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577516 NORMAS LEGALES Martes 9 de febrero de 2016 / El Peruano Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud ANEXO RELACIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DIABETES PARA EFECTO DE LA INAFECTACION DEL PAGO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Y DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS 1. Canaglifl ozina 2. Clorpropamida 3. Exenatida 4. Glibenclamida 5. Gliclazida 6. Glimepirida 7. Insulina asparta 8. Insulina detemir 9. Insulina glargina 10. Insulina glulisina 11. Insulina humana 12. Insulina humana recombinante 13. Insulina isófana humana 14. Insulina isófana humana (ADN recombinante) 15. Insulina isófana humana (ADN recombinante) + insulina humana 16. Insulina lispro 17. Insulina lispro + insulina lispro protamina 18. Insulina zinc isófana humana 19. Linagliptina 20. Linagliptina + Metformina clorhidrato 21. Lixisenatida 22. Metformina clorhidrato 23. Metformina clorhidrato + Glibenclamida 24. Metformina clorhidrato + Glimepirida 25. Metformina clorhidrato + Pioglitazona clorhidrato 26. Metformina clorhidrato + Saxagliptina 27. Metformina clorhidrato + Sitagliptina 28. Metformina clorhidrato + Vildagliptina 29. Pioglitazona 30. Pioglitazona clorhidrato 31. Repaglinida 32. Saxagliptina 33. Sitagliptina 34. Vildagliptina 1343376-7 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2016-TR Lima, 8 de febrero de 2016 VISTOS: La comunicación de fecha 15 de diciembre de 2015 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el Ofi cio N° 204-2016- MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Ofi cio Nº 190- 2016-MTPE/4/10 e Informe N° 03-2016-MTPE/4/10/ JBC de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Ofi cio N° 105-2016-MTPE/4/11 de la Ofi cina General de Administración y el Informe N° 622-2016-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 15 de diciembre de 2015, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), invita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para que participe en la 11ª Reunión del Grupo de Expertos Nacionales en Educación y Formación Profesional, la cual se llevará a cabo los días 11 y 12 de febrero de 2016, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el citado evento tiene por objetivo fundamental promover en países integrantes de la OCDE y en sus países socios, la provisión de análisis y retroalimentación orientada a la formulación de políticas públicas en la temática de Formulación Técnica Profesional, a partir de los aportes de los países miembros de la OCDE, lo cual repercutirá en la mejora constante de la implementación de políticas de formación profesional en el Perú y a afi anzar el proceso de vinculación del Perú con la OCDE, por medio de la participación en el citado Grupo de Expertos; Que, la participación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la 11ª Reunión del Grupo de Expertos Nacionales en Educación y Formación Profesional de la OCDE, se efectúa en estricto cumplimiento de las actividades que conforman el compromiso sectorial establecido en el marco del Programa País Perú-OCDE, las cuales fueron formalizadas el 04 de setiembre de 2014, mediante Ofi cio Nº 064-2014-MTPE/3; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala; entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); Que, dada la importancia de la citada reunión para los objetivos y metas sectoriales, enmarcándose dentro del supuesto de excepción antes detallado, y considerando los informes y el itinerario de viaje que obra en los antecedentes, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Dikxon Angel Luque Ticona, profesional de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, para participar en representación del Sector, en la 11ª Reunión del Grupo de Expertos Nacionales en Educación y Formación Profesional, a llevarse a cabo los días 11 y 12 de febrero de 2016, en la cuidad de París, República Francesa; Que, mediante Informe N° 622-2016-MTPE/4/8, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica en virtud a la documentación adjunta y al marco legal expuesto, se pronuncia favorablemente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos del Poder Ejecutivo, modifi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi catorias; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor DIKXON ANGEL LUQUE TICONA, profesional de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, a la ciudad de París, República Francesa, del 09 al 13 de febrero de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del