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El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516815 la Resolución N° 02-2012, de fecha 12 de noviembre de 2012 (fojas 57 a 67), el Juzgado de Investigación Preparatoria - sede Azángaro, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva formulado por el Ministerio Público, en el proceso penal que se le sigue por delito contra la libertad sexual, siendo el caso que, ante la interposición de un recurso de apelación, la Sala Penal de Apelaciones del módulo penal de la provincia de San Román-Juliaca, resolvió confi rmar dicho mandato, a través de la resolución de fecha 11 de diciembre de 2012 (fojas 70 a 77). 3. Posteriormente, y ante lo informado por el secretario general de la Municipalidad Provincial de Azángaro, en relación con la variación en la situación jurídica del regidor suspendido, Pedro Bernardino Machaca Juárez, es que, mediante el Oficio N° 5672- 2013-SG/JNE, del 16 de diciembre de 2013, se solicitó información al presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, a efectos de que se informe sobre el proceso penal seguido en contra de la autoridad municipal antes citada. 4. Al respecto, se advierte, por medio del Ofi cio N° 56-JM-PU-PL/Az, remitido el 29 de enero de 2014, por el Juzgado Mixto - Penal Unipersonal y Liquidador de Azángaro, que se informó que la Sala Penal de Apelaciones de San Román-Juliaca, mediante la Resolución N° 12- 2013, del 26 de julio de 2013, revocó la resolución, de fecha 19 de junio de 2013, emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Azángaro, que declaró infundado el pedido de cesación de prisión preventiva formulado por Pedro Bernardino Machaca Juárez, y en consecuencia, declaró fundado dicho pedido, dictando mandato de comparecencia con restricciones en contra del antes mencionado. 5. En atención a ello, se advierte que el supuesto de hecho establecido en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, referente a la causal de suspensión derivada del mandato de detención, no se cumple en el presente, pues debe entenderse que dicha orden debe encontrarse vigente. Por este motivo, al comprobarse que no existe un mandato de detención vigente en contra de Pedro Bernardino Machaca Juárez, debe restablecerse su credencial como regidor de la Municipalidad Provincial de Azángaro y departamento de Puno. 6. En vista de ello, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Marciana Gonzales Mamani, quien había asumido provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Azángaro, a través de la Resolución N° 047-2013-JNE, correspondiendo, por tanto, restablecer la vigencia de la credencial otorgada a Pedro Bernardino Machaca Juárez, en su calidad de regidor del citado concejo provincial. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marciana Gonzales Mamani, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Azángaro, conforme fuera dispuesto por la Resolución N° 047-2013-JNE. Artículo Segundo.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fuera otorgada a Pedro Bernardino Machaca Juárez como regidor de la Municipalidad Provincial de Azángaro, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VELEZ Samaniego Monzón Secretario General 1050347-5 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban Clasificador de Cargos de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0039-2014-J/ONPE Lima, 13 de febrero de 2014 VISTOS; el Memorando N° 000505-2014-OGPP/ ONPE y el Informe Nº 000052-2014-OGPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe N° 000059-2014-OGAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales es un organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, con la Resolución Jefatural Nº 195-2013-J/ONPE se aprobó el Clasifi cador de Cargos de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales-ONPE; Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone la modifi cación del Clasifi cador de Cargos de la Entidad, el mismo que incorpora mejoras en cuanto a perfi l y requisitos exigidos para cada cargo, lo que facilitará la selección y reclutamiento de personal (principalmente a nivel directivo) que permita a su vez la consecución de los objetivos institucionales; Que, dicha propuesta guarda coherencia con el sistema de gestión de calidad implementado por la Entidad bajo el enfoque de la Norma ISO 9001:2008, que implica la mejora continua de la gestión institucional, al establecerse requisitos apropiados para cada cargo, a fi n de contar con recursos humanos competentes para generar productos y servicios con la calidad que se requiere para satisfacer la necesidad de la ciudadanía; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar un nuevo Clasifi cador de Cargos en función a la variación de los requisitos propuestos; En uso de las facultades conferidas en el literal g) del artículo 5º de Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, artículo 9° de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, y en el literal t) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 0031-2014-J/ONPE; Con los visados de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto; hoy, Gerencias de Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Clasifi cador de Cargos de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 195-2013-J/ONPE. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, el Portal Institucional: www.onpe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano, de conformidad con lo previsto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, Reglamento de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe 1050641-1