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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (10/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

El Peruano Martes 10 de junio de 2014 524963 la Secretaría General, encargado de prestar asesoría a la Alta Dirección en asuntos de carácter jurídico-legal, así como a las demás dependencias de SUSALUD, absolviendo las consultas que le sean formuladas en el ámbito de su competencia. Artículo 30.- Funciones de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. Son funciones de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, las siguientes: a. Elaborar y emitir opinión sobre los proyectos de dispositivos e instrumentos legales y administrativos que competen al funcionamiento de SUSALUD y por encargo de la Alta Dirección. b. Recopilar, clasifi car, opinar, concordar, sistematizar, difundir y mantener en permanente actualización las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fi nes de SUSALUD, manteniendo informados a los demás órganos sobre la materia. c. Asesorar y/o emitir opinión en los asuntos de carácter jurídico legal y administrativo que sean requeridos a través de la Alta Dirección, emitiendo los informes en los casos que corresponda. d. Asesorar, coordinar y emitir opinión legal respecto de los convenios y otras gestiones de carácter interinstitucional que suscriba SUSALUD. e. Elaborar y visar los proyectos de contratos, convenios institucionales y cualquier otro documento de carácter legal, que le sean remitidos por la Alta Dirección. f. Elaborar informes legales y visar los proyectos de Resolución dela Alta Dirección sobre la aprobación o modifi cación de procedimientos, directivas, normas, convenios, contratos y demás documentos que le sean remitidos. g. Mantener un listado de los poderes asignados, así como actualizarlo cuando se efectúe una modifi cación y revocación de los mismos. h. Coordinar en temas referidos a la defensa jurídica de SUSALUD respecto de las acciones judiciales, administrativas y arbitrales, a cargo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, así como las derivadas de asuntos contenciosos administrativos, elaborando informes legales y coordinando con las instancias correspondientes, reportando a la Secretaría General. i. Otras que le asigne la Secretaría General, de conformidad con la naturaleza de sus funciones. SUB CAPÍTULO II DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO: OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Artículo 31.- La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento dependiente de la Secretaría General, encargado de prestar asesoría a la Alta Dirección y a las demás dependencias de SUSALUD en asuntos relacionados con los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estratégico y Presupuesto Público y - cuando corresponda- los Sistemas Administrativos de Modernización de la Gestión Pública e Inversión Pública. Asimismo, se encuentra a cargo de coordinar con las dependencias pertinentes la cooperación técnica nacional e internacional reembolsable y gestionar la cooperación técnica nacional e internacional no reembolsable. Artículo 32.- Funciones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto Son funciones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, las siguientes: a. Proponer a la Alta Dirección los planes, proyectos, presupuestos y acciones de organización, modernización y desarrollo institucional. b. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de formulación, monitoreo y evaluación de los planes institucionales, informando a la Alta Dirección de los avances y logros obtenidos. c. Conducir el proceso presupuestario en sus diversas fases de formulación, programación, aprobación, ejecución y evaluación, en estrecha relación con el Plan Operativo Institucional y en cumplimiento de la normativa vigente. d. Dirigir, gestionar y evaluar las acciones y convenios de cooperación técnica nacional e internacional no reembolsable, en coordinación con las dependencias involucradas en los proyectos, reportando a la Alta Dirección. e. Dirigir y evaluar las acciones y convenios de cooperación técnica nacional e internacional reembolsable, en coordinación con las dependencias involucradas en los proyectos, reportando a la Alta Dirección. f. Evaluar y proponer la aprobación de los proyectos de normas y procedimientos de gestión interna formulados por los diversos órganos de SUSALUD. g. Formular y proponer, de ser el caso, la elaboración, actualización y difusión de los documentos de gestión institucional, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), entre otros. h. Formular, proponer y ejecutar el Sistema de Gestión de Calidad, reportando a la Alta Dirección. i. Emitir opinión técnica previa en lo referente a planes, presupuesto, organización y otros temas vinculados al ámbito de su competencia. j. Proporcionar a la Alta Dirección la información procesada que se requiera para la toma de decisiones en materias de su competencia. k. Monitorear la vigencia y ejecución de los Convenios institucionales nacionales e Internacionales y los Acuerdos Administrativos que involucren el funcionamiento institucional y que le informe la Alta Dirección. l. Elaborar el proyecto de Memoria Anual e Informes de Gestión Institucional en coordinación, con todos los órganos de SUSALUD. m. Otras que le asigne la Secretaría General, de conformidad con la naturaleza de sus funciones. SUB CAPÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE APOYO: OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Artículo 33.- Ofi cina General de Administración. La Ofi cina General de Administración es el órgano de apoyo dependiente de la Secretaría General, responsable de gestionar los sistemas administrativos de Abastecimiento, Contrataciones del Estado, Bienes Estatales, Contabilidad y Tesorería de SUSALUD. Está a cargo de las acciones de cobranza relativas a las multas, cobranza coactiva, fi scalización y control previo, conforme a las normas de la materia. Artículo 34.- Funciones de la Ofi cina General de Administración. Son funciones de la Oficina General de Administración, las siguientes: a. Planifi car, ejecutar, controlar y actuar sobre los procesos relacionados a los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contrataciones del Estado, Bienes Estatales, Contabilidad y Tesoreríade SUSALUD, de conformidad con las normas técnicas y legales vigentes. b. Proponer a la Alta Dirección, normas internas, estrategias y convenios de interés institucional en materia de su competencia. c. Participar en coordinación con la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en la programación y formulación del Presupuesto Institucional, en base a sus prerrogativas. d. Ejecutar y controlar el presupuesto anual, cautelando el cumplimiento de los niveles de autorización del gasto. e. Planifi car, organizar, consolidar y valorar las necesidades de bienes, servicios y obras, así como programar, ejecutar, controlar y supervisar los procesos de contrataciones. f. Formular, ejecutar y controlar el Plan Anual de Contrataciones de la entidad y suscribir los contratos correspondientes. g. Dirigir y controlar la ejecución de los procesos del Sistema de Bienes Estatales; así como organizar, mantener y supervisar la actualización y conservación del inventario físico valorizado de los bienes. h. Administrar y controlar los servicios de vigilancia, transporte, mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles, así como de otros servicios auxiliares de SUSALUD, a excepción del software y los equipos informáticos y de comunicaciones. i. Gestionar los recursos fi nancieros; dirigir, ejecutar y supervisar los pagos y controlar las actividades de ingreso y egreso de fondos por toda fuente, así como la custodia y administración de valores.