Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2016 (09/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Martes 9 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

577533

Visto; la Hoja Informativa Nº 00022-2016-CG/DP emitida por el Departamento de Personal de la Gerencia Central de Administración de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley N° 27785 ­ Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República establece que la Contraloría General es el ente rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; asimismo, el literal a) del artículo 32° de la citada Ley faculta al Contralor General a determinar la organización interna de este Órgano Superior de Control, entre otros; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3042014-CG, se aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 0232015-CG, se aprobó la Estructura de Puestos Clasificados, el Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE y determinó los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resoluciones de Contraloría Nos 1932015-CG, 322-2015-CG y 345-2015-CG, se aprobó el Reordenamiento de Puestos, la Estructura de Puestos Clasificados y determinó los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 0272016-CG, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, modificando la estructura organizacional de este Órgano Superior de Control; Que, los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República establecen en su numeral 4.4, literal a) que será necesario aprobar un nuevo Cuadro de Puestos cuando se efectúen modificaciones en el Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en la estructura organizacional; Que, el artículo 43° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, define como trabajadores de confianza a aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección, teniendo acceso en general a información de carácter reservado; Que, de acuerdo al numeral 2 del artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, el número de empleados de confianza no debe ser mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, de acuerdo al documento del visto, el Departamento de Personal, a efectos de coadyuvar a la implementación y sostenibilidad de la nueva estructura orgánica de la Contraloría General de la República, propone la aprobación de la Estructura de Puestos, el nuevo Cuadro de Puestos y la determinación de los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, dicha unidad orgánica señala que el proceso de aprobación de la Estructura de Puestos, el nuevo Cuadro de Puestos y la determinación de los Puestos de Confianza cumple con los criterios y disposiciones contenidos en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, siendo que, respecto a la determinación de los puestos de confianza se han tenido en cuenta las características previstas en las normas antes citadas; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y de conformidad con los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, aprobados por Resolución de Contraloría N° 304-2014-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Estructura de Puestos Clasificados del Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, conforme se detalla en el Anexo 1 de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Determinar los Puestos de Confianza de la Contraloría General de la República, conforme se detalla en el Anexo 2 de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro de Puestos de la Contraloría General de la República, conforme se detalla en el Anexo 3 de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Central de Administración adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1343371-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundados recursos de apelación y confirman la Res. Nº 001-2015-JEE-LC1/ JNE
RESOLUCIÓN Nº 0018-2016-JNE Expediente N.º J-2015-00421 LIMA - LIMA - LIMA JEE DE LIMA CENTRO 1 (00020-2015-032) ELECCIONES GENERALES 2016 RECURSO DE APELACIÓN Lima, dieciocho de enero de dos mil dieciséis. VISTO, en audiencia pública del 8 de enero de 2016 el recurso de apelación interpuesto por Carlos Enrique Cosavalente Chamorro, procurador público de la Presidencia del Consejo de Ministros, en contra de la Resolución N.º 001-2015-JEE-LC1/JNE, de fecha 6 de diciembre de 2015, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, la cual declaró infundada la solicitud de autorización de publicidad estatal presentada en el marco de las Elecciones Generales 2016. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de autorización de difusión de publicidad estatal Con fecha 1 de diciembre de 2015 (fojas 7 a 20, incluido anexos), el señor Pedro Cateriano Bellido, presidente del Consejo de Ministros, solicita la autorización de publicidad estatal, en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral, en diversos medios televisivos y emisoras radiales a nivel nacional, sobre la campaña publicitaria "Campaña de Proyectos de Impacto Económico", a difundirse desde el 5 de diciembre de 2015 hasta el 20 de enero del año en curso. Mediante el Informe N.º 302-2015-LMSBR-DNFPE/ JNE, de fecha 2 de diciembre de 2015 (fojas 3 a 5), elaborado por la analista de fiscalización júnior de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, se concluye que la mencionada solicitud de autorización de publicidad estatal, fundamentada por la entidad como de necesidad y utilidad pública, cumple con los requisitos de fondo establecidos en el artículo 20 del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral (en adelante, Reglamento), aprobado mediante Resolución N.º 03042015-JNE, dado que no se encontró insertos elementos prohibidos por la normativa electoral; así también, con los requisitos de forma previstos en su numeral 23.1 del artículo 23, con excepción de la información sobre el horario de trasmisión de la referida publicidad.

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