las omisiones advertidas mediante Resolucion N.° 00001-2014-JEE-HUAURA/JNE, se tiene que dicho plazo vencia el 16 de MORDAZA de 2014, por lo que el recurrente, al presentar su escrito de subsanacion el 17 de MORDAZA de 2014, lo hizo de manera extemporanea. 4. Este colegiado considera que el no haberse realizado la notificacion con el personero legal, pero si en el domicilio consignado en la solicitud de inscripcion de lista de candidatos, no constituye un hecho que MORDAZA impedido una oportuna subsanacion por parte del recurrente, mas aun cuando MORDAZA Benza Pflucker recibio la notificacion sin problemas. 5. Por los motivos senalados, corresponde confirmar la resolucion venida en grado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Idilio MORDAZA Bazo, personero legal titular del partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y MORDAZA, en contra de la Resolucion N.° 00002-2014-JEE-HUAURA/JNE, de fecha 19 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huaura, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de listas presentada por el referido partido politico para el Concejo Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, y CONFIRMAR la mencionada resolucion en todos sus extremos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1131067-6

Con fecha 14 de MORDAZA de 2014 (fojas 35), se notifico a la referida organizacion politica con la Resolucion N.° 00001-2014-JEE-HUAURA/JNE, en el domicilio senalado en la solicitud de inscripcion de lista, esto es en av. Grau N.° 266, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima. Por escrito de fecha 17 de MORDAZA de 2014, el partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y MORDAZA (fojas 15 y 16), subsano las observaciones formuladas mediante la Resolucion N.° 00001-2014-JEE-HUAURA/ JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014. Por Resolucion N.° 00002-2014-JEE-HUAURA/ JNE, de fecha 19 de MORDAZA de 2014 (fojas 8 a 11), se declaro improcedente la solicitud de inscripcion de listas presentada por la referida organizacion politica para el Concejo Distrital de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA por no haber subsanado las observaciones dentro del plazo de ley. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 23 de MORDAZA de 2014 (fojas 2 a 4), Idilio MORDAZA Bazo, personero legal titular del partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y MORDAZA, presento recurso de apelacion en contra de la Resolucion N.° 00002-2014-JEE-HUAURA/JNE, alegando lo siguiente: a. No ha sido validamente notificado con la Resolucion N.° 00001-2014-JEE-HUAURA/JNE, dado que esta fue recibida por MORDAZA Benza Pflucker y no por el personero legal del partido. b. Senala, ademas, que "haciendo las consultas pertinentes el Sr. MORDAZA Benza Pflucker, expresa que el documento, le entrega la Srta. MORDAZA MORDAZA, quien hace sus veces de notificadora; segun consta en el detalle de la MORDAZA de recepcion, la misma que expresa le fue entregada en las oficinas del JEE, por lo que hay contradicciones evidentes en la resolucion impugnada". CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral considera que se debe establecer si el JEE ha realizado una debida notificacion de la Resolucion N.° 00001-2014JEE-HUAURA/JNE y una debida calificacion del escrito de subsanacion presentado por el partido politico El Frente Amplio por Justicia, MORDAZA y Libertad. CONSIDERANDOS Regulacion normativa sobre la subsanacion de observaciones en el procedimiento de inscripcion de listas 1. El articulo 28 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales establece: "Articulo 28.- Subsanacion 28.1 La inadmisibilidad de la lista de candidatos, por observacion a uno o mas de ellos, podra subsanarse en un plazo de dos dias naturales, contados desde el dia siguiente de notificado. Tratandose de subsanaciones que requieran el pago de derechos en el Banco de la Nacion, si dicho plazo venciera en dia inhabil, el interesado podra subsanar el requisito el primer dia habil siguiente, bajo apercibimiento de declararse su improcedencia. 28.2 Subsanada la observacion advertida, el JEE dictara la resolucion de admision de la lista de candidatos. Si la observacion referida no es subsanada se declarara la improcedencia de la solicitud de inscripcion del o los candidatos, o de la lista, de ser el caso." (Enfasis agregado). Analisis del caso concreto 2. En el presente caso, se aprecia que, a fojas 35, obra el cargo de notificacion de la Resolucion N.° 000012014-JEE-HUAURA/JNE, donde se aprecia que el diligenciamiento de la notificacion se realizo a las 12:45 horas del 14 de MORDAZA de 2014 al domicilio senalado en la solicitud de inscripcion de lista de candidatos (fojas 39), esto es, en av. Grau N.° 266, distrito de Paramonga,

Confirman resolucion que declaro improcedente inscripcion de lista de candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 971-2014-JNE Expediente N° J-2014-01142 MORDAZA - MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE N° 00179-2014-084) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, treinta de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal titular del movimiento regional Frente Amplio de MORDAZA, en contra de la Resolucion N° 00012014-JEE-PUNO/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014.

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