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El Peruano Jueves 20 de marzo de 2014 519258 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Abimael Loc Aramburu con matrícula N° N-4225 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General (a.i.) 1063083-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1544-2014 Lima, 11 de marzo de 2014 EL SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el señor Andrei Zoran Atanasovski De Vinatea para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG- SGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 17 de diciembre de 2013, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Andrei Zoran Atanasovski De Vinatea postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013 y la Resolución SBS N° 01182- 2014 de fecha 24 de febrero de 2014. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Andrei Zoran Atanasovski De Vinatea con matrícula número N-4223, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General (a.i.) 1063080-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Autorizan viaje de Alcalde y Regidores a Chile, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2014/MDC Cieneguilla, 13 de marzo de 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO; En Sesión Ordinaria de la fecha la carta s/n de fecha 29 de Enero del presente año, cursado por la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas dirigida al Señor Alcalde Emilio Chavez Huaringa a fi n de convocarlo a la reunión de Directorio que se realizará en la ciudad de Villa Alemana-Chile del 19 al 22 de marzo de 2014 y la propuesta de la señora regidora Doris Solís Mendoza, que sea acompañado por los señores regidores Eduvinio Isaac Malpica Arizapana y Rosa Matilde Lucia Torres Azabache; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 9 del numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro funcionario, por lo que la autorización deberá ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, la Ley de Presupuesto Público para el año 2014, señala que “Quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargos a recursos públicos; excepto los que efectúen (…) altos funcionarios y autoridades del Estado que se refi ere la Ley Nº 28212; es pertinente establecer que en el último párrafo de la Ley, señala que la excepción indicada, deberá ser autorizada por resolución del titular de la entidad y en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 074-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su artículo 2º. Establece que “La autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especifi co de la institución “en este caso el viaje del Alcalde y los señores regidores se sustenta en la necesidad de generar intercambio de experiencias en materia cultural y turística que fortalecerán las relaciones entre los gobiernos locales participantes y estimulara fundamentalmente el turismo; Que, mediante Memorándum Nº 027-2014-GPP/MDC, de fecha 13 de marzo de 2014, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto otorga la cobertura presupuestal que cubre los pasajes del Señor Alcalde Emilio Chavez Huaringa y los señores regidores Eduvinio Isaac Malpica Arizapana y Rosa Matilde Lucia Torres Azabache; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite