Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 186

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de julio de 2016 /

El Peruano

la implementación de la Decisión 786 de la Comisión de la Comunidad Andina sobre intercambio de información de equipos terminales móviles, extraviados, robados o hurtados y recuperados en la Comunidad Andina. 2. Asimismo el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL se encuentra facultado a actualizar en el ámbito de su competencia, la normativa emitida, a fin de implementar las medidas incorporadas en el Decreto Legislativo N° 1217, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 28774, Ley que crea el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, establece prohibiciones y sanciona penalmente a quienes alteren y comercialicen celulares de dudosa procedencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1410176-12

Decreto Supremo que aprueba la transferencia de unidades de equipo mecánico, efectuada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los Gobiernos Regionales y Locales
DECRETO SUPREMO Nº 014-2016-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley N° 27680, dispone que la descentralización constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; que este proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a partir del año 2003 se inició el proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha Contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de Alcance Regional, en función de las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional y Local; facultándose al Poder Ejecutivo para realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relación a los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 049-2008PCM se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008", el mismo que en Anexo forma parte integrante de dicha norma; Que, mediante el Decreto Supremo N° 018-2009PCM se aprobó la modificación del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008", aprobado por el Decreto Supremo N° 049-2008-PCM, que incorpora la transferencia de Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Locales,

que en Anexo forma parte integrante de la norma citada, disponiendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones programe como parte del mencionado Plan, ejecutar la transferencia de equipo mecánico a favor de 14 Municipalidades Provinciales, con un total de 52 equipos; y, la transferencia de equipo mecánico a 64 Municipalidades Distritales, con un total de 143 equipos; Que, mediante el Decreto Supremo N° 047-2009PCM, se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009", de acuerdo al Anexo que forma parte integrante del citado decreto; el cual establece la transferencia de 82 máquinas en posesión de 11 Gobiernos Regionales, en calidad de afectación en uso; 8 máquinas a 5 Municipalidades Provinciales; y 73 máquinas a 33 Municipalidades Distritales; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 060-2009-PCM/SD, se aprobó la Directiva N° 005-2009-PCM/SD: "Directiva para el proceso de transferencia del Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Regionales y Locales"; con el objetivo de establecer los procedimientos para la transferencia de Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a Gobiernos Regionales y Locales, programadas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2008 y 2009; Que, la Directiva N° 005-2009-PCM/SD, señala que con el Acta de Entrega - Recepción se efectiviza dicha transferencia, y que mediante Decreto Supremo se aprueba la transferencia definitiva del equipo mecánico a los respectivos Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nos. 224 y 225-2010-PCM/SD se declararon aptos a 14 Municipalidades Provinciales (52 equipos a transferir), 59 Municipalidades Distritales (135 equipos a transferir), 4 Municipalidades Provinciales (7 equipos a transferir) y 28 Municipalidades Distritales (68 equipos a transferir), respectivamente, citadas en los Anexos que forman parte de tales resoluciones, para acceder a la transferencia del Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; asimismo, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 233-2010-PCM/SD se declararon aptos a 10 Gobiernos Regionales (80 equipos a transferir) citados en dicha resolución, para acceder a la transferencia de equipo mecánico; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 770-2002MTC/01, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones constituyó la Comisión de Transferencia del Subsector Transportes; y mediante la Resolución Ministerial N° 493-2010-MTC/01, se delegó en el Viceministro de Transportes la facultad de suscribir las Actas de Entrega y Recepción para la transferencia de Equipo Mecánico entre el citado Ministerio y los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 3632009-MTC/02, modificada por la Resolución Viceministerial N° 443-2009-MTC/02, se constituyó el Grupo de Trabajo Especializado en materia de Equipo Mecánico encargado de coordinar y ejecutar las actividades necesarias previstas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2008 y 2009; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles según el Memorándum N° 2561-2014-MTC/14 y del Informe N° 01-2014-MTC/14. GTEEM.RVM. N° 363 y 443-2009-MTC/02 del Presidente del Grupo de Trabajo Especializado en Equipo Mecánico, señala con relación al proceso de transferencia de equipo mecánico correspondientes a los Planes Anuales de Transferencia 2008 y 2009, que resulta pertinente la aprobación de la transferencia de 161 unidades a favor de los Gobiernos Regionales y Locales que se mencionan en el presente Decreto Supremo, que corresponde a un segundo grupo de 57 entidades, de acuerdo a las 62 Actas de Entrega y Recepción de transferencia definitiva de

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