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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (10/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Martes 10 de junio de 2014 524959 e. Proponer al Ministerio de Salud los proyectos de normas de carácter general que requieran aprobación de mayor nivel. f. Aprobar la estructura, funcionamiento, distribución geográfi ca, conformación y el procedimiento para la designación y/o elección de los miembros de la Junta de Usuarios. g. Establecer el número, la materia y organización de las salas que conforman el Tribunal, considerando la especialización y la carga procesal. h. Convocar y conducir el concurso público para la selección de los vocales del Tribunal de SUSALUD. i. Proponer la designación, previo concurso público, de los vocales del Tribunal de SUSALUD, así como aceptar la renuncia y remover a los mismos. j. Aprobar los Reglamentos a propuesta del Centro de Conciliación y Arbitraje de SUSALUD para su funcionamiento. k. Aprobar los Reglamentos a propuesta del Tribunal de SUSALUD para su funcionamiento. l. Aprobar normas reglamentarias para la implementación de los órganos desconcentrados. m. Delegar en el Superintendente las atribuciones que no le sean privativas. n. Ejercer cualquier otra facultad que se derive de sus fi nes y las demás que expresamente le confi era la ley. SUB CAPÍTULO II DE LA SUPERINTENDENCIA Artículo 9.- De la Superintendencia Es el órgano de mayor jerarquía de la institución, encargado de ejercer las funciones ejecutivas de dirección de SUSALUD. Asimismo, conduce las estrategias de comunicación, proyección de la imagen institucional y reputación de SUSALUD, así como las relaciones públicas en el ámbito nacional e internacional; para lo cual cuenta con una ofi cina de comunicación corporativa. Artículo 10.- Funciones de la Superintendencia. Son funciones de la Superintendencia las siguientes: a. Ejercer la representación legal de la institución. b. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo y determinar los asuntos a ser incorporados en la agenda. c. Representar a SUSALUD ante personas naturales, jurídicas, entidades e instituciones públicas y privadas, de carácter nacional e internacional. d. Organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de SUSALUD. e. Aprobar la estructura organizacional y funcional, a ser sometida al Consejo Directivo. f. Aprobar las normas de carácter general de SUSALUD. g. Conducir las estrategias de comunicación corporativa, proyección de la imagen institucional y reputación de SUSALUD, así como las relaciones públicas en el ámbito nacional e internacional. h. Designar y remover a los empleados de confi anza y los servidores públicos de libre remoción, así como encargar cualquiera de los puestos de la entidad. i. Ejercer las atribuciones delegadas por el Consejo Directivo. j. Supervisar la correcta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo. k. Elevar al Consejo Directivo el proyecto del Plan Estratégico Institucional para su aprobación. l. Aprobar el Plan Operativo Institucional y priorizar los objetivos para el logro de las metas institucionales de SUSALUD. m. Elevar el proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura –sustentado – por el Plan Operativo Institucional – para su aprobación. n. Presentar al Consejo Directivo para su aprobación, el Reglamento y demás normas del Centro de Conciliación y Arbitraje (CECONAR) de SUSALUD. o. Aprobar el Mapa de Procesos de la entidad, el Manual de Perfi l de Puestos de la entidad, el Plan de Desarrollo de las Personas, el Plan Anual de Comunicaciones y todos aquellos documentos de gestión en el ámbito de su competencia. p. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC). q. Elevar al Consejo Directivo para su aprobación, la Memoria Anual, el Balance General y los Estados Financieros. r. Celebrar convenios, contratos y otras gestiones de carácter interinstitucional, en el ámbito de su competencia. s. Aprobar el Programa Anual de Supervisión de IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS, así como aprobar los planes y programas anuales a propuesta de las Superintendencias Adjuntas. t. Expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal. u. Adoptar medidas de excepción sobre asuntos que correspondan al Consejo Directivo, en caso fortuito o de fuerza mayor que impida reunir al Consejo Directivo para sesionar válidamente, dando cuenta al mismo en la sesión más próxima para su ratifi cación, de acuerdo a lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 7º de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública. v. Solicitar se realicen exámenes de control interno, de acuerdo a lo normado por el Sistema Nacional de Control. w. Poner en conocimiento del Consejo Directivo los informes emanados del Órgano de Control Institucional de SUSALUD. x. Designar al funcionario o servidor encargado de atender el acceso a la información pública. y. Delegar en las Superintendencias Adjuntas las funciones de los procesos sustantivos, asimismo puede delegar en los empleados de confianza y servidores públicos de SUSALUD las facultades y atribuciones que no le sean privativas a su función. z. Encargar las funciones del presente Reglamento de Organización y Funciones que se requieran para la implementación de los órganos desconcentrados. aa. Disponer la implementación o la desactivación de las Jefaturas Zonales de los órganos desconcentrados a nivel nacional. bb. Expedir las resoluciones y certifi cados de acreditación de la calidad de las IPRESS. cc. Ejecutar las funciones del ámbito de su competencia y otras que se le asignen por norma expresa. SUB CAPÍTULO III SECRETARÍA GENERAL Artículo 11.- Secretaría General La Secretaría General es el órgano de Alta Dirección dependiente de la Superintendencia, responsable de conducir estratégicamente las actividades de los órganos de administración interna de SUSALUD. Constituye la máxima autoridad administrativa y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de administración interna. Artículo 12.- Funciones de la Secretaría General La Secretaría General tiene las siguientes funciones: a. Dirigir y supervisar los aspectos administrativos de la institución, asistiendo y asesorando a la Alta Dirección en materias de su competencia. b. Asistir administrativamente a los órganos de SUSALUD. c. Dirigir y coordinar la implementación del proceso de Modernización de la Gestión Pública, así como del Sistema de Gestión de Calidad de la entidad. d. Proponer a la Superintendencia, para su aprobación, la estructura organizacional y funcional, el Manual de Perfi l de Puestos (MPP), el Plan Operativo Institucional, el Plan de Desarrollo de las Personas y otros documentos de gestión. e. Proponer a la Superintendencia, para su aprobación, el Plan Anual de Contrataciones. f. Elevar a la Superintendencia la propuesta de Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional (TUPA), para la gestión de aprobación según norma aplicable. g. Someter a consideración de la Superintendencia el Presupuesto Institucional de Apertura, el Plan Estratégico Institucional, el Balance General, los Estados Financieros, la Memoria Anual de la Institución, para la gestión de aprobación ante el Consejo Directivo.