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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (10/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 39

577617 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2016 El Peruano / Resolución Nº 002-2015-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, que aprueba la Guía para la Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, de acuerdo a lo resuelto por las autoridad judicial correspondiente. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución a la Universidad Nacional de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASÍAS QUIROGA Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU 1343538-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Implementan el Módulo Web del “Servicio de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 011-2016-CE-PJ Lima, 27 de enero de 2016 VISTO: El Ofi cio N° 2053-2015-GG/PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, elevando el Proyecto de Implementación del “Servicio de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial”. CONSIDERANDO: Primero. Que la Constitución Política del Perú establece en el numeral 19) de su artículo 2°, que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, por lo que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación; agregando que todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante intérprete. Segundo. Que, además, el artículo 48° de la Carta Magna dispone que son idiomas ofi ciales el castellano, y en las zonas donde predomine lo son también, el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley. Tercero. Que, en concordancia con el mandato constitucional, el inciso c) del artículo 4° de la Ley N° 29735, que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú; dispone que uno de los derechos de las personas, entre otros, es usar su lengua originaria en los ámbitos público y privado. Cuarto. Que, dentro del contexto constitucional antes referido, mediante Decreto Supremo N° 002-2015-MC se creó el “Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura”; y se determinó que la Dirección de Lenguas Indígenas de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, se encargue de mantener y actualizar el citado Registro. Quinto. Que, por consiguiente, estando a lo dispuesto en el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia y para que los magistrados y demás servidores se desempeñen con la mejor conducta funcional, corresponde aprobar la propuesta remitido por la Gerencia General del Poder Judicial. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 029-2016 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por tener que asistir a otra reunión de trabajo programada con anterioridad. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Implementar el Módulo Web del “Servicio de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial”, el cual estará a disposición de las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República y de la ciudadanía en general, a través de la página web del Poder Judicial, con la fi nalidad de favorecer una justicia bilingüe en aquellos procesos donde participen ciudadanos cuyo dominio de una lengua materna u originaria sea superior al castellano. Artículo Segundo.- Disponer el registro en el Módulo Web antes reseñado, de los 26 ciudadanos intérpretes y traductores en lenguas indígenas u originarias (detallado en el Anexo N° 01), que aprobaron el “Primer curso de Especialización para Traductores e Intérpretes de Lenguas Indígenas en Temas de Justicia”. Artículo Tercero.- Establecer que los ciudadanos que aprueben en el futuro el citado curso de especialización, pasarán a formar parte de la nómina del “Servicio de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial”; previa emisión del resolutivo correspondiente por parte de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial, que a través de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, entregue las credenciales a los ciudadanos que forman parte de la nómina del “Servicio de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial”; para facilitar sus labores ante los órganos jurisdiccionales que requieran sus servicios en las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General, Procuraduría Pública del Poder Judicial, y Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente (ANEXO N° 01) N° NOMBRES Y APELLIDOS LENGUA INDÍGENA 1 Nancy Cynthia Gonzáles Pérez Ashaninka 2 Marisol Samaniego Pascual Asháninka 3 Winderson Pinedo Ponciano Asháninka 4 Isaac Paz Suikai Awajún 5 Fermín Tiwi Paati Awajún 6 Jorge Shimbucat Taish Awajún 7 Edwin Quispe Curasi Aimara 8 Vicente Alanoca Arocutipa Aimara 9 Yolanda Payano Iturrizaga Jaqaru 10 David Chávez Chino Kichwa 11 Bernabé Sebastián Simón Matsiguenka 12 Hilda Cañari Loaiza Quechua Cusco 13 Marlene Chinchay Alva Quechua Ancash 14 Margot Camones Maguiña Quechua Ancash 15 Pablo Bolo Blas Quechua Ancash