Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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MORDAZA, cinco de febrero de dos mil catorce VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del regidor Elbis Miler MORDAZA Huamanlazo, por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, de fecha 27 de setiembre de 2013 (fojas 5 a 6), el Concejo Distrital de Hongos declaro la vacancia del regidor Elbis Miler MORDAZA Huamanlazo por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha decision fue adoptada ante la inasistencia de la referida autoridad MORDAZA a las sesiones ordinarias consecutivas de concejo realizadas los dias 21 de enero, 11 y 19 de febrero, y 18 de marzo de 2013. Mediante el Oficio N° 096-2013-MDH/A, presentado el 14 de octubre de 2013, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Hongos solicito la convocatoria de candidato no proclamado (fojas 2 a 25, incluido anexos). No obstante, por Oficio N° 5002-2013-SG/JNE, el cual fue recibido por la referida comuna el 6 de noviembre de 2013, se solicito al titular del pliego que remita la MORDAZA o resolucion de alcaldia que declara consentido el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria del 27 de setiembre de 2013, o en caso de que se MORDAZA interpuesto recurso de apelacion en contra de dicha decision, remitir el medio impugnatorio presentado (Expediente N° J-20130786, fojas 67 a 68). CONSIDERANDOS MORDAZA MORDAZA 1. Conforme al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, MORDAZA de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 3. Del analisis de autos se puede apreciar que el regidor Elbis Miler MORDAZA Huamanlazo inasistio injustificadamente a las sesiones ordinarias de concejo realizadas los dias 21 de enero, 11 y 19 de febrero, y 18 de marzo de 2013 (fojas 8 a 12, 12 a 16, 16 a 19, y 20 a 25, respectivamente), conforme aparece en el acta de la sesion extraordinaria del 27 de setiembre de 2013, obrante en MORDAZA autenticada de fojas 5 a 6 de autos. Asimismo, puede observarse que el regidor Elbis Miler MORDAZA Huamanlazo fue notificado el 1 de octubre de 2013 con el Acta de Sesion Extraordinaria N° 60, que declaro su vacancia en el cargo, segun MORDAZA de notificacion que obra a fojas 7 de autos. Por otro lado, en autos obra el Informe N° 10-2013MDH/DGA, de fecha 8 de noviembre de 2013, que senala que hasta la fecha no ha ingresado, por mesa de partes, ningun recurso impugnatorio contra dicha acta (fojas 33). 4. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, estando a que no se registran candidatos no proclamados de la organizacion Hongos XXI, por la que fue MORDAZA el regidor cuya vacancia se declara, corresponde convocar a Magaly MORDAZA Barahona MORDAZA, candidata no proclamada del MORDAZA MORDAZA Secretario General 1050347-4

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

Movimiento Regional Concertacion para el Desarrollo Regional - MORDAZA, para completar el numero de regidores del Concejo Distrital de Hongos. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamacion de resultados, de fecha 15 de noviembre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Elbis Miler MORDAZA Huamanlazo, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Elbis Miler MORDAZA Huamanlazo como regidor del Concejo Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Magaly MORDAZA Barahona MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 44516150, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Hongos, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. SS. MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Dejan sin efecto credencial y restablecen vigencia de credencial de regidor de la Municipalidad Provincial de Azangaro, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 092-2014-JNE Expediente N° J-2013-0008 AZANGARO - MORDAZA MORDAZA, seis de febrero de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 56-JM-PU-PL/Az, remitido por el Juzgado Mixto - Penal Unipersonal y Liquidador de Azangaro y recibido el 29 de enero de 2014, a traves del cual se pone en conocimiento la actual situacion juridica de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor suspendido de la Municipalidad Provincial de Azangaro, departamento de Puno. CONSIDERANDOS 1. Mediante la Resolucion N° 047-2013-JNE, del 17 de enero de 2013 (fojas 78 a 81), el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, se dejo sin efecto, provisionalmente, la credencial que le fuera otorgada en el cargo de regidor de la Municipalidad Provincial de Azangaro, al estar incurso en la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por tener mandato de detencion. 2. Cabe senalar que la mencionada resolucion tuvo, como sustento principal, el hecho de que mediante

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