Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2016 (27/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 174

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de julio de 2016 /

El Peruano

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Disposiciones operativas internas El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de resolución ministerial, aprueba las disposiciones operativas que resulten necesarias para la implementación y aplicación de lo establecido en el presente decreto supremo por parte de los órganos que lo integran, tanto en territorio nacional como en el exterior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 108-2003-RE y las Resoluciones Ministeriales Nº 0272-2003-RE y Nº 03272011-RE. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1409580-6

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD, a efectuar el pago de la cuota ascendente a US$ 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 dólares americanos) a favor de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social ­ OISS. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 0134: Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1409580-13

Autorizan a SUSALUD efectuar pago de cuota a favor de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social - OISS
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 154-2016-RE Lima, 26 de julio de 2016 VISTO: El Oficio Nº 00277-2016-SUSALUD/SUP, de 13 de mayo de 2016, de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social ­OISS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, se ha previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social ­ OISS, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Elevan la categoría de la Agencia Consular de Italia en Chacas, Áncash, a Consulado, y reconocen a Cónsul
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2016-RE Lima, 26 de julio de 2016 VISTAS: La Nota Nº 6807, de 1 de diciembre de 2015, mediante la cual la Embajada de Italia, solicitó elevar la categoría de la Agencia Consular de Italia en Chacas a Consulado; nombrar al señor Abele Capponi, como Cónsul Honorario de Italia, con sede en Chacas, Áncash; y ampliar la circunscripción de dicha Oficina Consular al departamento de Ucayali; La Nota N° 2006, de 6 de mayo de 2016, mediante la cual la Embajada de Italia, remite las Letras Patentes, que acreditan al señor Abele Coppani, como Cónsul Honorario de Italia en Chacas, Áncash, con circunscripción en los Departamentos en Áncash, Huánuco y Ucayali; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 220-2009-RE, de 13 de julio de 2009, se nombró al señor Abele Capponi como Agente Consular Honorario de Italia en Chacas, Áncash, con circunscripción en los departamentos de Áncash y Huánuco; Que, mediante Nota RE (CON) Nº 6-61/1, de 6 de enero de 2016, la Dirección de Política Consular, otorga el consentimiento para elevar la categoría de la Agencia Consular de Italia en Chacas a Consulado, al Agente Consular Honorario, señor Abele Capponi, a Cónsul Honorario; así como para la modificación de la circunscripción consular de la Oficina Consular, de los departamentos de Áncash, Huánuco, a los Departamentos de Áncash, Huánuco y Ucayali; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11) y 13) de la Constitución Política del Perú; así

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