Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2014 (20/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014

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Indirecta, Vinculacion y Grupos Economicos, aprobado por Resolucion CONASEV N° 090-2005-EF/94.10, cuyos textos quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 10°.- INFORMACION A PRESENTAR SOBRE GRUPO ECONOMICO Los emisores de valores inscritos en el Registro, asi como las personas juridicas inscritas en el, se encuentran obligadas a presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV y, cuando corresponda, a la entidad administradora del mecanismo centralizado de negociacion en el que los valores se encuentren listados, la siguiente informacion: (...) Dicha informacion, asi como cualquier modificacion de la misma, debe ser comunicada dentro de los tres (3) dias habiles siguientes de producida, salvo que dicha informacion califique como hecho de importancia en los terminos establecidos en los articulos 3 y 4 del Reglamento de Hechos de Importancia e Informacion Reservada. Articulo 12°.INFORMACION PARA LA SUPERVISION DE GRUPOS ECONOMICOS. La informacion que se deba presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV en observancia de lo dispuesto en los articulos precedentes, asi como cualquier variacion de la misma, debe ser comunicada observando las especificaciones tecnicas aprobadas por el Superintendente del MORDAZA de Valores." Articulo 4°.- La presente resolucion entrara en vigencia el 01 de MORDAZA de 2014, con excepcion de lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria, la cual entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1064263-1

representativos de deuda, sea del principal o de los intereses, asi como cualquier modificacion en la estructura de pago de derechos o beneficios, y las consecuencias que se deriven de esas situaciones. 20. Revocacion o cancelacion de lineas de credito y ejecucion de garantias. Ofertas del valor 21. Informacion sobre las emisiones de valores por oferta publica o privada dentro o fuera del MORDAZA, incluyendo participacion en programas de Recibo de Deposito Americano, detallando, entre otros, el aviso de oferta y/ o las condiciones de la emision y/o venta, asi como el resultado de la colocacion, especificando el numero y monto total de valores colocados o vendidos. 22. Informes de clasificacion de riesgo de los valores del Emisor, asi como sus cambios, actualizaciones o impugnaciones, adjuntando una MORDAZA del informe de clasificacion respectivo. 23. Designacion, cese y cambio del representante de obligacionistas. 24. Informes de valorizacion elaborados por empresas especializadas, sociedades de auditoria, bancos, bancos de inversion o personas con ocasion o en el MORDAZA de ofertas publicas de valores o de un due dilligence. 25. Deterioro de las garantias que respaldan el pago de los derechos conferidos a los titulares de valores del Emisor. 26. La inscripcion, suspension o exclusion de los valores del Emisor en el registro de la entidad supervisora del MORDAZA o en la Bolsa donde se registren sus valores. 27. Aprobacion de planes u operaciones y ejecucion de recompra, redencion, rescate, amortizacion, conversion u otros que reduzcan el numero de valores en circulacion, asi como de su exclusion del RPMV. Actividad economica 28. Contratos importantes con el Estado, clientes o proveedores, y renegociacion de los mismos. 29. Inicio de un MORDAZA de due dilligence o similar solicitado por un accionista o por terceros, o dispuesto por el propio emisor. 30. Descubrimientos de nuevos recursos o desarrollo, adquisicion o aplicacion de nuevas tecnologias, que tengan un impacto significativo en las actividades del Emisor. 31. Huelgas, interrupciones o ceses imprevistos de la actividad productiva que puedan tener un efecto significativo. 32. Sanciones impuestas al Emisor por parte de las autoridades reguladoras o supervisoras. 33. Inicio y resultados de procesos judiciales o arbitrales y procedimientos administrativos que pudieran involucrar los hechos senalados en el presente listado u otros hechos equivalentes a criterio del Emisor, y que puedan afectar al patrimonio o a los negocios y actividades del Emisor. 34. Ingreso a MORDAZA concursal, intervencion o quiebra del Emisor o de sus deudores relevantes. Articulo 2°.- Modificar el articulo 22° del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgos, aprobado por Resolucion CONASEV N° 074-98-EF/94.10, el que queda redactado de la siguiente manera: "Articulo 22°.- Informacion a remitir a la SMV Las Clasificadoras deben presentar, ademas de la informacion que le requiera la Superintendencia del MORDAZA de Valores, la siguiente: La clasificacion otorgada a los valores inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores con sus respectivos fundamentos en el dia de emitidos. Las modificaciones de las clasificaciones de riesgo que otorgue con sus respectivos fundamentos, en el dia habil de modificadas. La impugnacion a las clasificaciones de riesgo que hubiere otorgado la Clasificadora, en el dia de conocida la impugnacion." Articulo 3°.- Modificar el primer y ultimo parrafo del articulo 10 y el articulo 12 del Reglamento de Propiedad

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 00024-2014-SUNAT/3X0000 MORDAZA, 13 de Marzo del 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la

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