Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

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POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1050086-1

con Universidades Publicas y Privadas, Colegios Profesionales, Organizaciones No Gubernamentales y Empresas Privadas, para la difusion e implementacion de la presente ordenanza. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Economico y la de Gestion Ambiental en coordinacion con la Subgerencia de Juventudes, Deportes, Salud y Bienestar, la adopcion de las acciones preventivas y de control necesarias en los parques, plazas, aereas verdes, piscinas y establecimientos comerciales que conlleven al cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social a traves de la Subgerencia de Juventudes. Deportes, Salud y Bienestar la implementacion de Talleres Educativos para la difusion de la presente Ordenanza y crear conciencia sanitaria en los vecinos. Cuarta.- La Gerencia de Desarrollo Humano y Social y la Subgerencia de Juventudes, Deportes, Salud y Bienestar, promoveran actividades educativas orientadas a la eliminacion de criaderos de vectores del Dengue, en Colegios, Institutos, Universidades, Organizaciones Sociales, Clubes, Juntas Vecinales y otras de la Comunidad Barranquina. Quinta.- Corresponde a la Gerencia de Gestion Ambiental y Ornato fiscalizar el servicio de recoleccion de residuos y desechos solidos en el distrito de Barranco, particularmente del recojo de neumaticos en desuso que se encuentran en la via publica o espacios abiertos que podrian convertirse en criaderos del Aedes Aegypti. Sexta.- La Gerencia de Desarrollo Humano y Social a traves de la Subgerencia de Juventudes, Deportes, Salud y Bienestar, en coordinacion con la Subgerencia de Fiscalizacion es la encargada de supervisar el cumplimiento de la presente ordenanza. Septima.- Mediante Decreto de Alcaldia se regulara el tratamiento sanitario de terrenos y viviendas abandonados por sus propietarios, para evitar la acumulacion de residuos y la proliferacion de criaderos, con sujecion a las normas de la materia. Octava.- Toda informacion referida a las disposiciones de la presente ordenanza debera ser sistematizada por la Subgerencia de Juventudes, Deportes, Salud y Bienestar, la misma que desarrollara las acciones correspondientes para su oportuna publicacion en el MORDAZA Institucional en coordinacion con la Subgerencia de Sistemas y Tecnologias de la Informacion. Novena.- Incorporese las infracciones y sanciones de la presente Ordenanza al Cuadro Unico de Infracciones. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Unica.- Concedase un plazo de 30 dias calendario a los establecimientos comerciales y parques publicos, y de 60 dias calendarios a los cementerios para que sus propietarios o administradores se adecuen a las disposiciones de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Declarar el Dengue en el distrito de Barranco como una de las prioridades sanitarias dentro de las Politicas Publicas en materia de Salud e incluir dentro del MORDAZA MORDAZA de actualizacion del Plan de Desarrollo Concertado, los mecanismos de vigilancia y prevencion para el control del Dengue, e implementar un Plan Local contra el Dengue dentro de la jurisdiccion del distrito de Barranco. Segunda.- Encargar a la Subgerencia de Juventudes, Deportes, Salud y Bienestar de la Municipalidad de Barranco y en coordinacion con la MORDAZA II MORDAZA Sur, la Red de Salud Chorrillos-Barranco-Surco de la MORDAZA II MORDAZA Sur, la formulacion de politicas publicas locales y actividades destinadas a la vigilancia, prevencion y control del Dengue. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion establecer la disponibilidad presupuestal para la difusion e implementacion de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Establecen disposiciones que regulan el tratamiento de la promocion de la inversion privada en el distrito de Barranco
ORDENANZA Nº 399-MDB Barranco, 28 de noviembre del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Memorandum Nº 1060-2013-GM/MDB, de fecha 09 de octubre del 2013, emitido por la Gerencia Municipal; El Memorandum Nº 783-2013-GPPR-MDB, de fecha 14 de octubre del 2013, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion; El Informe Nº 632-2013-GAJ-MDB, de fecha 15 de octubre del 2013, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; El Informe Nº 125-2013-GDU-MDB, de fecha 06 de noviembre del 2013, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; El Memorandum Nº 1215-2013-GM/MDB, de fecha 20 de noviembre del 2013, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 006-2013-CDUET-MDB, de fecha 26 de noviembre del 2013, emitido por la Comision de Desarrollo MORDAZA, Ecologia y MORDAZA, respecto al Proyecto de Ordenanza que regula el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley Nº 28059, se aprobo el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada Descentralizada, cuyo objeto es establecer el MORDAZA normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, en alianza estrategica entre los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, la Inversion Privada y la Sociedad Civil; reglamentado mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM; Que, el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, aprobado por el Articulo 2º de la Ordenanza 867 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" del 26 de noviembre de 2005, establece el MORDAZA normativo para que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, promuevan la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de la Provincia de Lima; Que, el Decreto Legislativo Nº 1012 aprueba la Ley MORDAZA de las Asociaciones Publico ­ Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion

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