Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2014 (20/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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MORDAZA, conformado por el MORDAZA y once regidores, acordo, con una votacion de ocho votos a favor y cuatro votos en contra, declarar la vacancia de MORDAZA Sanjurjo MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la referida comuna. La mencionada decision se formalizo mediante el Acuerdo de Concejo Nº 003-2013-SO-MDSJB, de la misma fecha (fojas 144). Sobre el recurso de reconsideracion presentado por MORDAZA Sanjurjo MORDAZA Con escrito, de fecha 3 de setiembre de 2013 (fojas 161 a 166), MORDAZA Sanjurjo MORDAZA interpone recurso de reconsideracion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 003-2013-SO-MDSJB, de fecha 14 de agosto de 2013, que declaro su vacancia en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, reafirmando sustancialmente los argumentos formulados en su descargo y, adicionalmente, senala lo siguiente: a) En sesion extraordinaria, de fecha 14 de agosto de 2013, se acordo declarar su vacancia en el cargo de MORDAZA sin haber realizado una ponderacion a los fundamentos expuestos en sus descargos realizados en dicha sesion. b) La imputacion que hace el solicitante en su contra es por haber emitido resoluciones de alcaldia encargando el despacho de alcaldia transgrediendo la LPAG. No obstante, estas resoluciones no son contratos en los que el MORDAZA participe en calidad de adquiriente o transferente, como persona natural, interposita persona o un tercero. En consecuencia, no se encuentra acreditada la causal invocada. c) El propio solicitante preciso que el hecho de vacancia estaba referido al tema de vacaciones concedidas indebidamente al MORDAZA, al haber emitido un memorando en el mes de agosto del ano pasado, en donde solicita sus vacaciones al subgerente de recursos humanos, sosteniendo que quien debe conceder, autorizar la licencia y las vacaciones del MORDAZA y de los regidores es el concejo municipal. De ahi que, aclarados los hechos por el solicitante, estos no configuran causal de vacancia. Posteriormente, con escrito, de fecha 16 de setiembre de 2013 (fojas 168 a 170), MORDAZA Sanjurjo MORDAZA amplia los fundamentos de su recurso de reconsideracion, en base a las siguientes consideraciones: a) Mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1193-2011-AMDSJB, de fecha 16 de noviembre de 2011 (fojas 171 a 176), se aprobo el rol de vacaciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA (fojas 172), en donde se aprecia que en su calidad de MORDAZA se encontraba con derecho de gozar de sus vacaciones, conforme al rol de vacaciones de autoridades, funcionarios y servidores del municipio. De ahi que, al ejercer este derecho de vacaciones en el mes de agosto del ano 2012, encargo el despacho de alcaldia al primer regidor, conforme se aprecia de la resolucion de encargatura. b) Para el goce de vacaciones no es necesario que el concejo le otorgue licencia como sostiene el solicitante, sino que basta que se MORDAZA cumplido el ano de servicio para que su derecho a dicho periodo vacacional se encuentre expedito. En cambio, la licencia, medio de suspension en el cargo, se otorga por otras razones, MORDAZA estas particulares o de fuerza mayor que impidan al MORDAZA ejercer sus funciones, de tal manera que necesite una autorizacion del concejo municipal. c) Sobre la encargatura de la regidora MORDAZA del MORDAZA Alvan MORDAZA no existe transgresion al articulo 24 de la LOM, porque esta regidora asume el despacho de alcaldia debido a que el primer regidor se encontraba de viaje por capacitacion, tal como se acredita con el Oficio N.º 001-2013-SR-MDSJB, de fecha 2 de enero de 2013, presentado por el mismo MORDAZA MORDAZA, la MORDAZA del pasaje electronico, de fecha 4 de enero de 2013, y el comprobante de pago N.º 101, de fecha 4 de enero de 2013, mediante el cual se gira el importe para la cancelacion de la planilla de viaticos N.º 001, a nombre del primer regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. Como medios probatorios adjunta MORDAZA autenticada de la Resolucion de Alcaldia N.º 1193-2011-A-MDSJB, de fecha 16 de noviembre de 2011 (fojas 171 a 176), del

El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014

Oficio N.º 001-2013-SR-MDSJB, de fecha 2 de enero de 2013 (fojas 177), del pasaje electronico, de fecha 4 de enero de 2013 (fojas 178), del comprobante de pago N.º 101, de fecha 4 de enero de 2013 (fojas 179), asi como de la Planilla de Viaticos N.º 001, de fecha 3 de enero de 2013 (fojas 180). Sobre la posicion del Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA con respecto al recurso de reconsideracion En sesion extraordinaria, de fecha 16 de setiembre de 2013 (fojas 200 a 210), contando con la asistencia de nueve de sus doce miembros, el Concejo Distrital de San MORDAZA MORDAZA, acordo, por mayoria, con una votacion de seis votos a favor del recurso de reconsideracion y tres votos en contra, declarar fundado el referido medio impugnatorio y, en consecuencia, revoco el Acuerdo de Concejo Nº 003-2013-SO-MDSJB, de fecha 14 de agosto de 2013, que declaro la vacancia de MORDAZA Sanjurjo MORDAZA en el cargo de MORDAZA de la referida comuna. La mencionada decision se formalizo mediante el Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-SE-MDSJB, de la misma fecha (fojas 208 a 209). Sobre el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con escrito de fecha 9 de octubre de 2013 (fojas 1 a 6), MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion contra el citado Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-SEMDSJB, de fecha 16 de setiembre de 2013, reafirmando, sustancialmente, los argumentos senalados en su solicitud de declaratoria de vacancia, y agregando lo siguiente: a) El recurso de reconsideracion presentado por el burgomaestre cuestionado MORDAZA Sanjurjo MORDAZA no se ha sustentado en prueba nueva, por lo que debio declararse improcedente. De ahi que el concejo municipal, al emitir el Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-SE-MDSJB, contraviniendo el articulo 208 de la LPAG, ha incurrido en causal de nulidad prevista en el articulo 10, numeral 1, de la citada norma. b) El concejo municipal, al declarar fundado el recurso de reconsideracion, ha desconocido que la causal que sustento la solicitud de vacancia, en un primer termino aprobada, es la contemplada en el articulo 11, MORDAZA parrafo, de la LOM, que al regular el impedimento dirigido a los regidores para ejercer funciones y cargos ejecutivos o administrativos, dispone la nulidad de los actos contrarios a dicha prevision, y la vacancia de los regidores que incurran en estos actos. c) Si bien es MORDAZA que el MORDAZA, mediante resoluciones de alcaldia delego sus atribuciones politicas a los cuestionados regidores, de conformidad con el articulo 20, numeral 20, de la LOM, MORDAZA que lo faculta a delegar sus atribuciones politicas en un regidor habil y las administrativas en el gerente municipal, debe, asimismo, hacerse referencia al articulo 24 de la LOM, aplicable tambien a la suspension por disposicion expresa del articulo 25 de la LOM, el cual preve como debe procederse en caso de vacancia o ausencia del MORDAZA o de uno de los regidores. d) Desde la Resolucion N.º 420-2009-JNE, de fecha 18 de junio de 2009, criterio reiterado en la Resolucion N.º 511-2013-JNE, de fecha 11 de junio de 2013, se establecio que, en caso de que el MORDAZA no se encuentre presente por un determinado periodo de tiempo, en el concejo municipal, de manera voluntaria (ausencia) o involuntaria (vacancia o suspension), el ejercicio de sus funciones politicas, ejecutivas y administrativas recaera en el MORDAZA MORDAZA, y en ausencia de este, en el MORDAZA regidor, y asi sucesivamente. De igual modo, indica que el articulo 20, numeral 20, de la LOM, se aplica en aquellos casos en los que no ha mediado la ausencia (voluntaria e involuntaria) del MORDAZA, sino cuando el titular de la entidad se encuentra desempenando simultaneamente funciones en el concejo municipal. e) Es por ello que, de las Resoluciones de Alcaldia Nº 228-2012-A-MDSJB, de fecha 23 de agosto de 2012, y Nº 008-2013-A-MDSJB, de fecha 15 de enero de 2013, se entiende que el MORDAZA delego funciones, al MORDAZA del articulo 20, numeral 20, de la LOM, a los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA Alvan MORDAZA, al ausentarse, supuestamente, con motivo

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