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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2016 (04/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 83

586237 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 El Peruano / Artículo 3º.- De la vigencia de la norma. La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “ El Peruano ”; y en el Portal Electrónico de la Institución. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los ocho días del mes de marzo del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1374727-2 Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Arequipa para el Ejercicio 2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 335-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 30305, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. Que, conforme a lo previsto en la Ley N° 27687, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, siendo que le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas. El artículo 20º numeral 1, de la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la descentralización”, establece que los Gobiernos Regionales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados. La Ley N° 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” establece que el proceso del presupuesto participativo constituye un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. A través del proceso de presupuesto participativo, se pretende asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual debe desarrollarse en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la fi scalización de la gestión. En este escenario es que el proceso de presupuesto participativo del Gobierno Regional de Arequipa para el ejercicio 2017 recoge las aspiraciones y necesidades de nuestra región, para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que se alcancen los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible y de esta manera optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas. Que, por el presupuesto participativo basado en resultados, los recursos públicos en materia de gastos de Inversión, se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específi cos que se deben alcanzar para elevar el bienestar de la población, cuyos resultados se refl ejen en mejores condiciones de vida; es por eso que los Gobiernos Regionales, deben organizar su gestión en tomo a objetivos y ejes estratégicos a ser identifi cadas en el Plan Concertado y el Presupuesto Participativo; El instructivo para el presupuesto participativo basado en resultados, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2010.EF-76-01, establece que dentro de la fase de preparación: “es necesaria la aprobación de la Ordenanza, que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego”. En atención al instructivo estos contenidos han sido contemplados en la ordenanza regional. El reglamento tiene por objeto regular el proceso de presupuesto participativo del Gobierno Regional de Arequipa para el ejercicio 2017, precisando su fi nalidad y alcances. Cabe precisar que se ha considerado el cronograma para el desarrollo de las acciones del presupuesto participativo, el cual ha sido adecuado a la fecha en que se aprobará de ser el caso la ordenanza sobre dicha materia. De otro lado se han desarrollado los mecanismos de identifi cación, de inscripción, derechos y obligaciones de los agentes participantes, la conformación del equipo técnico y sus responsabilidades durante el proceso, el desarrollo de las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo, así como el compromiso de incorporar en el Presupuesto vigente las actividades y proyectos priorizados en el Documento del Presupuesto Participativo de cada año. Por estas consideraciones, al amparo de la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”; Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; Y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº. 001- 2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: “ORDENANZA REGIONAL APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA PARA EL EJERCICIO 2017”. Articulo Primero.- Aprobación del Reglamento Aprobar el Reglamento para el proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Arequipa para el ejercicio 2017, la misma que consta de (04) títulos, (02) capítulos, (17) artículos y (02) disposiciones complementarias fi nales y que es parte integrante de la presente norma regional. Articulo Segundo.- Aprobación del Cronograma Aprobar el Cronograma de Actividades para el Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Arequipa para el ejercicio 2017, que como anexo forma parte integrante de la presente norma. Articulo Tercero.- De la Vigencia de la norma La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Articulo Cuarto.- Notifi cación Notifi car la presente Ordenanza Regional a la Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa, a la