Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2014 (10/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Martes 10 de junio de 2014

524967
TITULO III RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 53.- De las Relaciones Interinstitucionales. La Superintendencia Nacional de Salud, en cumplimiento de sus funciones, establecera y mantendra relaciones con instituciones nacionales e internacionales, publicas o privadas, vinculadas a las actividades afines, para el logro de su funcion y objetivos estrategicos. La Superintendencia Nacional de Salud puede suscribir convenios que resulten necesarios para el logro de sus objetivos. La Superintendencia Nacional de Salud con la finalidad de mantener relaciones de coordinacion no vinculante, cuenta con una Junta de Usuarios en representacion de los ciudadanos. TITULO IV REGIMEN LABORAL Articulo 54.- Del Regimen Laboral. El personal de SUSALUD, se encuentra sujeto al Regimen Laboral de la Actividad Privada, regulado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR, en tanto se implemente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. TITULO V REGIMEN ECONOMICO Articulo 55.- Del Pliego Presupuestal. La Superintendencia Nacional de Salud constituye un Pliego Presupuestal. Articulo 56.- De los Recursos Economicos. Los recursos de SUSALUD, son los siguientes: a. Los recursos ordinarios asignados en el Presupuesto de la Republica. b. Los recursos directamente recaudados. c. Los provenientes de la cooperacion tecnica nacional o internacional, segun la normatividad vigente. d. Los provenientes de las donaciones y transferencias que se efectuen a su favor. e. Los demas que se le asigne por Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Los documentos de gestion y normas internas, diferentes del Cuadro de Asignacion de Personal y del Reglamento de Infracciones y Sanciones, que se requieran para la implementacion de todas las funciones establecidas en el presente Reglamento se aprueban en un plazo no mayor de ciento cincuenta (150) dias habiles. Las funciones de SUSALUD se financian con cargo a su presupuesto institucional aprobado. SEGUNDA.- Precisese que las Unidades de Gestion de IPRESS publicas son aquellas entidades estatales, empresas del estado de accionariado unico o unidades organicas u organos que constituyen unidades ejecutoras, diferentes de las IPRESS, encargadas de la administracion y gestion de los recursos destinados al funcionamiento idoneo de las IPRESS publicas. Asi tambien, precisese que las Unidades de Gestion de IPRESS privadas son aquellas personas juridicas privadas o mixtas, diferentes de las IPRESS, encargadas de la administracion y gestion de los recursos destinados al funcionamiento idoneo de las IPRESS privadas. En ningun caso, las personas naturales pueden actuar como Unidad de Gestion de IPRESS. TERCERA.- Las funciones listadas en los articulos 4, 14, 16, 18, 37, 39, 41, 43, 45 y 48 del presente Reglamento son aplicables a las IAFAS Empresas de Seguros y Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT) unicamente en aquellos aspectos a los que se refiere el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 1158.

j. Otras que le asigne la Superintendencia Adjunta de Regulacion y Fiscalizacion en el ambito de su competencia. SUB CAPITULO VII LA INTENDENCIA DE FISCALIZACION Y SANCION Articulo 49.- La Intendencia de Fiscalizacion y Sancion. La Intendencia de Fiscalizacion y Sancion es el organo de linea, dependiente de la Superintendencia Adjunta de Regulacion y Fiscalizacion, responsable de organizar y conducir, en primera instancia, el MORDAZA Administrativo Sancionador de SUSALUD. Articulo 50.- Funciones de la Intendencia de Fiscalizacion y Sancion. Son funciones de la Intendencia de Fiscalizacion y Sancion las siguientes a. Evaluar el inicio de los Procedimientos Administrativos Sancionadores a IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS. b. Conducir el MORDAZA administrativo sancionador a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS. c. Evaluar y proponer la imposicion de medidas de caracter provisional y medidas correctivas a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS. d. Proponer la imposicion de sanciones o el archivamiento de los procedimientos administrativos sancionadores a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS. e. Proponer la imposicion de medidas de ejecucion forzosa de los procedimientos administrativos sancionadores a las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS. f. Sustentar la necesidad de presentar denuncia, a traves del Procurador Publico ante la autoridad correspondiente, frente a la presuncion de la comision de delitos en los asuntos sometidos a su consideracion. g. Otras que le asigne la Superintendencia Adjunta de Regulacion y Fiscalizacion en el ambito de su competencia. CAPITULO VIII ORGANOS DESCONCENTRADOS Articulo 51.- Organos Desconcentrados. Los organos desconcentrados dependen de la Superintendencia, tienen a su cargo, en sus respectivos ambitos territoriales, la ejecucion de las funciones y actividades desconcentradas que le encargue el Superintendente de SUSALUD. Los organos desconcentrados son las Intendencias Macro Regionales, las mismas que podran contar con Jefaturas Zonales. La Superintendencia Nacional de Salud cuenta con 05 Intendencias Macro Regionales (Norte, Centro, Sur, MORDAZA y Oriente) y, puede contar hasta con veintiseis (26) Jefaturas Zonales que se implementan en forma gradual, facultandose al Consejo Directivo, la aprobacion de las medidas reglamentarias correspondientes Las Intendencias Macro Regionales estan a cargo, dentro de sus respectivos ambitos territoriales, de la ejecucion de las politicas y estrategias que establezca la Superintendencia. Articulo 52.- Funciones de las Intendencias Macro Regionales. Son funciones de las Intendencias Macro Regionales a. Dirigir y supervisar la gestion de las Jefaturas Zonales, dentro de su ambito territorial. b. Evaluar, consolidar, proponer y supervisar los planes y presupuestos anuales de las Jefaturas Zonales, dentro de su ambito territorial. c. Proponer los documentos de gestion para las Jefaturas Zonales, dentro de su ambito territorial. d. Coordinar con las Superintendencias Adjuntas estrategias conjuntas y actividades referidas al cumplimiento de los objetivos institucionales. e. Coordinar con la Secretaria General, los asuntos de gestion administrativa que garanticen el correcto funcionamiento y el logro de los objetivos institucionales, dentro de su ambito territorial. f. Otras que le asigne o delegue la Superintendencia.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.