Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2015 (25/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de setiembre de 2015 /

El Peruano

b. Por acción distinguida. En esta modalidad sólo se asciende hasta el grado de Comandante o Suboficial Brigadier y se aplica una sola vez en toda la carrera policial. Ninguna autoridad judicial o administrativa, distinta a la establecida en el presente decreto legislativo, está facultada a disponer el otorgamiento de ascensos, grados o méritos al personal policial. Artículo 44.- Tiempo mínimo de servicios y requisitos para el ascenso Los Oficiales y Suboficiales deben tener el tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en su respectivos grados y contar con un tiempo mínimo de años de servicios efectivos y reales como oficial, considerados al 31 de diciembre del año del proceso, conforme a las escalas siguientes: 1) Los Oficiales de Armas deberán cumplir en el grado con los siguientes años de servicios: - Alférez : 5 años - Teniente : 5 años - Capitán : 5 años - Mayor : 5 años - Comandante : 5 años - Coronel : 4 años - General : 4 años 2) Oficiales de Armas deberán contar, como mínimo, con los siguientes años de servicios como Oficial para postular al grado inmediato superior: - Para Teniente : 5 años - Para Capitán : 10 años - Para Mayor : 15 años - Para Comandante : 20 años - Para Coronel : 25 años - Para General : 29 años - Para Teniente General : 33 años Para postular al grado de General y Teniente General, es requisito tener una carrera policial ininterrumpida. Se exceptúa de este requisito a quienes pasaron a la situación de disponibilidad a su solicitud. 3) Los Oficiales de Servicios deberán cumplir en el grado con los siguientes años de servicios: - Capitán : 6 años - Mayor : 6 años - Comandante : 6 años - Coronel : 6 años 4) Oficiales de Servicios deberán contar, como mínimo, con los siguientes años de servicios como Oficial para postular al grado inmediato superior - Mayor : 6 años - Comandante : 12 años - Coronel : 18 años 5) Suboficiales de Armas y de Servicios deberán cumplir en el grado con los siguientes años de servicios - Suboficial de Tercera : 5 años - Suboficial de Segunda : 5 años - Suboficial de Primera : 5 años - Suboficial Técnico de Tercera : 4 años - Suboficial Técnico de Segunda : 4 años - Suboficial Técnico de Primera : 4 años - Suboficial Brigadier : 4 años 6) Suboficiales de Armas y de Servicios deberán contar, como mínimo, con los siguientes años de servicios como Suboficial para postular al grado inmediato superior - Suboficial de Segunda : 5 años - Suboficial de Primera : 10 años - Suboficial Técnico de Tercera : 14 años - Suboficial Técnico de Segunda : 18 años - Suboficial Técnico de Primera : 22 años - Suboficial Brigadier : 26 años Artículo 45.Tiempo mínimo de servicios prestados en regiones fuera de Lima y Callao, para el ascenso Los Oficiales de Armas deben tener periodos mínimos acumulados de servicios reales y efectivos prestados en

regiones fuera de Lima y Callao, para ser considerados aptos para postular al grado inmediato superior, conforme a la escala siguiente: - A Teniente : 1 año - A Capitán : 2 años - A Mayor : 3 años - A Comandante : 4 años - A Coronel : 5 años El Alférez en su tercer año como Oficial, debe ser asignado obligatoriamente a prestar servicios en regiones fuera de Lima y Callao. El cumplimiento de esta disposición es de responsabilidad de la Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú. Artículo 46.- Tiempo mínimo de servicios prestados en unidades de asesoramiento o de inspectoría como requisitos para el ascenso Para ascender al grado de General y Coronel de Armas, se requiere tener en el grado de Coronel y Comandante respectivamente, nueve (9) meses ininterrumpidos, como tiempo mínimo de servicios reales y efectivos, prestados en las unidades de asesoramiento o de inspectoría. Para ello, se requiere que el cargo sea asignado mediante resolución de cambio de colocación. Artículo 48.- Declaratoria de aptitud para el ascenso a General Son declarados aptos los Coroneles de Armas y de Servicios que reúnan los requisitos siguientes: 1) Encontrarse físicamente apto conforme al examen médico anual de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú. 2) Encontrarse en situación de actividad en cuadros por lo menos (1) año antes al de proceso de selección. 3) No estar sometido a juicio con detención en el año del proceso, en caso de levantarse esta medida judicial antes de las pruebas de selección, el postulante recobra su aptitud y continúa en el proceso. 4) Los postulantes que hayan retornado a la situación de actividad por mandato judicial deberán contar con sentencia judicial consentida o ejecutoriada. Artículo 51.- Factores de evaluación y sus coeficientes Son factores de evaluación de Oficiales y Suboficiales los siguientes: 1) Desempeño profesional o técnico : Coeficiente tres (3) 2) Formación académica : Coeficiente dos (2) 3) Experiencia para el servicio policial : Coeficiente uno (1) 4) Moral y disciplina : Coeficiente tres (3) 5) Antigüedad : Coeficiente uno (1) " Artículo 52.- Factores de evaluación de los Oficiales y Suboficiales Los factores evaluación del desempeño profesional o técnico, formación académica, experiencia para el servicio policial, antigüedad y moral y disciplina, serán evaluados por las juntas selectoras, sobre la base de la información que obra en el legajo personal, considerando los méritos acumulados hasta el mes de julio del año del proceso de ascenso. Los deméritos impuestos se ponderan hasta el 31 de diciembre del año del proceso de ascenso. Las condecoraciones de la orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú para el personal, por la causal Servicios Meritorios, son reconocidas en el año del proceso de ascenso. 1) Factor desempeño profesional o técnico: Alcanza cien (100) puntos. Se obtiene del promedio aritmético centesimal de las notas anuales de desempeño profesional, correspondiente a los años anteriores al año del proceso de ascenso, conforme a los diferentes grados: a. Generales, Coroneles, Comandantes, Mayores, Capitanes, Tenientes y Alféreces de Armas: cuatro (4) años.

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