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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2016 (22/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 43

593873 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 El Peruano / que sirvan de sustento para el diseño de las políticas nacionales, así como de las propias políticas regionales, en materia de desarrollo e inclusión social. c) Plani fi car, programar, coordinar, articular y ejecutar las acciones de su competencia en materia de desarrollo e inclusión social, así como rendir cuentas de sus resultados, conforme a las normas, lineamientos y directrices impartidas por el ente rector. d) Adecuar a la realidad regional y a la diversidad de las necesidades ciudadanas expresadas en ella, las políticas y programas nacionales para el desarrollo e inclusión social, complementándolos con los recursos y capacidades regionales, y articulándolos con los de los gobiernos locales de su ámbito. e) Organizar en modalidades de entrega apropiadas a la realidad regional que aseguren e fi ciencia, calidad e igualdad de oportunidades, los servicios públicos bajo su responsabilidad que contribuyen a los resultados de la política de desarrollo e inclusión social. f) Consolidar y proveer a las instancias correspondientes del SINADIS toda información requerida, en colaboración con los gobiernos locales de su ámbito, y brindarle las facilidades para el adecuado seguimiento, evaluación y gestión de la evidencia en materia de desarrollo e inclusión social. Artículo 13.- Roles de los gobiernos locales en el marco del SINADIS El rol de los gobiernos locales responsables de programas, proyectos y organismos vinculados a las políticas de desarrollo e inclusión social, en el marco del SINADIS y de sus competencias y funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, comprende lo siguiente: a) Convocar y articular actores, recursos y capacidades disponibles a nivel local para apoyar la ampliación y efectividad a nivel local de las políticas, programas y servicios para el desarrollo e inclusión social. b) Liderar la organización y canalización de la participación ciudadana de las familias, sus comunidades y organizaciones sociales de base, en el diseño y programación de las intervenciones en materia de desarrollo e inclusión social, en el apoyo a su implementación, así como en el seguimiento y vigilancia de sus avances y resultados. c) Identi fi car, coordinar y canalizar a las instancias correspondientes de los niveles nacional y regional de gobierno, las necesidades y demandas basadas en evidencia de la población excluida local, de manera que sean consideradas en el diseño de políticas, programas y servicios para el desarrollo e inclusión social. d) Plani fi car, programar, coordinar, articular y ejecutar las acciones de su competencia en materia de desarrollo e inclusión social, así como rendir cuentas de sus resultados, conforme a las normas, lineamientos y directrices impartidas por el ente rector. e) Organizar en modalidades de entrega apropiadas a la realidad local que aseguren e fi ciencia, calidad e igualdad de oportunidades, los servicios públicos bajo su responsabilidad que contribuyen a los resultados de la política de desarrollo e inclusión social. f) Recoger y proveer a las instancias correspondientes del SINADIS, en colaboración con el respectivo gobierno regional según corresponda, toda información requerida sobre las necesidades y características de su población excluida, y brindar facilidades para el adecuado seguimiento, evaluación y gestión de la evidencia en materia de desarrollo e inclusión social. Artículo 14.- Otros agentes públicos vinculados a las políticas de desarrollo e inclusión social Los organismos públicos, programas y proyectos de los gobiernos regionales y de las municipalidades provinciales y distritales vinculados a las políticas de desarrollo e inclusión social se sujetan, para el ejercicio de sus funciones en el marco del SINADIS, a las políticas, orientaciones y disposiciones que establezcan sus respectivas entidades de gobierno en ejercicio de sus competencias atribuidas por ley.TÍTULO III MECANISMOS DE COORDINACIÓN Y ARTICULACIÓN ENTRE COMPONENTES DEL SINADIS CAPÍTULO I: Coordinación horizontal en cada nivel de gobierno Artículo 15.- Coordinación intersectorial a nivel nacional La instancia de coordinación intersectorial de la Política Nacional de Desarrollo Social en el nivel nacional es la CIAS. La regulación de su organización y funcionamiento está a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 16.- Coordinación intersectorial a nivel departamental A fi n de asegurar el cumplimiento de las prioridades nacionales y regionales de desarrollo e inclusión social en el ámbito del departamento, cada gobierno regional debe asegurar la coordinación y articulación de sus órganos centrales y desconcentrados vinculados con la materia para la adecuación de políticas y la coordinación y articulación de operaciones y recursos, en el seno del Directorio de Gerencias Regionales a que se re fi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y de otros mecanismos de coordinación intersectorial o territorial a escala regional que resulten necesarios. Artículo 17.- Coordinación interinstitucional con enfoque territorial a nivel local Cada gobierno local impulsa en su ámbito un espacio de coordinación para el desarrollo social con enfoque territorial, articulado al Consejo de Coordinación Local respectivo, convocando a todos los actores nacionales, regionales y locales, públicos y privados que contribuyen al desarrollo y la inclusión social a nivel local, a fi n de articular acciones, capacidades y recursos con las prioridades de la población distrital en materia de desarrollo e inclusión social. CAPÍTULO II: Mecanismos de articulación intergubernamental Artículo 18.- Comisiones Intergubernamentales sectoriales 18.1 Cada uno de los ministerios vinculados a la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social preside y mantiene activa su respectiva Comisión Intergubernamental sectorial para la concertación y alineamiento con los gobiernos regionales y representaciones de los gobiernos locales de prioridades, objetivos, metas y recursos relacionados con dicha política. 18.2 En ese marco, el personal, distribuido a nivel nacional, de los órganos rectores nacionales debe asegurar la coordinación y articulación de las acciones nacionales en su ámbito de competencia con los gobiernos descentralizados correspondientes, con la fi nalidad de contribuir al fortalecimiento de capacidades institucionales descentralizadas, así como a la implementación de la política de desarrollo e inclusión social. Artículo 19.- Comisión Intergubernamental del Sector Desarrollo e Inclusión Social 19.1 Además de lo indicado en el artículo precedente y en el marco de la normatividad aplicable, la Comisión Intergubernamental del Sector Desarrollo e Inclusión Social debe promover el alineamiento intergubernamental con enfoque multisectorial alrededor de la política de desarrollo e inclusión social. 19.2 El funcionario del gobierno regional responsable de la materia de desarrollo social, su equivalente o aquel que la autoridad del gobierno regional designe, actúa como coordinador con el ente rector del SINADIS para aspectos de la implementación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social y como enlace, para esos efectos, con la instancia regional a la que se re fi ere el artículo siguiente.