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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2014 (20/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014 519253 de que evalúe la conducta de dicha autoridad edil y, de ser el caso, del resto de integrantes del mencionado concejo municipal, y proceda conforme a sus atribuciones. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 49-2013-MPP/A, de fecha 30 de abril de 2013, que rechazó la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Elvis Franklin Lucio Estrada, en contra de Juan Víctor Ponte Carranza, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, departamento de Áncash, por la causal de infracción de las restricciones a la contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Provincial de Pomabamba, a fi n de que en un plazo máximo e improrrogable de treinta días hábiles, luego de devuelto el presente expediente, vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de vacancia materia de autos, teniendo en consideración lo dispuesto en el considerando decimosexto de la presente resolución, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir, sin necesidad de requerimiento alguno, copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, para que a su vez este las remita al fi scal provincial penal de turno, a fi n de que evalúe la conducta de Juan Víctor Ponte Carranza, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, y, de ser el caso, del resto de integrantes del mencionado concejo municipal, y proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los miembros del concejo municipal de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, departamento de Áncash, para que, en lo sucesivo, durante la tramitación de los procedimientos de vacancia que conozcan, incorporen, a fi n de resolver la controversia jurídica, los documentos y medios probatorios que, por su naturaleza, obren en poder de la comuna, y así cumplir con el trámite dispuesto por la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese, publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1064207-3 MINISTERIO PUBLICO Convocan a la Décima Audiencia Pública sobre el Nuevo Código Procesal Penal, a realizarse en el Distrito Fiscal de Loreto RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 992-2014-MP-FN Lima, 19 de marzo de 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, como política institucional, la Fiscalía de la Nación viene desarrollando una serie de Audiencias Públicas en los distritos fi scales en los que se encuentra vigente el Nuevo Código Procesal Penal, con el propósito de conocer el estado de su implementación, así como recoger las propuestas que pudieran surgir para mejorar su funcionamiento, corregir las defi ciencias y fortalecer los aciertos; Que, las Audiencias Públicas, son instrumentos de los regímenes democráticos participativos, que permiten recibir las opiniones, ponencias, sugerencias o experiencias de los representantes de las instituciones relacionadas con la aplicación del Código Procesal Penal y de los ciudadanos que asisten; Que, en ese contexto, resulta necesario evaluar los alcances registrados en la reforma procesal durante los últimos años en el Distrito Fiscal de Loreto, a través de la realización de una Audiencia Pública en la que participarán las autoridades, instituciones y ciudadanía interesada en estos temas; Que, el numeral tercero del Reglamento de Audiencias Públicas sobre el Código Procesal Penal, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1626- 2011-MP-FN de fecha 19 de agosto del 2011, establece que la convocatoria a las mismas, deberá efectuarse en un plazo no menor de veinte días a su realización, comprendiendo la invitación a las instituciones relacionadas con la aplicación del Código Procesal Penal y/o entidades que agrupen a ciudadanos, a fi n de lograr su activa participación; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, “Ley Orgánica del Ministerio Público”; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONVOCAR a la Décima Audiencia Pública sobre el Nuevo Código Procesal Penal, a llevarse a cabo en el Aula Magna de la Universidad de la Amazonía Peruana, ubicada en la ciudad de Iquitos, Distrito Fiscal de Loreto, el día 11 de abril de 2014, invitándose a las instituciones relacionadas con la aplicación del Código Procesal Penal y/o entidades que agrupen a ciudadanos, a fi n de lograr la activa participación de éstos, con el propósito de evaluar los avances registrados en su implementación durante los últimos años, lo que permitirá corregir errores y fortalecer aciertos que modernicen la justicia penal en el mencionado Distrito Fiscal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Ofi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Observatorio de Criminalidad y a la Escuela del Ministerio Público, en coordinación con el Despacho de la Fiscalía de la Nación, a disponer lo necesario para el éxito de la Audiencia Pública, convocada en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, a realizar las coordinaciones necesarias con el Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia del Banco Mundial, a fi n de conseguir el auspicio correspondiente para la elaboración de los materiales y cobertura de los gastos que se requieran para la realización de la Décima Audiencia Pública convocada en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General, Gerencia Central de Logística, Gerencia de Tesorería, Ofi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Escuela del Ministerio Público, atiendan los requerimientos necesarios para la ejecución de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Gerencia General, Gerencia Central de Logística, Gerencia de Tesorería, Observatorio de Criminalidad, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional y Escuela del Ministerio Público “Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel”, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1064200-1