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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (10/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Martes 10 de junio de 2014 524969 Aprueban “Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2014/MINSA Lima, 9 de junio del 2014 Visto, el Expediente N° 14-052372-001, que contiene la Nota Informativa N° 205-2014-DGE-DVE-JAR/MINSA de la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO: Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, la fi ebre de chikungunya es una enfermedad causada por el virus chikungunya, transmitida mediante la picadura de los mosquitos Aedes Aegypti, Aedes Albopictus y Clex Pipiens, habiéndose reportado en el mundo millones de casos de fi ebre de Chikungunya y brotes considerables en África, las Islas del Océano Índico la región del pacífi co, incluyendo Australia y Asia (India, Indonesia, Myanmar, Maldivas, Sri Lanka y Tailandia); en el año 2007 el virus se extendió a Italia, Estados Unidos, Canadá, Guyana Francesa, Brasil e islas Martinica y Guadalupe; Que, en el mes de diciembre de 2013, la Organización Mundial de la Salud, recibió la confi rmación de dos casos de transmisión autóctona del virus chikungunya; en tal razón, la Organización Panamericana de la Salud emitió una alerta epidemiológica debido a la detección de los primeros casos de transmisión autóctona de fi ebre por chikungunya en el continente americano, específi camente en la isla de Saint Martín, ubicada en el mar Caribe, aproximadamente a 240 km al este de la isla de Puerto Rico; Que, si bien en el Perú, aún no se han registrado casos de fi ebre chikungunya, resulta pertinente mencionar que en nuestro país, hay un total de 301 distritos con infestación del vector Aedes Aegypti y Culex y además existen condiciones sociales, culturales y económicas que facilitarían la introducción y transmisión de esta enfermedad; Que, en ese contexto, la Dirección General de Epidemeología (DGE), en su condición de órgano técnico del Ministerio de Salud, responsable de normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública en el ámbito nacional, con la colaboración de los demás órganos técnicos del Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, ha elaborado la propuesta de Documento Técnico: “Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014”; Que, la propuesta de “Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014”, tiene entre sus objetivos, preparar los sistemas de vigilancia y respuesta frente al riesgo de introducción del virus chikungunya en territorio peruano, con énfasis en regiones con infestación del vector Aedes Aegypti y Culex, al ser estas regiones las que presentarían un mayor riesgo de transmisión; Que, con el Informe N° 060-2014-OGPP-OPGI/MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgó opinión favorable a la suscripción del Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Epidemiología, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública (e); y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el “Plan Nacional de Preparación y Respuesta Frente a la Fiebre de Chikungunya – Perú, 2014”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Articulo 2°.- Disponer que las direcciones generales, ofi cinas generales, órganos desconcentrados y organismos públicos del Ministerio de Salud, dentro del ámbito de sus competencias, incorporen en sus Planes Operativos Anuales, las actividades contenidas en el precitado Plan Nacional. Articulo 3°.- Disponer que las acciones contenidas en el Plan Nacional se desarrollarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Salud, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Articulo 4°.- Disponer que la Dirección General de Epidemiología, en ejercicio de sus funciones, supervise el cumplimiento de las acciones contenidas en el Plan Nacional. Articulo 5°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, así como el Plan Nacional en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp del Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1094300-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan delegada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2014-TR Lima, 6 de junio de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 049-DE-CERCIL-2014 del Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima – CERCIL; el Ofi cio N° 639-2014-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Memorando N° 160-2014-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el Informe N° 640-2014-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL, es una institución sin fi nes de lucro, especializada en la atención integral de las personas con limitaciones visuales y tiene como misión contribuir al bienestar y constante superación de las personas con discapacidad visual, valorar y desarrollar sus potencialidades para que se conviertan en protagonistas de su propio desarrollo; Que, el artículo 7 del estatuto del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL, establece que su Consejo Directivo está conformado, entre otros, por un delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 147-2012- TR, se ratifi có al señor Antonio Humberto Salazar Ticeran, como delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL; Que, conforme al estatuto del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL, la designación de los delegados de los sectores que conforman su Consejo Directivo es ejercida por un periodo de dos (2) años; Que, el encargo citado en el tercer considerando de la presente resolución, ha llegado a su término, por lo