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El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014 519238 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, fi scales, económicas y administrativas, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° de la citada Ley, modifi cado por el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1096 y el artículo único de la Ley N° 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo su Presidente quien preside el Fuero Militar Policial; Que, mediante Ofi cio del Visto, el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos cursa una cordial invitación para que un Ofi cial del Fuero Militar Policial, participe del Taller Legal organizado bajo el Programa de Actividades Tradicionales (TCA), conjuntamente con el Comité Jurídico de las Américas (COJUMA), el cual se llevará a cabo del 07 al 11 de abril del 2014, en el Centro de las Américas del Comando Sur de los Estados Unidos de Norteamérica, Doral – Florida; evento que contará con la participación de representantes de los países aliados, así como del Departamento de Defensa, Departamento de Estado y otras agencias del Gobierno de los Estados Unidos; Que, la invitación cursada es de gran importancia, pues permitirá desarrollar pautas legales para transitar adecuadamente en los asuntos jurídicos nacionales e internacionales, así como será propicio para entablar lazos de fraternidad y cooperación entre el Fuero Militar Policial de Perú y Comando Sur de los Estados Unidos de Norteamérica; por lo que resulta conveniente para los intereses institucionales de esta jurisdicción excepcional la designación del Ofi cial que en representación del Fuero Militar Policial participe en dicho evento académico; Que, en sesión de fecha 10 de marzo del 2014, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio y en calidad de visita ofi cial, al señor Coronel EP Luis Octavio RAMIREZ ARCAYA, Secretario General del Fuero Militar Policial, a la ciudad de Doral, condado de Miami-Dade, estado de Florida – Estados Unidos de América, del 07 al 11 de abril del 2014, para que participe en el Taller Legal organizado bajo el Programa de Actividades Tradicionales (TCA), conjuntamente con el Comité Jurídico de las Américas (COJUMA); cuyos gastos serán fi nanciados íntegramente por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fi scal 2014; y, De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modifi cada por el Decreto Legislativo N° 1096 y la Ley N° 29955; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cada por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; el artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio y en calidad de visita ofi cial, al señor Coronel EP Luis Octavio RAMIREZ ARCAYA, Secretario General del Fuero Militar Policial, identifi cado con DNI N° 17610194 y CIP N° 116457000, a la ciudad de Doral, condado de Miami-Dade, estado de Florida – Estados Unidos de América, del 07 al 11 de abril del 2014, para que participe en el Taller Legal organizado bajo el Programa de Actividades Tradicionales (TCA), conjuntamente con el Comité Jurídico de las Américas (COJUMA). Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa, serán cubiertos íntegramente por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fi scal 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (Clase Económica): Lima (PERÚ) – Miami-Dade (ESTADOS UNIDOS) - Lima (PERÚ) US $ 1,275.68 X 01 persona (incluido TUUA) = US $ 1,275.68 Viáticos: US $ 440.00 X 05 días X 01 persona = US $ 2,200.00 ---------------------- Total a pagar = US $ 3,475.68 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO RAMOS ESPINOZA General de Brigada (R) Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1063251-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman Acuerdo de Concejo que declaró fundado recurso de reconsideración y en consecuencia, revoca en un extremo el Acuerdo de Concejo Nº 003-2013-SO-MDSJB, que declaró vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto RESOLUCIÓN Nº 110-A-2014-JNE Expediente Nº J-2013-001260 SAN JUAN BAUTISTA - MAYNAS - LORETO RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de febrero de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Adolfo Flores Morey en contra del Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-SE-MDSJB, de fecha 16 de setiembre de 2013, que declaró fundado el recurso de reconsideración presentado por Francisco Sanjurjo Dávila, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, y en consecuencia, revocó el Acuerdo de Concejo Nº 003- 2013-SE-MDSJB, de fecha 14 de agosto de 2013, en el extremo que declaró fundado el pedido de vacancia, así como las adhesiones presentadas por Juan Alberto Ramos Paredes y Roy Valcárcel Hidalgo, en contra del referido burgomaestre, por la causal de infracción de las restricciones a la contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente de traslado Nº J-2013-00657, Expediente de queja Nº J-2013-00760, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 24 de mayo de 2013, Adolfo Flores Morey solicitó (Expediente de traslado Nº J-2013-00657, fojas 2