Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2014 (20/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014

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donacion de un terreno para la citada entidad de salud, conforme lo advierte de la respectiva acta que obra en el Libro de Actas de Sesiones de la Municipalidad Provincial de Pomabamba. d) Luego de ello, con fecha 18 de noviembre de 2011, el MORDAZA cuestionado, de manera unilateral y a titulo personal, expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 438-2011-MPP/A, aprobando la donacion de un terreno de propiedad del municipio, para la infraestructura de la sede de la Red de Salud Conchucos Norte, y encargando a la gerencia municipal la realizacion de los tramites correspondientes para su ejecucion, desconociendo de este modo, el acuerdo adoptado en la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 19, de fecha 14 de octubre de 2011, por el que se aprobo la compra y posterior donacion del terreno a favor de dicha institucion publica. e) Asi tambien, la autoridad MORDAZA cuestionada, a titulo personal, ejecuto la enajenacion del mencionado inmueble, desconociendo sus atribuciones previstas en la LOM, asi como el acuerdo adoptado en la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 19, de fecha 14 de octubre de 2011, conforme advierte del acta de entrega del inmueble (terreno) a favor de la Red de Salud Conchucos Norte Pomabamba, de fecha 28 de marzo de 2012. f) De igual forma, dicha autoridad es quien, de manera irregular, procedio a la entrega del referido bien, conforme advierte del testimonio de la Escritura Publica Nº 178, del contrato de donacion de inmueble (terreno), de fecha 14 de setiembre de 2012, suscrito entre la autoridad cuestionada, en representacion del municipio, y el representante de la institucion beneficiaria, celebrado ante la notaria publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desconociendo, con ello, el referido acuerdo de concejo, de fecha 14 de octubre de 2011. g) Con ello, se indica que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte MORDAZA, en representacion de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, por su propio derecho comparecio ante la notaria publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para suscribir, a titulo personal, el contrato de donacion de inmueble - terreno, a favor del Ministerio de Salud - Direccion Regional de Salud MORDAZA - Red de Salud Conchucos Norte - Pomabamba, representado por su director, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mosquera, por lo que el MORDAZA con dicho accionar, desconociendo el acuerdo adoptado en la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 19, de fecha 14 de octubre de 2011, ha incurrido en la causal de vacancia invocada. h) En suma, el citado burgomaestre, excediendo sus atribuciones como MORDAZA, decidio en forma personal la donacion de un terreno de propiedad de la Municipalidad Provincial de Pomabamba a favor de la institucion beneficiaria, pese a que el acuerdo de concejo aprobo primero la compra de un terreno para una posterior donacion, por lo que habria incurrido en la presente causal de vacancia, puesto que dicha autoridad MORDAZA esta prohibida de contratar a titulo personal, asi como disponer bienes del municipio. A efectos de acreditar los hechos alegados, el solicitante adjunta MORDAZA simple de la Citacion Nº 23-2011MPP/A, de fecha 13 de octubre de 2011 (Expediente de traslado Nº J-2013-00065, fojas 177), y MORDAZA certificada del Acta de Sesion Ordinaria de Concejo Nº 19, de fecha 14 de octubre de 2011 (Expediente de traslado Nº J-201300065, fojas 178 a 183), de la Resolucion de Alcaldia Nº 438-2011-MPP/A, de fecha 18 de noviembre de 2011 (Expediente de traslado Nº J-2013-00065, fojas 184), y de la Escritura Publica Nº 178, de fecha 14 de setiembre de 2012 (Expediente de traslado Nº J-2013-00065, fojas 185 a 190). Descargos del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte MORDAZA Con fecha 12 de MORDAZA de 2013 (Expediente de traslado Nº J-2013-00065, fojas 143 a 152), el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte MORDAZA presenta, ante la Municipalidad Provincial de Pomabamba, su escrito de descargos, manifestando lo siguiente: a) Es falso que, a titulo personal, MORDAZA donado un terreno a favor de la Red de Salud Conchucos Norte Pomabamba, ubicado en la provincia de Pomabamba, puesto que solo se limito a cumplir con el acuerdo adoptado en la Sesion Ordinaria Nº 19, de fecha 14 de octubre de

Constitucion Politica del Peru, MI MORDAZA ES por que se declare NULO el Acuerdo de Concejo Nº 033-2013MPCHCO, del 14 de octubre de 2013, que declaro infundada la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA Alipazaga, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, y en consecuencia, se proceda a la DEVOLUCION de lo actuado al citado concejo provincial, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, teniendo en consideracion los argumentos expuestos en el presente. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1064207-2

Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazo solicitud de declaratoria de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 158-2014-JNE Expediente Nº J-2013-01445 POMABAMBA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, veintiocho de febrero de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 49-2013-MPP/A, de fecha 30 de MORDAZA de 2013, que rechazo el pedido de vacancia presentado en contra de MORDAZA MORDAZA Ponte MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, departamento de MORDAZA, por la causal de infraccion de las restricciones a la contratacion, prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente de traslado Nº J-201300065, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 15 de enero de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito (Expediente de traslado Nº J-2013-00065, fojas 166 a 175) la vacancia de MORDAZA MORDAZA Ponte MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, por haber incurrido en la causal de infraccion de las restricciones a la contratacion, prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), en base a las siguientes consideraciones: a) El MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte MORDAZA propuso, a titulo personal, la donacion de un terreno, con un area total de 588.600 m2, ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de Pomabamba, para la construccion de la sede de la Red de Salud Conchucos Norte - Pomabamba, transgrediendo con ello las prohibiciones establecidas en la LOM. b) Mediante Citacion Nº 23-2011-MPP/A, de fecha 13 de octubre de 2011, la autoridad cuestionada notifica a los miembros del Concejo Provincial de Pomabamba la convocatoria a sesion ordinaria para el 14 de octubre de 2011, a horas 02:30 p.m., a efectos de tratarse como agenda, entre otros puntos, el pedido referido a la "compra y donacion de terreno para la sede de la Red de Salud Conchucos Norte". c) En la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 19, de fecha 14 de octubre de 2011, presidida por el burgomaestre cuestionado, el concejo municipal aprobo, por unanimidad, luego de haber deliberado entre todos sus miembros, "la compra y donacion respectiva", esto es, la compra y

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