Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2014 (16/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Jueves 16 de enero de 2014

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el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en el Reglamento COES aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion Nº 02-2014. SE RESUELVE Articulo 1°.- Disponer la publicacion en la pagina Web de OSINERGMIN www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolucion que aprueba el Procedimiento Tecnicos COES PR-22 "Reserva Rotante para Regulacion Secundaria de Frecuencia", conjuntamente con su exposicion de motivos, Informe Tecnico N° 0027-2014-GART y el Informe Legal N° 0023-2014-GART, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Definir un plazo de quince (15) dias calendarios contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: NRT2013@osinerg.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios, para su analisis, hasta las 06:00 p.m. Articulo 3º.- Convoquese a Audiencia Publica para la exposicion por parte de OSINERGMIN, de la propuesta de Procedimiento Tecnico COES PR-22 "Reserva Rotante para Regulacion Secundaria de Frecuencia", que se realizara en la fecha, hora y lugar siguiente: Fecha : jueves 23 de enero de 2014 Hora : 10:00 a.m. Lugar : MORDAZA Sala de Reuniones de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) Av. Canada 1460, San MORDAZA Articulo 4°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1038569-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen publicar proyecto de resolucion que aprueba el Procedimiento Tecnico COES PR-22 "Reserva Rotante para Regulacion Secundaria de Frecuencia" en la pagina web de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 005-2014-OS/CD MORDAZA, 14 de enero de 2014 CONSIDERANDO Que, el literal c) del numeral 3.1 del Articulo 3° de la Ley N° 27332, "Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores", senala que la funcion normativa de los Organismos Reguladores comprende la facultad de dictar, en el ambito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas tecnicas. En tal sentido, el Articulo 21° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, precisa que corresponde a OSINERGMIN dictar reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios, definiendo los derechos y obligaciones de tales entidades y de estas con sus usuarios; Que, de conformidad con el Articulo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo. Estas disposiciones concuerdan con lo establecido en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema - COES aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM y en la Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos, aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 476-2008-OS/CD; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolucion que aprueba el Procedimiento Tecnico COES PR-22 "Reserva Rotante para Regulacion Secundaria de Frecuencia", para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados. En el caso materia de analisis, se considera conveniente convocar a una audiencia publica, con la finalidad de que OSINERGMIN, al MORDAZA del MORDAZA de transparencia, sustente los criterios y metodologia utilizada en la propuesta, y se facilite la mayor participacion de los interesados; Que, finalmente se ha emitido el Informe Tecnico N° 0027-2014-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Legal N° 0023-2014GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, en

Aprueban modificacion de Contrato de Suministro suscrito por Luz del Sur S.A.A. y Enersur S.A. como consecuencia del MORDAZA de Licitacion de Suministro Electrico ED-02-2009LP
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 006-2014-OS/CD MORDAZA, 14 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 4° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley"), el abastecimiento oportuno y eficiente de energia electrica para el MORDAZA regulado, se asegurara mediante Licitaciones que resulten en contratos de suministro de electricidad de largo plazo con Precios Firmes que seran trasladados a los Usuarios Regulados. El MORDAZA de Licitacion sera llevado a cabo con una anticipacion minima

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