Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2014 (10/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Martes 10 de junio de 2014

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involucradas en los proyectos, reportando a la Alta Direccion. e. Dirigir y evaluar las acciones y convenios de cooperacion tecnica nacional e internacional reembolsable, en coordinacion con las dependencias involucradas en los proyectos, reportando a la Alta Direccion. f. Evaluar y proponer la aprobacion de los proyectos de normas y procedimientos de gestion interna formulados por los diversos organos de SUSALUD. g. Formular y proponer, de ser el caso, la elaboracion, actualizacion y difusion de los documentos de gestion institucional, Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), entre otros. h. Formular, proponer y ejecutar el Sistema de Gestion de Calidad, reportando a la Alta Direccion. i. Emitir opinion tecnica previa en lo referente a planes, presupuesto, organizacion y otros temas vinculados al ambito de su competencia. j. Proporcionar a la Alta Direccion la informacion procesada que se requiera para la toma de decisiones en materias de su competencia. k. Monitorear la vigencia y ejecucion de los Convenios institucionales nacionales e Internacionales y los Acuerdos Administrativos que involucren el funcionamiento institucional y que le informe la Alta Direccion. l. Elaborar el proyecto de Memoria Anual e Informes de Gestion Institucional en coordinacion, con todos los organos de SUSALUD. m. Otras que le asigne la Secretaria General, de conformidad con la naturaleza de sus funciones. SUB CAPITULO III DE LOS ORGANOS DE APOYO: OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Articulo 33.- Oficina General de Administracion. La Oficina General de Administracion es el organo de apoyo dependiente de la Secretaria General, responsable de gestionar los sistemas administrativos de Abastecimiento, Contrataciones del Estado, Bienes Estatales, Contabilidad y Tesoreria de SUSALUD. Esta a cargo de las acciones de cobranza relativas a las multas, cobranza coactiva, fiscalizacion y control previo, conforme a las normas de la materia. Articulo 34.- Funciones de la Oficina General de Administracion. Son funciones de la Oficina General de Administracion, las siguientes: a. Planificar, ejecutar, controlar y actuar sobre los procesos relacionados a los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contrataciones del Estado, Bienes Estatales, Contabilidad y Tesoreriade SUSALUD, de conformidad con las normas tecnicas y legales vigentes. b. Proponer a la Alta Direccion, normas internas, estrategias y convenios de interes institucional en materia de su competencia. c. Participar en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en la programacion y formulacion del Presupuesto Institucional, en base a sus prerrogativas. d. Ejecutar y controlar el presupuesto anual, cautelando el cumplimiento de los niveles de autorizacion del gasto. e. Planificar, organizar, consolidar y valorar las necesidades de bienes, servicios y obras, asi como programar, ejecutar, controlar y supervisar los procesos de contrataciones. f. Formular, ejecutar y controlar el Plan Anual de Contrataciones de la entidad y suscribir los contratos correspondientes. g. Dirigir y controlar la ejecucion de los procesos del Sistema de Bienes Estatales; asi como organizar, mantener y supervisar la actualizacion y conservacion del inventario fisico valorizado de los bienes. h. Administrar y controlar los servicios de vigilancia, transporte, mantenimiento y conservacion de bienes muebles e inmuebles, asi como de otros servicios auxiliares de SUSALUD, a excepcion del software y los equipos informaticos y de comunicaciones. i. Gestionar los recursos financieros; dirigir, ejecutar y supervisar los pagos y controlar las actividades de ingreso y egreso de fondos por toda fuente, asi como la custodia y administracion de valores.

la Secretaria General, encargado de prestar asesoria a la Alta Direccion en asuntos de caracter juridico-legal, asi como a las demas dependencias de SUSALUD, absolviendo las consultas que le MORDAZA formuladas en el ambito de su competencia. Articulo 30.- Funciones de la Oficina General de Asesoria Juridica. Son funciones de la Oficina General de Asesoria Juridica, las siguientes: a. Elaborar y emitir opinion sobre los proyectos de dispositivos e instrumentos legales y administrativos que competen al funcionamiento de SUSALUD y por encargo de la Alta Direccion. b. Recopilar, clasificar, opinar, concordar, sistematizar, difundir y mantener en permanente actualizacion las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fines de SUSALUD, manteniendo informados a los demas organos sobre la materia. c. Asesorar y/o emitir opinion en los asuntos de caracter juridico legal y administrativo que MORDAZA requeridos a traves de la Alta Direccion, emitiendo los informes en los casos que corresponda. d. Asesorar, coordinar y emitir opinion legal respecto de los convenios y otras gestiones de caracter interinstitucional que suscriba SUSALUD. e. Elaborar y visar los proyectos de contratos, convenios institucionales y cualquier otro documento de caracter legal, que le MORDAZA remitidos por la Alta Direccion. f. Elaborar informes legales y visar los proyectos de Resolucion dela Alta Direccion sobre la aprobacion o modificacion de procedimientos, directivas, normas, convenios, contratos y demas documentos que le MORDAZA remitidos. g. Mantener un listado de los poderes asignados, asi como actualizarlo cuando se efectue una modificacion y revocacion de los mismos. h. Coordinar en temas referidos a la defensa juridica de SUSALUD respecto de las acciones judiciales, administrativas y arbitrales, a cargo del Sistema de Defensa Juridica del Estado, asi como las derivadas de asuntos contenciosos administrativos, elaborando informes legales y coordinando con las instancias correspondientes, reportando a la Secretaria General. i. Otras que le asigne la Secretaria General, de conformidad con la naturaleza de sus funciones. SUB CAPITULO II DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO: OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Articulo 31.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el organo de asesoramiento dependiente de la Secretaria General, encargado de prestar asesoria a la Alta Direccion y a las demas dependencias de SUSALUD en asuntos relacionados con los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estrategico y Presupuesto Publico y cuando corresponda- los Sistemas Administrativos de Modernizacion de la Gestion Publica e Inversion Publica. Asimismo, se encuentra a cargo de coordinar con las dependencias pertinentes la cooperacion tecnica nacional e internacional reembolsable y gestionar la cooperacion tecnica nacional e internacional no reembolsable. Articulo 32.- Funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto Son funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, las siguientes: a. Proponer a la Alta Direccion los planes, proyectos, presupuestos y acciones de organizacion, modernizacion y desarrollo institucional. b. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de formulacion, monitoreo y evaluacion de los planes institucionales, informando a la Alta Direccion de los avances y logros obtenidos. c. Conducir el MORDAZA presupuestario en sus diversas fases de formulacion, programacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion, en estrecha relacion con el Plan Operativo Institucional y en cumplimiento de la normativa vigente. d. Dirigir, gestionar y evaluar las acciones y convenios de cooperacion tecnica nacional e internacional no reembolsable, en coordinacion con las dependencias

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