Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2014 (15/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CE-PJ, de fecha 23 de MORDAZA del presente ano, que se remitira propuesta de Jueces Superiores Titulares de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que voluntariamente deseen ser reubicados al Distrito Judicial de MORDAZA Este. Articulo Quinto.- Disponer que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial verifique si la reconformacion de organos jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ha generado el quiebre de juicios orales, para establecer responsabilidades disciplinarias. Articulo Sexto. Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA Este; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1083109-1

El Peruano Jueves 15 de MORDAZA de 2014

por la paralizacion de labores por parte de trabajadores judiciales. Articulo Segundo.- Disponer que los dias 12 y 13 de MORDAZA del presente ano, no tienen efecto para el computo de plazos procesales. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Procuraduria Publica del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1083109-2

Establecen que es de competencia de los Consejos Ejecutivos Distritales, o MORDAZA Plenas y Presidencias de Cortes Superiores, adoptar medidas para el adecuado funcionamiento de los organos jurisdiccionales de su competencia, y disponen que los dias 12 y 13 de MORDAZA de 2014, no tienen efecto para el computo de plazos procesales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 166-2014-CE-PJ MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Primero. Que conforme a lo establecido en el articulo 96, inciso 19, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es facultad de los Consejos Ejecutivos Distritales adoptar acuerdos y demas medidas para que las dependencias de su jurisdiccion funcionen con celeridad y eficiencia; sobre todo en situaciones excepcionales como la generada por la paralizacion de labores por huelga de trabajadores judiciales. Esta facultad se extiende a las MORDAZA Plenas o a las Presidencias de Corte Superior, a falta del referido organo distrital. Segundo. Que la referida paralizacion de labores en la mayoria de Distritos Judiciales del MORDAZA, del 25 de marzo al 9 de MORDAZA del presente ano, ha ocasionado en diversos casos la imposibilidad de presentar recursos impugnatorios u otras actuaciones procesales sujetas a plazo de vencimiento. Tercero. Que, ante esta situacion, corresponde a este Organo de Gobierno adoptar medidas con la finalidad de evitar perjuicio a las partes procesales, abogados y publico en general; en aplicacion de lo previsto en el articulo 82°, inciso 26, de la misma ley organica. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 373-2014 de la decimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que es de competencia de los Consejos Ejecutivos Distritales, o MORDAZA Plenas y Presidencias de Cortes Superiores, si fuera el caso, adoptar medidas para el adecuado funcionamiento de los organos jurisdiccionales de su competencia; sobre todo en situaciones excepcionales como la ocasionada

Declaran la nulidad de la Res. Adm. Nº 148-2014-P-CSJLI/PJ, que dispone reconformar MORDAZA Penales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 167-2014-CE-PJ MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 165-2014-CE-PJ, de fecha 13 de MORDAZA del ano en curso, se declaro la nulidad de la Resolucion Administrativa N° 1472014-P-CSJLI/PJ emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por la cual se reconformo MORDAZA Penales de la referida sede judicial, por contravenir el MORDAZA de implementacion del Distrito Judicial de MORDAZA Este dispuesto por Resolucion Administrativa N° 1012014-CE-PJ, en aplicacion de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Segundo. Que, no obstante ello, en el Diario Oficial El Peruano de la fecha aparece publicada la Resolucion Administrativa N° 148-2014-P-CSJLI/PJ, del 13 de los corrientes, emitida por el Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que dispone la reconformacion de la Primera y Tercera Sala Penal para procesos con reos en carcel, Tercera Sala Penal para procesos con reos libres y Tercera Sala Penal Liquidadora (Tercera Sala Penal Especial). Tercero. Que de la revision de la Resolucion Administrativa N° 148-2014-P-CSJLI/PJ, se advierte que es una consecucion de la Resolucion Administrativa N° 147-2014-P-CSJLI/PJ, que fuera declarada nula, por lo que esta tambien deviene en nula, por cuanto presenta la misma inconsistencia, contraviniendo actos de gobierno judicial. A mayor abundamiento, dicha resolucion afectaria el normal desarrollo de juicios orales de procesos penales en curso. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 3752014 de la decimo sexta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de la Resolucion Administrativa N° 148-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 13 de MORDAZA del presente ano, que dispone reconformar MORDAZA Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- Reiterar la prohibicion de reconformar MORDAZA Superiores en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hasta que culmine el MORDAZA de implementacion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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