Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2015 (06/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 6 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES
Artículo del Proyecto Z° ...... Comentarios Generales Otros Comentarios 1269880-1 Comentario

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y, (ii) actualice el procedimiento para el intercambio de información de equipos terminales móviles reportados como robados, perdidos o recuperados, entre las empresas operadoras del servicio público móvil, que actualmente rige en virtud de la antes citada Resolución de Consejo Directivo N° 050-2013-CD/OSIPTEL; Que, de acuerdo a la política de transparencia del OSIPTEL y en concordancia con las reglas establecidas por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS para la publicación de proyectos de normas legales de carácter general, se considera pertinente disponer que el Proyecto de Norma que aprueba el Instructivo para la entrega de información del Registro de Abonados y actualiza el procedimiento para el intercambio de información de equipos terminales reportados como robados, perdidos o recuperados; sea publicado para comentarios mediante el Portal Electrónico del OSIPTEL, precisando las reglas para esta consulta pública; En aplicación de las funciones previstas en el literal p) del artículo 25, así como en el literal b) del artículo 75, del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, concordados con la Ley N° 28774 y su Reglamento; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 578; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Norma que aprueba el Instructivo para la entrega de información del Registro de Abonados y actualiza el procedimiento para el intercambio de información de equipos terminales reportados como robados, perdidos o recuperados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, conjuntamente con el proyecto normativo señalado en el artículo precedente, así como su Exposición de Motivos y el Informe Sustentatorio Nº 254-GPRC/2015; sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Tercero.- Definir un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha en que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del proyecto normativo. Los comentarios serán presentados por escrito, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De La Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe, se deberá obtener una constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL. En todos los casos, los comentarios deberán enviarse de acuerdo al formato establecido en el Anexo adjunto a la presente resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo ANEXO Formato para la presentación de comentarios Proyecto de Norma que aprueba el Instructivo para la entrega de información del Registro de Abonados y actualiza el procedimiento para el intercambio de información de equipos terminales reportados como robados, perdidos o recuperados Artículo del Proyecto X° Y° Comentario

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban el proyecto de resolución de Consejo Directivo denominado "Lineamientos para la Conformación y Gestión del Fondo de Inversiones", aprobado por Res. N° 004-2012-SUNASS-CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 031-2015-SUNASS-CD Lima, 24 de julio de 2015 VISTO: El Informe Nº 018-2015-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas y Regulación Tarifaria, el cual contiene la propuesta de modificación del numeral 15 del Anexo 12 del Reglamento General de Tarifas, denominado "Lineamientos para la Conformación y Gestión del Fondo de Inversiones", aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2012-SUNASSCD, y su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y modificada por Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0172001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fin de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y con la opinión favorable de las gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria, Asesoría Jurídica y la Gerencia General; El Consejo Directivo en su sesión del 24 de julio de 2015; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del numeral 15 del Anexo 12 del Reglamento General de Tarifas, denominado "Lineamientos para la Conformación y Gestión del Fondo de Inversiones", aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2012-SUNASS-CD, y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo su publicación en la página web de la SUNASS www.sunass.gob.pe.

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