Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2016 (09/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Martes 9 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Oficio N° 058-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 007-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa Nº 345-2015-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de enero de 2016, el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; la 1º Sala Penal Transitoria de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y la Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; disponiéndose, además, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, por Oficio N° 058-2016-OPJ-CNPJCE-PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 007-2016-OPJCNPJ-CE/PJ, a través del cual informa lo siguiente: a) La Sala Penal de Apelaciones de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas, registró al mes de octubre de 2015 una carga pendiente total de 237 expedientes, de los cuales tan solo el 2% corresponden a su función principal de Sala Penal de Apelaciones y el 98% corresponde a su función como Sala Penal Liquidadora, y considerando que la carga mínima establecida para una Sala Penal Liquidadora es de 780 expedientes, no se justificaría la permanencia de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Chachapoyas, asignada a dicha provincia desde el 1 de noviembre de 2015, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 276-2015-CE-PJ y prorrogada hasta el 29 de febrero de 2016 mediante Resolución Administrativa N° 017-2016-CE-PJ, para que en forma exclusiva liquide solamente 233 expedientes. Además, se tiene que la Sala Mixta de Chachapoyas tiene una carga pendiente de tan solo 17 expedientes, por lo que si se adicionara a esta carga pendiente los 237 expedientes de la Sala Penal de Apelaciones, esta ascendería a 254 procesos, por lo que la Provincia de Chachapoyas podría prescindir de la Sala Penal Liquidadora Transitoria, toda vez que la Sala Penal de Apelaciones y/o la Sala Mixta de Chachapoyas podrían atender todos los casos penales de la Provincia de Chachapoyas, siendo factible la conversión y/o reubicación de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Chachapoyas a otro Distrito Judicial. Al respecto, resulta preciso considerar las situaciones que se presentan en las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Madre de Dios y Piura: 1) Corte Superior de Justicia de Ayacucho El Juzgado Mixto del Distrito de Puquio, Provincia de Lucanas, que en adición a sus funciones actúa como Juzgado Penal Unipersonal y Juzgado Penal Liquidador, además de conformar el Juzgado Penal Colegiado de las Provincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara, cuando la necesidad del servicio lo requiere, conforme a lo dispuesto en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 257-2011-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2011, registró al mes de octubre de 2015, una carga procesal de 81 expedientes en la materia penal unipersonal y 11 expedientes correspondientes a la conformación de Juzgado Penal Colegiado, lo cual suma una carga procesal total de 92 expedientes en dichas materias, la misma que al ser proyectada a diciembre del año 2015, se estima que ascendería a 159 expedientes, cifra cercana al estándar de 165 expedientes (Zona B) para un Juzgado Penal Unipersonal, razón por la cual se justificaría la asignación de un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, para el Distrito de Puquio, Provincia de Lucanas. Asimismo, teniendo en cuenta que la carga pendiente por liquidar correspondiente a los procesos del Código de Procedimientos Penales de 1940, es de solamente 54 expedientes, la misma que al mes de enero de 2016

debe de haber disminuido, esta podría ser asumida por el Juzgado Penal Unipersonal a asignar. 2) Corte Superior de Justicia de Madre de Dios Mediante Oficio Nº 3840-2015-MP-FN-PJFS-MDD de fecha 15 de julio de 2015, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Ministerio Público del Distrito Fiscal de Madre de Dios, en forma reiterada, solicitó al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios la urgente necesidad de crear y/o instalar un Juzgado Mixto y/o un Juzgado Penal Unipersonal en el Distrito de Inambari (Mazuko). La Fiscalía Provincial Mixta de Mazuko se encuentra ubicada en una zona bastante convulsionada, debido a que en el Distrito de Inambari se producen constantes hechos y actos delincuenciales como son: robo agravado, violaciones, trata de personas, homicidios, minería ilegal, tráfico ilícito de drogas, entre otros; además, esta Fiscalía Provincial Mixta de manera constante y frecuente tiene que trasladarse a la ciudad de Puerto Maldonado, a una distancia de 230 Km, en un recorrido de 6 horas del día, a fin de concurrir a audiencias que el Juzgado Penal, Mixto, de Familia o Colegiado convocan; asimismo, el Juzgado de Paz Letrado de Laberinto itinera a la ciudad de Mazuko en un recorrido de 180 Km, promedio de 4 horas aproximadamente. En ese sentido, con la finalidad de atender a los justiciables de la localidad de Mazuko, se considera necesaria la asignación de un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio en dicha localidad del Distrito de Inambari, Provincia de Tambopata, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. 3) Corte Superior de Justicia de Piura El Juzgado Mixto Permanente de la Provincia de Sechura, que en adición a sus funciones actúa como Juzgado Penal Unipersonal, registró al mes de octubre de 2015, una carga procesal de 574 expedientes en dicha especialidad, por lo que, advirtiéndose una situación de "Sobrecarga" procesal al superar el estándar anual de 220 expedientes, se justificaría la asignación de un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, además, este órgano jurisdiccional en su función principal también se encuentra en situación de sobrecarga procesal. Por lo que resulta conveniente que: · La Sala Penal de Apelaciones de la Provincia de Chachapoyas, en adición a sus funciones actúe como Sala Penal Liquidadora, Corte Superior de Justicia de Amazonas. · Convertir la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas, en tres órganos jurisdiccionales transitorios para el apoyo del Nuevo Código Procesal Penal, de acuerdo a lo siguiente: - Un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio en adición de funciones Juzgado Penal Liquidador del Distrito de Puquio, Provincia de Lucanas, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, que conformará el Juzgado Penal Colegiado de las Provincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara. - Un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Inambari, Provincia de Tambopata, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. - Un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio en el Distrito y Provincia de Sechura, Corte Superior de Justicia de Piura. b) La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash solicita mediante Oficio Nº 4581-2015-P-CSJAN/ PJ, la implementación de una Sala Laboral Transitoria para que tramite los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales, sustentado en que la Sala Civil Permanente de Huaraz cuenta con audiencias programadas, en esa especialidad, hasta el mes de noviembre de 2016. Al respecto, se tiene que la Sala Civil Permanente de Huaraz, con competencia en todo el Distrito Judicial de Ancash, se encarga de tramitar los procesos en materia civil, familia y laboral, tanto de los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales, así como los procesos bajo al amparo de la Ley Nº 26636. Dicha Sala Superior registró al mes octubre del año 2015 una

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