Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2014 (10/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Exteriores, a partir del 10 de junio de 2014, y mientras dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. EDA MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1094207-1

El Peruano Martes 10 de junio de 2014

Articulo 2.- Del acronimo Apruebese el uso del termino SUSALUD como acronimo de la Superintendencia Nacional de Salud el cual podra ser utilizado en toda comunicacion, documentos oficiales, con intencion de publicidad y otros fines que correspondan. Articulo 3.- De la publicacion El presente Decreto Supremo y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud que aprueba en el Articulo 1, seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (www.sunasa.gob.pe). Articulo 4.- Derogacion Deroguese el Decreto Supremo Nº 009-2011-SA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud. Articulo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Naturaleza Juridica La Superintendencia Nacional de Salud -cuyo acronimo es SUSALUD- es un organismo tecnico especializado adscrito al Ministerio de Salud- MINSA, que cuenta con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera. Articulo 2.- Finalidad SUSALUD tiene por finalidad promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones MORDAZA otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien las financie, asi como los que correspondan en su relacion de consumo con las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) o las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), incluyendo aquellas previas y derivadas de dicha relacion de consumo. Articulo 3.- Ambito de Competencia y Domicilio SUSALUD es una entidad desconcentrada y sus competencias son de alcance nacional. Se encuentran bajo el ambito de competencia de SUSALUD, todas las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y todas las Unidades de Gestion de IPRESS, creadas o por crearse, a las que se refieren los articulos 5º, 6º y 7º del Decreto Legislativo Nº 1158. La presente disposicion no afecta las competencias de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones regulada por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, ni las previstas mediante Decreto Legislativo Nº 1051 que modifica la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte Terrestre. El ambito de competencia de SUSALUD sobre las Empresas de Seguros, que incluye a las Empresas de Seguros que oferten la cobertura del Seguro Obligatorio

SALUD
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 008-2014-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 9º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud como un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, asi como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en el ambito de su competencia; Que, el Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, ademas de sustituir la denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por la de Superintendencia Nacional de Salud, establece nuevas funciones y competencias para la mencionada entidad; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158, senala que mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se aprobara el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, el articulo 28º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica, senala que se requiere la aprobacion de un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones, entre otros casos, por la modificacion del MORDAZA legal sustantivo que conlleve una afectacion de la estructura organica o modifica total o parcial las funciones previstas para la entidad; Que, en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA citados es necesario aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido opinion favorable con informe Nº 003-2014-PCM-SGP/KAL; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA Articulo 1.- Del objeto de la MORDAZA Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, que consta de cinco (05) Titulos; cincuenta y seis (56) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y un (01) Anexo, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

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