Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 136
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NORMAS LEGALES
Sábado 16 de julio de 2016 /
El Peruano
27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO LA VICTORIA 2017 - 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado La Victoria 2017 -2021, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2017. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas de la Municipalidad de La Victoria tomen como referencia el presente Plan de Desarrollo Local Concertado en la formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la Sub Gerencia de Tecnología de Información, la publicación de la presente Ordenanza y el Plan, en el Portal de Transparencia Estándar y Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. www.munilavictoria.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1405272-1
laboral, promoviendo su formalización, asociación y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente eficiente de los residuos sólidos en el país; en el marco de los objetivos y principios de la Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Sólidos y la Ley N° 28611 Ley General del Ambiente; Que, mediante Ordenanza Nº 381-CDLO de fecha 16 de julio de 2013, la Municipalidad Distrital de Los Olivos reguló la formalización de los Recicladores y la Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos en el Distrito de Los Olivos, y que debido a los cambios sufridos en la Estructura Orgánica de esta entidad edil, así como el tiempo transcurrido se hace necesaria su actualización para adecuarla a la mera realidad, hecho que fue solicitado por la Subgerencia de Limpieza Pública mediante sendos, Informe Nº 00052-2016/ MDLO/GSC/SGLP de fecha 22 de enero de 2016 e Informe Nº 435-2015/MDLO/GSC/SGLP/PCURI de fecha 30 de diciembre de 2015; Que, con Informe Nº 412-2016/MDLO/GAJ de fecha 02 de junio de 2016 la Gerencia de Asesoría Jurídica ratifica el Informe Nº 291-2016-MDLO-GAJ de fecha 01 de abril de 2016, opinando por la procedencia de derogar la Ordenanza Nº 381-CDLO debido a los cambios en el Reglamento de Organización y Funciones del año 2015, sugiriendo en consecuencia, expedir una nueva Ordenanza que apruebe el Programa de Formalización de Recicladores y la Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, debiéndose además adicionar a la Ordenanza Nº 416-CDLO, el cuadro de Sanciones y Escala de Multas propuesto; Estando a lo expuesto y en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 9° numeral 8) y el Artículo 40º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA Nº 439 -2016/CDLO APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES Y LA RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR EL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES Y LA RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS, el cual consta de quince (15) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 381CDLO de fecha 16 de julio de 2013. Artículo Tercero.- INCORPORAR al cuadro de sanciones y escala de multas de la Ordenanza Nº 416CDLO de fecha 14 de julio de 2015, las infracciones y multas establecidas en el Artículo Décimo Quinto del Título Quinto de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Sr. Alcalde a que disponga las medidas complementarias tendientes al mejor cumplimiento de la presente norma. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD y a la SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PÚBLICA, en lo que sea de su competencia, a la SECRETARÍA GENERAL la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1404377-1
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban el programa de formalización de recicladores y la recolección selectiva de residuos sólidos en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 439-CDLO Los Olivos, 23 de junio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen N° 002-2016-MDLO/CPSC de la Comisión Permanente de Servicios a la Ciudad. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional N° 27680, N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 12) Artículo 10º de la Ley N° 27314 Ley General de Residuos Sólidos, modificado con Decreto Legislativo Nº 1065, establece que uno de Roles de las Municipalidades Provinciales es "(...) Implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición final diferenciada y técnicamente adecuada"; Que, bajo dicho marco, la Ley Nº 29419 que Regula la Actividad de los Recicladores, establece el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y