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El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014 519259 de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD de los señores regidores: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de Villa Alemana-Chile del 19 al 22 de marzo de 2014 del Señor Alcalde Emilio Chavez Huaringa y los señores regidores Eduvinio Isaac Malpica Arizapana y Rosa Matilde Lucia Torres Azabache, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del siguiente acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR del 19 al 22 de marzo de 2014, el despacho de Alcaldía a la Teniente Alcaldesa Doris Solís Mendoza, mientras dure la ausencia del Señor Alcalde con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Artículo Tercero.- DENTRO de los quince días calendarios siguientes, de efectuado el viaje. El Alcalde de la Municipalidad de Cieneguilla Señor Emilio Chavez Huaringa presentará ante el Concejo Municipal un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- DISPONER el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Tesorería, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1064135-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Prorrogan plazos para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, y acogimiento a beneficios por pago voluntario anticipado, correspondiente al ejercicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2014-MDJM Jesús María, 3 de marzo del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO, el Memorando N° 147-2014-MDJM-GR de fecha 27 de febrero del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 422-MDJM, que regula el régimen legal de los Arbitrios Municipales para el año 2014, faculta al Alcalde dictar la prórroga del plazo de su vencimiento; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 05-2014-MDJM, se procedió a ampliar la fecha del vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero del 2014, hasta el 28 de febrero del 2014; Que, mediante Ordenanza Nº 399-MDJM, se establecieron los Benefi cios por el descuento para pensionistas, vecinos en precariedad económica y exoneración por extrema pobreza de los Arbitrios Municipales; Que, la Ordenanza Nº 427-MDJM extendió, para el ejercicio gravable 2014, los benefi cios tributarios por el pronto pago, para pensionistas, por precariedad económica y extrema pobreza de arbitrios municipales, los plazos otorgados por la Ordenanza Nº 399-MDJM y las demás condiciones en lo que sea aplicable; Que, en ese sentido a fi n de promover el pago voluntario y puntual de los contribuyentes se ha dispuesto prorrogar la fecha límite para el vencimiento del Impuesto Predial del ejercicio 2014, de los Arbitrios Municipales meses de enero a febrero del 2014 y el Acogimiento al Benefi cio del pago voluntario; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGASE, hasta el 31 de marzo del 2014, el vencimiento de los plazos establecidos para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2014 y de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del 2014. Artículo Segundo.- PRORRÓGASE hasta el 31 de marzo del 2014, el vencimiento del plazo para el acogimiento de los beneficios del pago voluntario anticipado por concepto de Arbitrios Municipales 2014. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 1063570-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Imponen sanción de cese temporal a ex funcionario de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 074-2014-ALC/MLV La Victoria, 24 de febrero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: el Informe Nº 005-2014-CPPAD/MDLV del 20 de febrero de 2014 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de La Victoria, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II y del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 –, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante informe Nº 005-2013-PPM/MLV de fecha 21 de enero del 2013, la Procuradora Pública Municipal pone en conocimiento a la Gerencia Municipal la sentencia emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Expediente Nº 04667-2011-0-5001-SU- DC-01, en donde el demandado es el ejecutor coactivo de la Municipalidad Distrital de La Victoria, Richard Alexander Ramos Ramírez, en la que se confi rmó la sentencia, que declara fundada la demanda incoada por el demandante Diesel Andina SA. y, en consecuencia, nulo el procedimiento coactivo e inefi caz el remate y adjudicación del inmueble