Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2014 (15/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 15 de setiembre de 2014

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Mediante Resolucion Nº 001-2014-JEEHUACAVELICA/JNE, de fecha 20 de MORDAZA de 2014 (fojas 18), el MORDAZA Electoral Especial de Huancavelica (en adelante JEE), declaro improcedente la citada solicitud de inscripcion de lista de candidatos por considerar que la mencionada organizacion politica incurrio en contravencion del articulo 22, de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), al realizar sus elecciones internas el 23 de marzo de 2014 conforme se veri ca del acta respectiva obrante a fojas 7 y 8 (fojas 14 y 15). Con fecha 24 de MORDAZA de 2014, el personero legal interpuso recurso de apelacion en contra la citada resolucion bajo el argumento de que, por la premura y las diversas circunstancias del momento, se ha consignado erroneamente la fecha del 23 de marzo de 2014 como la de realizacion de las elecciones internas de la organizacion politica, cuando en realidad estas se llevaron a cabo el 23 de MORDAZA de 2014, error de forma que debio ser declarado inadmisible por el JEE, a n de poder presentar la correspondiente subsanacion (fojas 2 al 5). CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral considera que se debe establecer si el JEE realizo una debida cali cacion respecto del cumplimiento de los requisitos formales sobre democracia interna en la solicitud de inscripcion de lista de candidatos de la organizacion politica Movimiento Regional Ayni, en el presente MORDAZA electoral. CONSIDERANDOS Respecto de la regulacion normativa sobre democracia interna 1. El articulo 19 de la LPP, establece que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la presente ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupacion politica. Asimismo, el numeral 25.2 del articulo 25 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por la Resolucion Nº 271-2014JNE (en adelante, el Reglamento), senala entre los documentos que deben presentar las organizaciones politicas al momento de solicitar la inscripcion de la lista de sus candidatos, para el caso de partidos politicos, movimientos regionales o alianzas electorales, el original del acta, o MORDAZA certi cada rmada por el personero legal, que debe contener la eleccion interna de los candidatos presentados. 2. El articulo 22 de la LPP dispone que los partidos politicos y los movimientos de alcance regional o departamental realizan elecciones internas de candidatos a cargo de eleccion popular. Estas se efectuan entre los ciento ochenta dias calendario anteriores a la fecha de eleccion y veintiun dias MORDAZA del plazo para la inscripcion de candidatos, esto es, para el caso de las elecciones regionales y municipales de 2014, desde el 8 de MORDAZA hasta el 16 de junio de 2014, conforme a lo precisado mediante Resolucion Nº 081-2014-JNE, de fecha 5 de febrero de 2014. 3. El articulo 25.2 del Reglamento senala que, en el caso de partidos politicos, movimientos regionales o alianzas electorales, deben adjuntar a su solicitud de inscripcion de listas el original del acta, o MORDAZA certificada firmada por el personero legal, que debe contener la eleccion interna de los candidatos presentados. Analisis del caso concreto 4. De la revision de los actuados, se observa que el personero legal de la organizacion politica Movimiento Regional Ayni, acreditado ante el JEE, al momento de solicitar la inscripcion de lista de candidatos, presento un acta de elecciones internas con fecha 23 de marzo

Supremo N° 047-2002-PCM y modi cado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicios de la senora MORDAZA MORDAZA Ghersi Penalillo, funcionaria del Departamento de Cooperacion Tecnica y supervisora del equipo del Comite de Creacion de Capacidades de la OLACEFS, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 16 al 19 de setiembre de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que se deriven de la presente comision de servicios seran nanciados con recursos del Pliego 019 Contraloria General, segun el detalle siguiente: pasaje aereo US$ 947.00, viaticos US$ 740.00 (02 dias) y gastos de instalacion US$ 370.00 (01 dia). Articulo Tercero.- La citada profesional presentara al Despacho Contralor, con MORDAZA al Departamento de Cooperacion Tecnica, un informe sobre los resultados de la comision y las acciones que se deriven a favor de la Contraloria General de la Republica, asi como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de concluida la comision de servicios. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 1137080-2

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan resolucion que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Huancavelica
RESOLUCION Nº 1177-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01431 MORDAZA - HUANCAVELICA - HUANCAVELICA JEE HUANCAVELICA (EXPEDIENTE Nº 0128-2014-035) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, cinco de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por Alejando MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Movimiento Regional Ayni, inscrito en el Registro de Organizaciones Politicas, en contra de la Resolucion Nº 001-2014-JEE-HUANCAVELICA/JNE, de fecha 20 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancavelica, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Huancavelica, para participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Con fecha 7 de MORDAZA de 2014, el personero legal titular de la organizacion politica Movimiento Regional Ayni, presento su solicitud de inscripcion de lista de candidatos para el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Huancavelica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014 (fojas 20 y 21).

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