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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2014 (20/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014 519230 sean materia de compensación, así como de los derechos que hubieren acordado los accionistas de la sociedad escindida, otros privilegios o benefi cios adicionales, los criterios en que se sustentan, su forma de aplicación y la valorización del patrimonio. f. Relación detallada y valorizada de los elementos del activo y/o pasivo, en su caso, que correspondan a cada uno de los bloques patrimoniales resultantes de la escisión, o que corresponda al bloque patrimonial que se transfi ere, de ser el caso. g. Relación de canje de acciones, incluyendo los cuadros con el sustento y forma de cálculo respectivos. h. Se deberá comunicar la intención presente o futura de mantener o no la inscripción de las acciones en Bolsa o en el mecanismo centralizado de negociación, o la intención de retirarlas. 2.3. En los casos de acuerdos sobre aumento o reducción del capital, agrupación o desdoblamiento de acciones, amortización o redención de acciones, o modifi caciones del valor nominal de las acciones: a. En caso de aumento del capital social y/o acciones de inversión por capitalizaciones, se debe precisar los montos y conceptos que originaron la variación del capital social y/o cuenta acciones de inversión, y período al que corresponde la capitalización, así como el nuevo monto al que ascienden dichas cuentas. Además se debe precisar el porcentaje en acciones liberadas que corresponde a los accionistas comunes y/o de inversión, así como los derechos que tendrán dichas acciones. b. En caso de aumento de capital social y/o acciones de inversión por aportes en efectivo de los accionistas o por oferta pública de acciones, se debe precisar el monto del aumento acordado, el destino de los fondos, la cifra a la cual se elevará la cuenta de capital social y/o la cuenta acciones de inversión, los derechos que tendrán dichas acciones, así como las características que permitan identifi carlas. Asimismo, se debe indicar las características y condiciones del proceso de suscripción, especifi cando la fecha de entrega de los certifi cados de suscripción preferente (CSP), los plazos de vigencia y negociación de los CSP de acuerdo con la normatividad vigente, precio de suscripción indicando el monto de la prima de ser el caso, los plazos de las ruedas de suscripción y las características que permitan identifi car los certifi cados provisionales. c. En caso de disminución del capital social y/o acciones de inversión, se debe informar las causas que originan la disminución, precisando el número de acciones que se retirarán de circulación o, en su caso, el importe de la reducción del valor nominal de las mismas. Asimismo, se debe indicar las fechas y formas en que se retirarán las acciones. d. En caso de variaciones en la cuenta de capital social y/o acciones de inversión por otro concepto, se debe precisar el concepto y monto del aumento y/o reducción acordada, así como la nueva cifra de la cuenta de capital social y/o acciones de inversión. e. En caso de cambio en el valor nominal, agrupación o desdoblamiento de acciones, se debe remitir el detalle del acuerdo adoptado e indicar el nuevo número de acciones, precisar el nuevo y el anterior valor nominal, la fecha de canje o resello en los casos que fuera aplicable. La información relacionada con los procesos de fusión, escisión o reorganización y modifi cación de estatutos de un Emisor, debe remitirse al RPMV dentro de los quince (15) días hábiles de su inscripción en los Registros Públicos, de conformidad con lo siguiente: i. En el caso de fusión se debe remitir los estados fi nancieros resultantes de ésta y la escritura pública respectiva, informando la relación existente entre las cuentas de capital y de acciones de inversión, de ser el caso, después de la fusión y la fecha establecida para el canje de las acciones de las empresas intervinientes. ii. En el caso de escisión o reorganización, se debe remitir los estados fi nancieros resultantes de la escisión, reorganización simple u otras formas de reorganización empresarial, indicando la fecha establecida para el canje de las acciones de las empresas intervinientes. iii. En el caso de todas las modifi caciones estatutarias copia de los testimonios de las escrituras públicas correspondientes. 3. Modifi cación de la cuenta de acciones de inversión, precisándose los conceptos o causas que la originan, así como su monto. Directores y Gerencia General 4. Designación, cese y cambios en los miembros del directorio y gerencia General y/o sus órganos equivalentes. 5. Aprobación o modifi cación de políticas de remuneración o incentivos de los directores y gerencia general, incluyendo aquellas basadas en la distribución de acciones del propio emisor o de las empresas de su grupo económico. Unidad de Control y Relacionados 6. Las transferencias de acciones representativas del capital social realizadas por personas que directa o indirectamente posean el diez por ciento (10%) o más del capital del emisor o de aquellas que a causa de una adquisición o enajenación lleguen a tener o dejen de poseer dicho porcentaje. 7. Conocimiento de planes, que impliquen un cambio en la unidad de control o la adquisición o incremento de participación signifi cativa en el Emisor, incluyendo pactos entre accionistas. 8. Cambios en la unidad de control del Emisor, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupos Económicos de la SMV, incluyendo pactos societarios o acuerdos entre titulares de acciones del Emisor, de modo directo o indirecto. 9. Transacciones, préstamos, y otorgamiento de garantías signifi cativas, entre el emisor con empresas de su grupo económico, y/o con miembros de los órganos de su administración o accionistas. Situación fi nanciera y benefi cios 10. Aprobación y presentación de información fi nanciera, memoria anual, así como sus respectivas modifi caciones o subsanaciones. Deberá adjuntarse la respectiva información fi nanciera y memoria anual, según sea el caso. 11. Designación y resolución de contrato con su sociedad de auditoría. 12. Cambios relevantes en los resultados o en el patrimonio neto, precisándose el motivo de los mismos. 13. Aprobación o modifi cación de la política de dividendos, incluyendo los criterios para la distribución de utilidades, de tal manera que, sobre la base de éstos, un inversionista pueda estimar los dividendos a recibir y su oportunidad de pago. Todo cambio en esta política debe ser informada por lo menos 30 días antes de su aplicación. 14. Información relativa a la distribución o aplicación de utilidades del ejercicio, indicando el monto y ejercicio al que corresponda, y, de ser el caso, el dividendo y/o porcentaje de acciones liberadas que corresponda por acción común y/o de inversión, el número de acciones benefi ciadas, así como fecha de registro y fecha de entrega de cualquier valor o benefi cio. Planes de inversiones y estructura de fi nanciamiento 15. Aprobación y cambios en los planes y operaciones de inversión y fi nanciamiento, así como las modifi caciones en sus términos y condiciones. 16. Adquisición, enajenación o reestructuración de activos y/o pasivos por importes signifi cativos, así como gravámenes relevantes sobre los activos y capitalización de acreencias. Asimismo, reducción del patrimonio neto en un importe igual o superior al 10%. 17. Otorgamiento, cancelación u oposición de marcas, patentes, licencias, permisos de explotación u otros derechos directamente vinculados al negocio del Emisor. 18. Adquisición y desinversiones importantes en activos fi nancieros, tales como participaciones en otras empresas, celebración de contratos de derivados con capacidad de infl uencia signifi cativa en el Emisor o en sus valores. 19. Postergación o incumplimiento de obligaciones de pago, incluidas las derivadas de la emisión de valores