Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de julio de 2016 /

El Peruano

ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Capacitación y Asuntos Internacionales, para que participe en el citado evento, en su calidad de miembro del grupo de trabajo; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Capacitación y Asuntos Internacionales de la SBS, del 17 al 20 de julio de 2016 a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ 851,66 US$ 1320,00

Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el curso "Intermediate Digital Financial Services and Workshop: Kenya School of Monetary Studies", que se llevará a cabo del 18 al 20 de julio de 2016, en la ciudad de Nairobi, República de Kenia; CONSIDERANDO: Que, el evento tiene como objetivo exponer los principales modelos aplicados para el desarrollo de los servicios financieros digitales alrededor del mundo y discutir sobre el impacto del marco regulatorio y la interoperabilidad en el uso de este tipo de servicios en la actualidad; Que, asimismo, en dicho evento se desarrollarán temas relacionados al desarrollo histórico de servicios financieros digitales a través del mundo, servicios financieros móviles, modelos bancarios y no bancarios, estudio de casos y discusiones de grupo sobre modelos servicios móviles financieros, los hitos de la industria de los servicios móviles financieros, cuestionamiento reglamentario para los servicios financieros digitales, visita de campo, interoperabilidad, entre otros; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a los señores Celso Adrián Becerra Echandía, Supervisor de Riesgo Operacional II de la Superintendencia Adjunta de Riesgos y José Miguel Mestanza Hirakata, Supervisor de Servicios al Usuario II de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, para que participen en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que participen en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y transporte doméstico, serán cubiertos por AFI bajo la modalidad de reembolso, en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de la Resolución SBS Nº 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2016 N° SBS-DIRADM-085-19, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Celso Adrián Becerra Echandía, Supervisor de Riesgo Operacional II de la Superintendencia Adjunta de Riesgos y José Miguel Mestanza Hirakata, Supervisor de Servicios al Usuario II de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS, del 16 al 22 de julio de 2016, a la ciudad de Nairobi, República de Kenia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1404869-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 3865-2016 Lima, 13 de julio de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (E) VISTA: La invitación cursada por The Alliance for Financial Inclusion (AFI) y The Central Bank of Kenya a la

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