Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2014 (05/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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ITEM 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 Nº DE EXPEDIENTE SOLICITANTE LENGUA Y CATEGORIA VARIEDAD QUE SOLICITA Quechua Collao Quechua Chanka Quechua Collao Quechua Chanka Quechua Chanka Quechua Chanka Quechua Chanka Jaqaru Jaqaru Kakinte Kakinte Nahua Nahua Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor e interprete Traductor Interprete Traductor e Interprete Interprete Traductor e interprete Interprete Interprete Interprete Interprete Traductor e interprete Interprete Interprete Traductor e Interprete Traductor e interprete Traductor e interprete

El Peruano Miercoles 5 de noviembre de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 306-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 366 910 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, como consecuencia de la reasignacion efectuada al MORDAZA de lo dispuesto en el parrafo 4.3 del citado Articulo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en el parrafo 4.1 y en el parrafo 4.2 del mismo, el monto MORDAZA de endeudamiento externo autorizado para el Ano Fiscal 2014, asciende a US$ 1 805 506 491,23 (MIL OCHOCIENTOS CINCO MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 23/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por US$ 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para nanciar parcialmente el proyecto "Mejoramiento del Sistema de Informacion Estadistica Agraria y del Servicio de Informacion Agraria para el Desarrollo Rural del Peru"; Que, tal operacion de endeudamiento se efectuara con cargo al Sub-Programa "Sectores Economicos y Sociales" establecido en el literal a) del numeral 4.1 del Articulo 4 de la Ley N° 30116; Que, la referida operacion de endeudamiento externo contemplara el instrumento nanciero denominado "Facilidad de Conversion de Moneda", el cual faculta a la Republica del Peru a solicitar la conversion de los desembolsos o del saldo adeudado del prestamo, a Nuevos Soles, con la correspondiente modi cacion de las condiciones nancieras de la operacion; Que, en adicion, la citada operacion de endeudamiento externo tambien contemplara el instrumento nanciero denominado "Facilidad de Conversion de Tasa de Interes", el cual permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los prestamos con Tasa Basada en LIBOR, a una Tasa Fija de Interes, o viceversa con la correspondiente modi cacion de las condiciones nancieras de la operacion; Que, la operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la O cina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por esta operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la O cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, asimismo la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del Articulo 22 de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, la Ley N°30116, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y,

56289-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56319-2014 Belsa MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56327-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA

56311-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56314-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56329-2014 MORDAZA MORDAZA Aparco 56324-2014 MORDAZA MORDAZA Astorayme De MORDAZA 56323-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56334-2014 MORDAZA MORDAZA Ordonez MORDAZA 56325-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56321-2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 56291-2014 MORDAZA Seido Manerua 56317-2014 MORDAZA Manerua 56295-2014 MORDAZA Del MORDAZA 56290-2014 MORDAZA Del Conshico 56302-2014 Cristhia Trambeca 56297-2014 Puawina

MORDAZA Sharanahua MORDAZA Sharanahua

MORDAZA Sharanahua Sharanahua

MORDAZA Nacimento MORDAZA

56313-2014 MORDAZA MORDAZA Trambeca 56286-2014 MORDAZA MORDAZA 56320-2014 MORDAZA MORDAZA 56294-2014 MORDAZA MORDAZA

MORDAZA Mastanahua

56332-2014 MORDAZA Duarte MORDAZA Mastanahua Borano Mogoma Ocaina Ocaina

MORDAZA Yaminahua

56305-2014 Lexzo MORDAZA MORDAZA Yaminahua MORDAZA 56315-2014 MORDAZA Luz MORDAZA Nomatsigenga MORDAZA 56288-2014 MORDAZA Luz Mincami MORDAZA Nomatsigenga

Articulo 2°.- Noti car la presente Resolucion a los ciudadanos y ciudadanas detallados en el articulo precedente, en el plazo de quince (15) dias habiles, salvo que se requiera un plazo mayor, segun lo establece el numeral 7.1.3.4 del articulo VII de la Directiva N° 0062012/MC "Procedimiento para el Registro de Interpretes de las Lenguas Indigenas u Originarias", aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 375-2012-MC. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario O cial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.mcultura.gob. pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BALBUENA MORDAZA Viceministra de Interculturalidad 1159524-1

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