Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2016 (09/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

577518

NORMAS LEGALES

Martes 9 de febrero de 2016 /

El Peruano

el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 409-2015-EF. Artículo 3.- Delegación de facultades en el (la) Director (a) General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Delegar en el (la) Director (a) General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento - DGPPCS del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la facultad de evaluar y responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad que propongan desarrollar proyectos de inversión, previa conformidad del Viceministro de Construcción y Saneamiento. Artículo 4.- Delegación de facultades en los (las) Directores (as) Ejecutivos del Programa Nacional de Saneamiento Urbano ­ PNSU y del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Delegar en los (las) Directores (as) Ejecutivos (as) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano ­ PNSU y del Programa Nacional de Saneamiento Rural ­ PNSR, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cada uno en el ámbito de su competencia, respectivamente, las siguientes facultades y atribuciones: - Suscribir los contratos con la Entidad Privada Supervisora para la supervisión de la ejecución del Proyecto, y de considerarlo necesario, desde la elaboración del Estudio Definitivo o para la supervisión de la ejecución del mantenimiento y sus respectivas adendas. - Resolver los contratos con la Entidad Privada Supervisora de la ejecución del Proyecto, y de considerarlo necesario, desde la elaboración del Estudio Definitivo o para la supervisión de la ejecución del mantenimiento. - Aprobar las mayores prestaciones de los servicios de supervisión que se originen por variaciones o modificaciones al Proyecto durante la fase de inversión. - Suscribir los convenios de Coejecución con los Gobiernos Regionales o Locales, para ejecutar conjuntamente proyectos en el marco del SNIP y sus respectivas adendas. - Resolver los convenios de Coejecución con los Gobiernos Regionales o Locales, para ejecutar conjuntamente proyectos en el marco del SNIP. - Suscribir los convenios previstos en la normatividad del SNIP en el caso de los proyectos de competencia exclusiva de los Gobiernos Locales, en las materias señaladas en el artículo 17 de la Ley Nº 30264, para su formulación, así como los convenios que correspondan para su ejecución por parte del MVCS, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus respectivas adendas. - Resolver los convenios previstos en la normatividad del SNIP en el caso de los proyectos de competencia exclusiva de los Gobiernos Locales, en las materias señaladas en el artículo 17 de la Ley Nº 30264, para su formulación, así como los convenios que correspondan para su ejecución por parte del MVCS, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Artículo 5.- Delegación de facultades La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, son indelegables y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en las normas legales; pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas en cada caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1343066-1

Aprueban Directiva General "Lineamientos para el uso de espacios disponibles del Gran Centro de Convenciones de Lima - LCC"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2016-VIVIENDA Lima, 8 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe N° 054-2016/VMVU/PNC del Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, el Informe Técnico Legal N° 005-2016/PNC/P-CENTRO-DE-CONVENCIONEScgranda; el Memorándum N° 117-2016-VIVIENDA-OGA, el Memorándum N° 286-2016/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0152016/VIVIENDA/OGPP-OPM; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala para los servicios que las entidades públicas no prestan en exclusividad, que mediante Resolución del Titular del Pliego, se establecen, entre otros, los requisitos correspondientes a los mismos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, los numerales 5.2.1 y 5.4.1 de la Directiva General N° 001-2014-VIVIENDA-SG "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Modificación de Directivas en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobada por Resolución de Secretaría General 034-2014-VIVIENDA-SG, establecen que por Resolución Ministerial, se aprueban las directivas generales que contienen lineamientos, criterios y procedimientos que se aplican a más de un órgano o programa del Ministerio y que por su contenido, afectan el interés, obligaciones o derechos de los administrados o están destinadas a organizar y hacer funcionar las actividades o servicios del Ministerio; Que, el MVCS viene recibiendo solicitudes para el uso temporal de los espacios disponibles del Gran Centro de Convenciones de Lima - LCC, para la realización de eventos nacionales e internacionales, por lo que es necesario establecer mediante Directiva General, los lineamientos para dicho uso por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como de Organismos Internacionales, la cual estará vigente hasta que se contrate al operador privado del mismo; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la Directiva General "Lineamientos para el uso de espacios disponibles del Gran Centro de Convenciones de Lima - LCC", con la finalidad de uniformizar criterios y procedimientos para el uso temporal de los espacios disponibles del LCC, a fin que coadyuve a su uso adecuado y conservación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva General N° 001-2016-VIVIENDA-DM "Lineamientos para el uso de espacios disponibles del Gran Centro de Convenciones de Lima - LCC", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial y la Directiva General que se aprueba en el artículo precedente serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1343373-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.