Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

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derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal. Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; asi mismo, el inciso 2 del citado articulo senala que son competentes para "Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil"; Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 13º, indica que el Consejo Regional "Es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobo el Plan Bicentenario Peru al 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico, ajustaran sus Planes Estrategicos a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Peru hacia el 2021; Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales en el literal a) del articulo 58º, establece que son funciones de los Gobiernos Regionales en material de vivienda y saneamiento, el de formular, aprobar y evaluar los planes y politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las politicas nacionales y planes sectoriales. Que, la disposicion precedente se halla a su vez entre las competencias asignadas por la Constitucion Politica del Estado y la Ley de Bases de la Descentralizacion, en cuyo merito se debe planificar el desarrollo integral de la region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan de Desarrollo. Que, con Resolucion Ministerial Nº 424-2007VIVIENDA, se aprueba los lineamientos para la formulacion de Planes Regionales de Saneamiento, cuyo objetivo es establecer los lineamientos para la elaboracion de los Planes Regionales de Saneamiento que permita a los Gobiernos Regionales en coordinacion con las diferentes organizaciones e instituciones de la region vinculadas al sector saneamiento; de manera participativa, analizar, planificar y proponer de manera integral e integrada las acciones o proyectos para el desarrollo, mejoramiento e implementacion de servicios de saneamiento basico en el ambito de su jurisdiccion. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 258-2009VIVIENDA, se aprueba la Metodologia para la formulacion de Planes Regionales de Saneamiento, cuyo objetivos es orientar y facilitar el MORDAZA de planeamiento regional del sector saneamiento buscando el gradual fortalecimiento de la descentralizacion y gobernabilidad del sector al nivel de las regiones y provincias asi como homogenizar el contenido y MORDAZA de los Planes Regionales de Saneamiento. Que, mediante Informe Nº 341-2013-DRAJ/GR.MOQ del 30 de octubre de 2013, la Direccion Regional de Asesoria Juridica, refiere que el Articulo 4º de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que el desarrollo regional integral sostenible debe darse de acuerdo con los planes y programas nacionales, el Plan Regional de Saneamiento 2013 - 2021; esta enmarcado en esta regla, conteniendo principios de politicas regional de orden general, por lo que en aplicacion al Articulo 38º de la Ley Nº 27867 debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional. Que, conforme se tiene del Acta Nº 001-2014VIVIENDA-DRVCS/MOQUEGUA de fecha 13 de Diciembre del 2013, se ha procedido con la consulta y validacion del Plan Regional de Saneamiento MORDAZA 2013 -2021, en el Taller Regional que ha tenido la participacion de Autoridades Regionales, Locales y Sociedad Civil. Por estas consideraciones, estando en Sesion extraordinaria de fecha 18 de Diciembre del 2013, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el

RISK SOLUTION CORREDORES DE REASEGUROS S.A. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion I: De los Corredores de Reaseguros A: Nacionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolucion S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Reaseguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida MORDAZA administrativa; Que, la Comision Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluacion Interna de Expediente N° 02-2014-CEI celebrada el 29 de enero de 2014, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripcion de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolucion S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion I: De los Corredores de Reaseguros A: Nacionales a la empresa RISK SOLUTION CORREDORES DE REASEGUROS S.A., con matricula N° C.RE-060. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1050238-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Regional de Saneamiento de MORDAZA 2013-2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2013-CR/GRM Fecha: 18 de diciembre del 2013 VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en la Sesion Extraordinaria de fecha dieciocho de diciembre del dos mil tres, ha debatido y aprobado emitir la Ordenanza Regional presentada por la Comision Ordinaria de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza; mediante Dictamen Nº 03-2013-CR/CODS/GRM, respecto al Plan Regional de Saneamiento 2013-2021. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado por la Ley Nº 28607, y lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional MORDAZA es persona juridica de

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