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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (10/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Martes 10 de junio de 2014 524964 j. Organizar y optimizar la administración fi nanciera y proporcionar información contable adecuada y oportuna. k. Elaborar los estados fi nancieros y presupuestales correspondientes de SUSALUD. l. Resolver en primera instancia los recursos impugnativos contra los actos de SUSALUD en materia de su competencia; así como elevar el expediente respectivo a la Alta Dirección, según corresponda. m. Expedir las Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de sus funciones y aquellas que le fueran delegadas. n. Ejecutar, controlar e informar sobre las acciones de cobranza provenientes de las multas y de la cobranza coactiva conforme a las normas vigentes. o. Otras que le asigne la Secretaría General o por norma expresa. SUB CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DE APOYO: OFICINA GENERAL DE GESTION DE LAS PERSONAS Artículo 35.- Ofi cina de General de Gestión de las Personas. La Ofi cina General de Gestión de las Personas es el órgano de apoyo dependiente de la Secretaría General, responsable de gestionar en la entidad, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 36.- Funciones de la Ofi cina General de Gestión de las Personas. Son funciones de la Ofi cina General de Gestión de las Personas, las siguientes: a. Conducir la gestión del potencial humano, fomentando su desarrollo profesional y bienestar social, conforme a las necesidades de SUSALUD. b. Asesorar a la Alta Dirección en materia de gestión de recursos humanos, así como a las demás dependencias de SUSALUD. c. Proponer, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por las normas vigentes sobre la materia de su competencia. d. Propiciar la cultura institucional orientada al servicio al ciudadano y la mejora del clima organizacional. e. Proponer y ejecutar el Plan de Desarrollo de las Personas, coordinando previamente con los diversos órganos de SUSALUD. f. Velar por el óptimo funcionamiento del sistema de gestión de recursos humanos, incluyendo la aplicación de indicadores de gestión, desarrollando iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el sistema de gestión recursos humanos. g. Organizar y ejecutar periódicamente evaluaciones de desempeño laboral, que permitan a la administración, la ejecución de medidas correctivas o de estímulo. h. Realizar el estudio y análisis cualitativo y cuantitativo de la provisión de personal al servicio de la entidad de acuerdo a las necesidades institucionales. i. Formular los perfi les de puestos, incluido la valuación de los mismos, así como todos los documentos de gestión en su ámbito de competencia. j. Gestionar y administrar las actividades referidas al reclutamiento, selección de personal, inducción de personal, contratos, registro de asistencia, legajos, planillas de pagos, remuneraciones, pensiones y demás procesos técnicos relativos a la organización interna de personal. k. Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia, el Registro Nacional del Personal del Servicio Civil. l. Expedir resoluciones en asuntos de su competencia. m. Resolver en primera instancia las impugnaciones en materia de su competencia, así como elevar el expediente a la Secretaría General según corresponda. n. Proponer y ejecutar estrategias de conciliación y negociación colectiva, en el marco de su competencia. o. Formular, proponer, coordinar, ejecutar y controlar el Plan de Bienestar de personal. p. Gestionar el Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo de la entidad. q. Conducir y supervisar la ejecución del Programa de Prácticas Pre-Profesionales. r. Actualizar el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. p. Otras que le asigne la Secretaría General o por norma expresa. CAPÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE LINEA SUB CAPÍTULO I INTENDENCIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO Artículo 37.- Intendencia de Investigación y Desarrollo. La Intendencia de Investigación y Desarrollo es el órgano responsable del planeamiento, desarrollo y administración del Sistema de Información Gerencial, de los recursos tecnológicos y la seguridad de la información que demandan las operaciones de la institución. Desarrolla estudios económicos sociales, elabora y publica estadísticas especializadas, generando conocimiento sobre las tendencias en salud. Elabora iniciativas de regulación de la recolección, transferencia, difusión e intercambio de información y gestiona proyectos de desarrollo. Artículo 38.- Funciones de la Intendencia de Investigación y Desarrollo. Son funciones de la Intendencia de Investigación y Desarrollo, las siguientes: a. Conducir la recolección, transferencia, difusión e intercambio de la información generada u obtenida por la IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS. b. Efectuar el seguimiento y monitoreo a la calidad, oportunidad disponibilidad y transparencia de la información generada u obtenida por las IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS. c. Conducir, diseñar, implementar y ejecutar las estrategias, los procesos y mecanismos de captura, transferencia, procesamiento, difusión e intercambio de información de IAFAS, IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS, así como las que requieran los órganos de línea de SUSALUD. d. Formular y proponer iniciativas de regulación de la recolección, transferencia, difusión e intercambio de información. e. Formular, proponer, monitorear y/o ejecutar estudios sobre la dinámica y evolución del Sistema de Salud, en el ámbito de su competencia. f. Conducir las estrategias, metodologías y políticas orientadas a la implementación del Sistema de Información Gerencial (SIG) de SUSALUD. g. Gestionar la información obtenida del sistema de salud. h. Diseñar y administrar el Portal Web Institucional e Intranet de SUSALUD en coordinación con los demás órganos según corresponda. i. Gestionar las bases de datos de SUSALUD garantizando su integridad, confi dencialidad y disponibilidad en concordancia con los lineamientos de seguridad que se establezcan. j. Administrar y mantener el Registro de Afi liados al Aseguramiento Universal en Salud en coordinación con las IAFAS que suministran información. k. Formular, proponer y ejecutar el Programa Anual de Investigaciones y publicaciones técnicas aprobado por la Superintendencia. l. Gestionar, conducir y promover proyectos de desarrollo e identifi car y coordinar el uso de estándares de información en los agentes bajo el ámbito de su competencia. m. Gestionar, promover, planifi car y ejecutar los proyectos de desarrollo de los sistemas de información de los órganos de SUSALUD. n. Proponer, planifi car, diseñar e implementar los lineamientos y los siguientes planes: Estratégico de Tecnologías de la Información, de Contingencia Tecnológica, de Operaciones y Contingencia de Comunicaciones Institucionales y de Seguridad de Información. o. Proponer, planifi car y diseñar los lineamientos de gestión de tecnologías de información, así como implementar y administrar la infraestructura tecnológica y de comunicaciones.