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El Peruano Viernes 13 de junio de 2014 525265 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman acuerdo de concejo que rechazó solicitud de vacancia formulada contra alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Sicchez, provincia de Ayabaca, departamento de Piura RESOLUCIÓN Nº 294-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0072 SÍCCHEZ - AYABACA - PIURA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diez de abril de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Segundo Yanayaco Valencia contra el acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 26, de fecha 13 de diciembre de 2013, que rechazó la solicitud de vacancia que formuló en contra de Porfi rio Machacuay Yamo, Wílmer Granadino Cunya y Vilma Mulatillo Chamba, alcalde y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Sícchez, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, por las causales previstas en el artículo 22, numerales 8 y 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el Expediente acompañado Nº J-2013-01201, así como oídos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia Con fecha 24 de setiembre de 2013, Segundo Yanayaco Valencia solicitó, ante el Jurado Nacional de Elecciones, el traslado de su solicitud de vacancia formulada contra Porfi rio Machacuay Yamo, Wílmer Granadino Cunya y Vilma Mulatillo Chamba, alcalde y regidores, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Sícchez, sobre la base de los siguientes argumentos (fojas 1 a 11, Expediente Nº J-2013-01201): Respecto de la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM): • El alcalde Porfi rio Machacuay Yamo realizó injerencia de manera directa o indirecta para contratar a Martha Huamán Gonza como trabajadora de limpieza del palacio municipal, quien es cuñada de la regidora Vilma Mulatillo Chamba, ya que aquella es hermana de Noé Huamán Gonza, cónyuge de la citada regidora. • El alcalde contrató a su primo hermano, Hernán Cortez Parrilla, para que labore como vigilante de la municipalidad en el turno de noche. • El regidor Wílmer Granadino Cunya no realizó algún acto de fi scalización administrativa y fi nanciera, permitiendo, de esta manera, que el alcalde y la regidora antes mencionados, realicen contrataciones irregulares. Respecto de la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la LOM: • El alcalde constituyó, de manera encubierta, la empresa “Servicios Generales Aristocor E.I.R.L.”, siendo gerente general de la misma Asael Tomapasca Villalta, quien, a su vez, es “testaferro” del burgomaestre. En su condición de persona natural, este celebró diversos contratos con la Municipalidad Distrital de Sícchez en 2011, percibiendo dinero del municipio, y como titular de la referida persona jurídica, en 2012 celebró también contratos con la entidad edil, percibiendo también dinero de la comuna. Adicionalmente, formuló las siguientes imputaciones contra el alcalde: • El burgomaestre incurrió en los delitos de falsedad genérica porque no declaró ante el Jurado Nacional de Elecciones que es propietario de un inmueble ubicado en el distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, así como tampoco declaró que es propietario y gerente general de la empresa ABC Rivera S.A.C., declarando, en su hoja de vida, que cursó estudios secundarios en la institución educativa Túpac Amaru en el antes mencionado distrito, empero, dicha entidad está ubicada en otro distrito. • Incurrió en el delito de abuso de autoridad ya que contrató como trabajador de limpieza del municipio a un discapacitado, a quien le pagó “sumas irrisorias e inferiores a la remuneración mínima vital”, conducta que reiteró con otros trabajadores y, además, se negó a brindar información sobre diversos gastos. • Cometió el delito de enriquecimiento ilícito puesto que, considerando sus ingresos como autoridad elegida, no puede justifi car el costo del inmueble antes indicado. • Incurrió en los delitos de malversación de fondos y peculado de uso, pues sobrevaloró el costo de la construcción de servicios higiénicos, que no fueron autorizados por el concejo municipal, y porque sus familiares utilizan las camionetas de la municipalidad para realizar viajes a diversas ciudades. Descargos de las autoridades sometidas a vacancia A través de los escritos presentados el 11 de noviembre de 2013, las autoridades cuestionadas formularon sus descargos, rechazando las imputaciones formuladas en su contra sobre la base de los siguientes argumentos: • Porfi rio Machacuay Yamo, en relación a la causal de nepotismo, manifestó que en el pedido de vacancia no se adjuntaron partidas de nacimiento que acrediten el supuesto vínculo de parentesco con Hernán Cortez Parrilla. Asimismo, manifestó que la Ofi cina de Registro Civil de la comuna le informó que en sus archivos no se encuentra registrada la partida de nacimiento de dicha persona, y que la jefa de personal del municipio le informó que aquel no ha laborado en la entidad edil. En relación con la causal de restricciones de contratación, alegó que no se ha demostrado la vinculación que tendría con el propietario de la empresa “Servicios Generales Aristocor E.I.R.L.” (fojas 116 a 121 del principal). • Wílmer Granadino Cunya manifestó que la causal que se le imputa (no realizar actos de fi scalización administrativa y fi nanciera), no está tipifi cada como tal en la LOM (fojas 128 a 130 del principal). • Vilma Mulatillo Chamba señaló que no se acreditó la existencia de un vínculo de parentesco con Martha Huamán Gonza con las respectivas partidas de nacimiento o de matrimonio (fojas 131 a 133 del principal). Posición del Concejo Distrital de Sícchez En la Sesión Extraordinaria Nº 26, de fecha 13 de diciembre de 2013, el Concejo Distrital de Sícchez, contando con la asistencia de sus seis miembros, rechazó la solicitud de vacancia de las tres autoridades, por unanimidad (fojas 108 a 110 del principal). Sobre el recurso de apelación Con fecha 6 de enero de 2014, Segundo Yanayaco Valencia interpuso recurso de apelación contra el acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 26, de fecha 13 de diciembre de 2013, formulando las siguientes alegaciones (fojas 102 a 106 del principal): • Solicita que se revoque el acta de la mencionada sesión, que se declare nula dicha acta y que se declare la vacancia de las tres autoridades. • Se vulneró su derecho de defensa por cuanto no se le permitió presentar pruebas antes y durante el procedimiento de vacancia; la jefa de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Sícchez se negó a expedir las partidas de nacimiento y matrimonio que acreditaban la relación de parentesco del alcalde y los regidores, con trabajadores de la comuna, a pesar de que solicitó aquellos documentos por escrito. • En la Sesión Extraordinaria Nº 26 únicamente le concedieron cinco minutos para que expusiera los hechos