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593876 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 / El Peruano VISTOS: El Informe Nº 172-2016-MIDIS/VMPES/DGGU de la Dirección General de Gestión de Usuarios; y el Informe Nº 054-2016-MIDIS-VMPES/DGGU-DO de la Dirección de Operaciones, hoy Dirección de Investigación y Métodos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, el artículo 9 de la Ley N° 29792 dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social desarrolla como función exclusiva el diseño y gestión de los registros y base de datos de los programas sociales, de identi fi cación, selección y registro de bene fi ciarios y otros registros que se creen; Que, mediante Resolución Ministerial N° 399-2004- PCM se creó el Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, con el propósito de proveer información a los programas sociales para la identi fi cación y selección de sus bene fi ciarios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 107-2015-MIDIS, se aprobó la Metodología para la Determinación de la Clasi fi cación Socioeconómica, la cual viene siendo utilizada por la Dirección de Operaciones de Focalización; Que, el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial N° 107-2015-MIDIS, dispuso que la Dirección General de Gestión de Usuarios, cada vez que el Instituto Nacional de Estadística e Informática publique información sobre una nueva Encuesta Nacional de Hogares, evalúe la pertinencia de presentar una propuesta de actualización de las variables de la metodología para la determinación de la clasificación socioeconómica; Que, conforme con el artículo 75 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS, la Dirección de Investigación y Métodos (antes Dirección de Operaciones) es la unidad orgánica de la Dirección General de Gestión de Usuarios que tiene como función, entre otras, la de formular, proponer y coordinar los lineamientos nacionales de focalización, así como, la implementación de las metodologías y los procedimientos del proceso de focalización de acuerdo a las características de cada programa social y/o subsidio del Estado; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) ha publicado la información correspondiente a la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) 2015; Que, en dicho contexto, mediante los documentos de Vistos, la Dirección de Investigación y Métodos (antes Dirección de Operaciones) y la Dirección General de Gestión de Usuarios proponen reemplazar la metodología aprobada mediante Resolución Ministerial N° 107-2015-MIDIS, por una nueva; Que, las citadas Direcciones indican que la nueva metodología debe aplicarse únicamente a las nuevas solicitudes de Clasi fi cación Socioeconómica, de actualización de Clasi fi cación Socioeconómica y a las de reevaluación, así como también a todas aquellas solicitudes que se encuentran en trámite, tomando en cuenta que la información con la que se determinó la Clasi fi cación Socioeconómica de los hogares actualmente registrados en el Padrón General de Hogares (PGH), corresponde a un contexto económico y social diferente al de las estimaciones realizadas en la presente propuesta; Que, atendiendo a lo expuesto y considerando las competencias y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establecidas en las normas antes reseñadas, se considera pertinente aprobar la nueva Metodología para la Determinación de la Clasi fi cación Socioeconómica, la cual reemplaza a la Metodología aprobada mediante Resolución Ministerial N° 107-2015- MIDIS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la “Metodología para la Determinación de la Clasi fi cación Socioeconómica”, cuyo texto, en anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 107-2015-MIDIS, que aprobó la Metodología para la Determinación de la Clasi fi cación Socioeconómica. Artículo 3.- Disponer que la Metodología para la Determinación de la Clasi fi cación Socioeconómica aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, sea de aplicación únicamente para las nuevas solicitudes de Clasi fi cación Socioeconómica, de actualización de Clasi fi cación Socioeconómica y de reevaluación, así como a aquellas solicitudes que se encuentran en trámite. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1407725-2 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas DECRETO SUPREMO Nº 221-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 6 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, es un criterio de diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, que las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, deben estar plenamente justifi cadas y amparadas en sus normas; Que, el numeral 22.4 del artículo 22 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Reglamentos de Organización y Funciones de los Ministerios son aprobados por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el literal e) del artículo 28 de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública”, aprobados mediante el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, señala que se requiere la aprobación del ROF en el caso de modi fi cación del marco legal sustantivo que conlleve una afectación de la estructura orgánica o modi fi que total o parcialmente las funciones previstas para la entidad; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG se aprueba la Directiva N° 007-2015-CG-PROCAL, “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, que deja sin efecto la Resolución