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El Peruano Martes 10 de junio de 2014 524970 que en atención a lo expuesto y por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designación efectuada y designar al nuevo representante del Sector ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor ANTONIO HUMBERTO SALAZAR TICERAN, como delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora NATALIA ROMY QUIÑONES BERROSPI, como delegada del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo Directivo del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución, al Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima – CERCIL, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1094322-1 VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de SEDAPAL S.A. destinada al financiamiento de estudio de preinversión de proyecto de inversión pública de saneamiento urbano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2014-VIVIENDA Lima, 6 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 318-2013- VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por un monto de CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 368 652 708,00), incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto, Fuentes de Financiamiento; y el detalle de los recursos que lo fi nancian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca de Ingreso; Que, el artículo 33 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, señala que el ente rector; Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; ejecuta transferencias extraordinarias de recursos destinadas a fi nanciar estudios de preinversión, la ejecución de proyectos de inversión o de programas orientados al fortalecimiento de la gestión de los servicios de saneamiento, y estas transferencias se efectúan preferentemente a las EPS y están sujetas a las condiciones de sostenibilidad que se establezcan en el Reglamento; asimismo, establece que las transferencias referidas en el presente artículo son efectuadas bajo el marco del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Programa Nacional de Saneamiento Rural o cualquier otro programa a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el inciso vi del literal a), numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza en el presente Año Fiscal la realización, de manera excepcional, las transferencias fi nancieras entre entidades, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA, y para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; las mismas que, según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Memorando Nº 465-2014-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en el marco de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 30114, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia fi nanciera por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000 224,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., para fi nanciar la elaboración del estudio de preinversión a nivel de perfi l del proyecto de inversión pública de saneamiento urbano “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 59”, indicando que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 1441-2014/VIVIENDA- OGPP, la Directora General (e) de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° 175-2014-/VIVIENDA-OGPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto, en el cual se concluye que resulta procedente la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000 224,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, destinada al fi nanciamiento de la elaboración del estudio de preinversión a nivel de perfi l del proyecto de inversión pública de saneamiento urbano “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 59”; asimismo, indica que se ha suscrito el convenio de fi nanciamiento correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000 224,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento de la elaboración del estudio de preinversión a nivel de perfi l del proyecto de inversión pública de saneamiento urbano “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 59”; De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, el artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento