Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 169

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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en Sesión Ordinaria efectuada el día 09 de noviembre de 2016, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, Ley 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE MÉDICO CIRUJANO, POR MOTIVO DE PERDIDA, a favor de don CHRISTIAN SALOMON SOTOMAYOR GALLEGOS, con Código Universitario Nº 040187, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GILBERT ALAGÓN HUALLPA Rector (e) 1467940-1

Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Original de la Constancia de la denuncia policial; 3) Reporte del Registro Nacional de Grados Académico y Títulos Profesionales de la SUNEDU; 4) Copia certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución Rectoral por la que se le confiere el Grado Académico de Bachiller en Ciencias Administrativas; 5) Publicación en el Diario El Sol del Cusco, del aviso de la pérdida de su diploma de Grado Académico de Bachiller; 6) Dos Fotografías; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, del Informe Nº 037-2016-GT expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Grado Académico de Bachiller en Ciencias Administrativas, conforme aparece en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 4, encontrándose inscrito en el folio Nº 172 con Resolución Nº R-1010-85 de fecha 11 de diciembre de 1985; Que, mediante Oficio Nº 477-2016-EPE-FACACETUNSAAC de 14 de septiembre de 2016, la señora Decana de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo, remite el Informe Nº 085-2016-EPCA-FACACET emitido por el Director del a Escuela Profesional de Ciencias Administrativas del que se desprende que la recurrente ha optado al Grado Académico de Bachiller en Ciencias Administrativas; Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día 09 de noviembre de 2016, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, Ley 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, POR MOTIVO DE PÉRDIDA, a favor de doña GABRIELA LONCONE QUISPE, con Código Universitario Nº 750492, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GILBERT ALAGÓN HUALLPA Rector (e) 1467940-2

Autorizan expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller en ciencias otorgado por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-0331-2016-UNSAAC/ Cusco, 10 de noviembre de 2016. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente signado con el Nº 631889, presentado por doña GABRIELA LONCONE QUISPE, con Código Universitario Nº 750492, solicitando emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias Administrativas, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU- 224 -2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias Administrativas, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de

Autorizan expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Educación otorgado por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU- 0332-2016-UNSAAC/ Cusco, 10 de noviembre de 2016.

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