Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 136

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de julio de 2016 /

El Peruano

27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO LA VICTORIA 2017 - 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado La Victoria 2017 -2021, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2017. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas de la Municipalidad de La Victoria tomen como referencia el presente Plan de Desarrollo Local Concertado en la formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la Sub Gerencia de Tecnología de Información, la publicación de la presente Ordenanza y el Plan, en el Portal de Transparencia Estándar y Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. www.munilavictoria.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1405272-1

laboral, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente eficiente de los residuos sólidos en el país; en el marco de los objetivos y principios de la Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Sólidos y la Ley N° 28611 ­ Ley General del Ambiente; Que, mediante Ordenanza Nº 381-CDLO de fecha 16 de julio de 2013, la Municipalidad Distrital de Los Olivos reguló la formalización de los Recicladores y la Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos en el Distrito de Los Olivos, y que debido a los cambios sufridos en la Estructura Orgánica de esta entidad edil, así como el tiempo transcurrido se hace necesaria su actualización para adecuarla a la mera realidad, hecho que fue solicitado por la Subgerencia de Limpieza Pública mediante sendos, Informe Nº 00052-2016/ MDLO/GSC/SGLP de fecha 22 de enero de 2016 e Informe Nº 435-2015/MDLO/GSC/SGLP/PCURI de fecha 30 de diciembre de 2015; Que, con Informe Nº 412-2016/MDLO/GAJ de fecha 02 de junio de 2016 la Gerencia de Asesoría Jurídica ratifica el Informe Nº 291-2016-MDLO-GAJ de fecha 01 de abril de 2016, opinando por la procedencia de derogar la Ordenanza Nº 381-CDLO debido a los cambios en el Reglamento de Organización y Funciones del año 2015, sugiriendo en consecuencia, expedir una nueva Ordenanza que apruebe el Programa de Formalización de Recicladores y la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, debiéndose además adicionar a la Ordenanza Nº 416-CDLO, el cuadro de Sanciones y Escala de Multas propuesto; Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9° numeral 8) y el Artículo 40º de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Nº 439 -2016/CDLO APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES Y LA RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR EL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES Y LA RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS, el cual consta de quince (15) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 381CDLO de fecha 16 de julio de 2013. Artículo Tercero.- INCORPORAR al cuadro de sanciones y escala de multas de la Ordenanza Nº 416CDLO de fecha 14 de julio de 2015, las infracciones y multas establecidas en el Artículo Décimo Quinto del Título Quinto de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Sr. Alcalde a que disponga las medidas complementarias tendientes al mejor cumplimiento de la presente norma. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD y a la SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PÚBLICA, en lo que sea de su competencia, a la SECRETARÍA GENERAL la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1404377-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban el programa de formalización de recicladores y la recolección selectiva de residuos sólidos en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 439-CDLO Los Olivos, 23 de junio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen N° 002-2016-MDLO/CPSC de la Comisión Permanente de Servicios a la Ciudad. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional N° 27680, N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 12) Artículo 10º de la Ley N° 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, modificado con Decreto Legislativo Nº 1065, establece que uno de Roles de las Municipalidades Provinciales es "(...) Implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición final diferenciada y técnicamente adecuada"; Que, bajo dicho marco, la Ley Nº 29419 que Regula la Actividad de los Recicladores, establece el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y

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