Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Viernes 25 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo 3º.- ATENCIÓN DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS El Sistema de Defensa del Ciudadano brindará el servicio de atención de reclamos y sugerencias, que permitirá atender de manera descentralizada a fin de conseguir la mayor cobertura posible, poniendo a su disposición la infraestructura ya existente de la Corporación Municipal y aprovechando la relación con las organizaciones sociales y de base que trabajan con la Municipalidad de Chaclacayo. Las unidades de atención de Reclamos y Sugerencias, contempladas como parte del Sistema de Defensa del Ciudadano serán distribuidas por la Secretaría General de acuerdo con su capacidad operativa y circunstancias que ameriten una mayor presencia. Artículo 4º.- REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ATENCION DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Apruébese el Reglamento del Procedimiento de Atención de Reclamos y Sugerencias de la Municipalidad de Chaclacayo, cuyo texto consta de 24 artículos y tres Disposiciones Complementarias, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- NORMAS MODIFICATORIAS DEL ROF 5.1. Modifíquese los artículos 46º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Chaclacayo Aprobado por la Ordenanza Nº 280-MDCH, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 46º.- La Secretaría General, es un órgano de apoyo de la municipalidad tiene como objetivo planificar, organizar, dirigir, supervisar, controlar y realizar actividades de apoyo técnico y administrativo necesarias para el funcionamiento del Concejo Municipal y Alcaldía. Así también como encargado del Sistema de Defensa al Ciudadano, encargado de atender, hacer el seguimiento y canalizar los reclamos de los ciudadanos contra los órganos, organismos descentralizados de la Municipalidad de Chaclacayo. Intervienen en los casos en que existan indicios de deficiencia en la atención de los trámites, o en aquellos que supongan una inadecuada prestación de servicios públicos o administrativos, así como en cualquier situación en la que el ciudadano estime que sus derechos han sido vulnerados por acción, omisión o deficiente actuación de los funcionarios o servidores públicos de la Corporación Municipal. También encargado de recibir y tramitar ante las unidades orgánicas las sugerencias, que propongan los ciudadanos, respecto a simplificar los procedimientos administrativos y trámites en general, mejorar la atención al público usuario y la calidad de los servicios que presta la Municipalidad; asimismo brinda orientación e información de carácter general a los ciudadanos en lo referente a los servicios públicos y procedimientos administrativos que brinda la Corporación Municipal. Artículo 48º.- Son funciones y atribuciones de la Secretaría General, encargado del Sistema de Defensa al Ciudadano las siguientes: 1. Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones de apoyo para el correcto funcionamiento del Concejo Municipal, Comisiones de Regidores y la Alcaldía. 2. Tramitar los pedidos formulados por los Regidores, conforme al Reglamento Interno del Concejo Municipal canalizándolas adecuadamente y coordinado con las áreas municipales correspondientes las acciones en atención a los pedidos formulados. 3. Citar las Sesiones de Concejo Municipal por disposición del Alcalde o de acuerdo a lo dispuesto en la ley Orgánica de Municipalidades o los reglamentos correspondientes. 4. Elaborar y suscribir las Actas de Sesiones de Concejo, así como las Ordenanzas, Acuerdos, Decretos y Resoluciones de Concejo. 5. Disponer la publicación en el Diario Oficial, las Ordenanzas, Decretos y demás disposiciones municipales pertinentes. 6. Informar a la Unidad de Recursos Humanos, sobre la asistencia de los regidores a las sesiones de Concejo Municipal para el pago de las dietas. 7. Custodiar los libros de registro de Resoluciones de Alcaldía, Decretos de Alcaldía, Ordenanzas Municipales,

Edictos, Acuerdos de Concejo, Resoluciones de Concejo y libro de Actas de Sesiones de Concejo. 8. Apoyar al Alcalde en materia administrativa, en el ámbito de su competencia. 9. Proponerla designación de feudatarios de la municipalidad. Así como evaluar y controlar su desempeño. 10. Otorgar copias certificadas de los documentos que obran en el Archivo Central de la municipalidad y de los expedientes en trámite. 11. Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos Municipales en el ámbito de su competencia. 12. Atender los diferentes trámites administrativos establecidos en el TUPA vigente relacionados a la Secretaría General. 13. Diseñar y ejecutar el Plan Operativo y Presupuesto Municipal correspondiente a la Secretaría General. 14. Disponer eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos financieros, materiales y equipos asignados. 15. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad del área a su cargo, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 16. Cumplir con las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones y asignadas por el Alcalde. 17. Dirigir, ejecutar y evaluar las actividades propias de su función. 18. Identificar a través de la atención de los reclamos y sugerencias los problemas en la normatividad o en los procesos o servicios públicos, comunicándolos a los órganos de línea de las gerencias, de los organismos descentralizados y de las empresas municipales, con conocimiento de la Gerencia General Municipal, proponiendo medidas de solución. 19. Recibir, coordinar y tramitar los reclamos presentados por los ciudadanos contra los órganos de la Corporación Municipal, a efectos de orientar a los ciudadanos sobre el estado de sus procedimientos e informar a los órganos de línea de las gerencias, de los organismos descentralizados y de las empresas municipales, con conocimiento de la Gerencia General Municipal, en los casos que corresponda. 20. Informar a los ciudadanos el curso seguido por los reclamos presentados. 21. Brindar orientación e información general a los ciudadanos sobre los procedimientos y cualquier consulta referida a las unidades orgánicas de la Corporación Edil. 22. Recibir y tramitar ante los órganos, a las unidades orgánicas de la Municipalidad de Chaclacayo las sugerencias presentadas por los ciudadanos a fin de coordinar la viabilidad en la implementación de las mismas. 23. Elaborar el informe consolidado anual para el Concejo Municipal de Chaclacayo, respecto de los reclamos a nivel de la Corporación. 24. Elaborar informes estadísticos de manera periódica dirigidos al Alcalde con copia a la Gerencia General Municipal y a las unidades orgánicas que hayan sido objeto de reclamos. 25. Recomendar y coordinar normas y procedimientos con el fin de optimizar la atención de reclamos así como otros aspectos que permitan la simplificación y la mejora continua de procedimientos administrativos. 26. Otros que le asigne el alcalde Municipal de Chaclacayo. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA Encárguese a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones la elaboración del Sistema Informático de Reclamos y Sugerencias Chaclacayo (SIRESUC), de acuerdo a las especificaciones que el encargado del Sistema de Defensa al Ciudadano determine. En tanto se implementa dicha herramienta, la Secretaria General desarrollara los mecanismos que procuren el registro secuencial correspondiente a los reclamos y sugerencias recibidas en las distintas unidades autorizadas para tal fin. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y para efectos de homogeneizar

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