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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2014 (16/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Jueves 16 de enero de 2014 514396 Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647 - Establecen normas que regulan actos relativos al perfeccionamiento nacional de los tratados celebrados por el Estado peruano; DECRETA: Artículo 1°.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gabinete de Ministros de Ucrania en Cooperación Militar y Técnica”, fi rmado el 17 de febrero de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30146 del 3 de enero de 2014. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de enero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1038701-8 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el Manual de Carreteras - Diseño Geométrico DG-2013 RESOLUCION DIRECTORAL N° 31-2013-MTC/14. Lima, 18 de Diciembre 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley N° 27181-Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, teniendo, entre otras, competencias normativas; Que, en ese marco, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, ha señalado en el Numeral 4.1 de su artículo 4°, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fi scalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento. Asimismo; el artículo 19°, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final de la misma norma, señala que este Ministerio, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, elabora, actualiza y aprueba los manuales para la gestión de la infraestructura vial; Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, ha previsto en su artículo 18°, que los manuales son documentos de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio, que sirven como instrumentos técnicos a las diferentes fases de gestión de la infraestructura vial; Que, dentro de la relación de manuales consignados en el artículo 20º del mencionado reglamento, se encuentra el Manual de Diseño Geométrico. Dicho manual, según el artículo 21º del mismo Reglamento, contiene las normas, guías y procedimientos para el diseño de carreteras conformando un elemento que organiza y recopila las técnicas de diseño vial desde el punto de vista de su concepción y desarrollo, en función a determinados parámetros, considerando aspectos de conservación ambiental y seguridad vial, coherentes con las especifi caciones técnicas de construcción, así como, incluye planos tipo; Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre sus funciones, las de formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial (estudios, construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos); Que, en ejercicio de tales funciones, y en atención a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, la Dirección de Normatividad Vial planteó en el año 2010, la formulación del Manual de Diseño Geométrico, mediante la contratación de los servicios de una empresa consultora; Que, para tal efecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones contrató a la empresa MASEDI CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., a fin que elabore la citada norma (Contrato N° 001-2010- MTC/10); Que, luego de la elaboración del manual y de otorgada la conformidad a los servicios de la citada consultora, la Dirección de Normatividad Vial presentó a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con Informe N° 105-2011-MTC/14.04 de fecha 14 de Septiembre del 2011, el proyecto fi nal del Manual de Diseño Geométrico de Carreteras, para su prepublicación correspondiente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS-“Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, y en la Directiva N° 001-2011- MTC/01-Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos de normas legales, aprobada por Resolución Ministerial N° 543-2011- MTC/01; Que, en atención a ello, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles dispuso, a través de la Resolución Directoral N° 21-2011-MTC/14 de fecha 22 de Setiembre del 2011, la publicación del proyecto de manual en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, por un plazo de 30 días calendario; Que, la publicación del proyecto de manual motivó la presentación de observaciones, sugerencias, y aportes; siendo que la revisión, evaluación, e integración de los mismos, estuvo a cargo de la Dirección de Normatividad Vial; Que, posteriormente, mediante Informe N° 046- 2013-MTC/14.04 de fecha 22 de Agosto del 2013, la Dirección de Normatividad Vial comunicó a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, que no obstante la publicación realizada en el año 2011, resultaba necesario se realice una nueva publicación del proyecto de manual ya que se había realizado diversas correcciones, adecuaciones e innovaciones que ameritaban una nueva revisión de las mismas por parte de la ciudadanía en general. Asimismo, precisó que la norma debe denominarse Manual de Carreteras- Diseño Geométrico DG-2013; Que, en atención a ello, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles dispuso, a través de la Resolución Directoral N° 25-2013-MTC/14 de fecha 23 de Agosto del 2013, la publicación del proyecto de manual en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, por un plazo de 30 días hábiles; Que, la nueva publicación del proyecto de manual motivó, a la vez, la presentación de nuevas observaciones, sugerencias, y aportes;