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586244 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 / El Peruano Que, la Convención de Derechos del Niño, en el artículo 7° señala que todo niño o niña luego de su nacimiento debe ser inscrito inmediatamente y tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad; Que, la Convención Americana de Derechos Humanos en el artículo 18° dispone que toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres o al de uno de ellos. La Ley reglamentará la forma de asegurar este derecho para todos, mediante nombres supuestos, si fuere necesario; Que, la Constitución Política del Perú consagra el derecho a la identidad en el artículo 2° numeral 1 al disponer que, “toda persona tiene derecho (…) a la identidad”. Además el artículo 183° establece que El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC tiene a su cargo la inscripción de nacimientos, matrimonios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil. Emite las constancias correspondientes. Mantiene el registro de su identificación de los ciudadanos y emite los documentos que acreditan su identidad; Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, según lo establecido en los artículos 36° literal b) de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales comparten competencias con el gobierno nacional en materia de salud; Que, al respecto el artículo 10° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, los Gobiernos Regionales comparten competencias con el gobierno nacional en materia de salud. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el literal m) del artículo 49° del mismo dispositivo normativo, es función específi ca del Gobierno Regional, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales; Que, el artículo 11° del mismo dispositivo legislativo señala que el Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. En este sentido, el artículo 15º literal a) prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional N° 028-2011- GR.CAJ-CR, de fecha 02 de agosto del 2011, se aprobó promover el derecho al Nombre y a la Identidad de Niños, Niñas y Adolescentes como una de las prioridades para el desarrollo social en el ámbito del Gobierno Regional Cajamarca; Que, la Región Cajamarca viene ocupando el segundo lugar en desnutrición Crónica del Niño menor de 05 años y Mortalidad Materna, y siendo los indicadores de identidad y aseguramiento los que contribuyen a mejorar la oportunidad y la cobertura de las prestaciones que se les brinda a la referida población y en coordinación con RENIEC, se ha elaborado la Directiva que norme el procedimiento de inscripción de identidad y el aseguramiento de los niños y niñas de la Región Cajamarca. Esta Directiva involucra a sectores como la DIRESA, RENIEC, Gobiernos Locales y SIS, teniendo una naturaleza transversal e intersectorial; Que, mediante Dictamen N° 005 -2016-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODESO, de fecha 10 de marzo del año 2016, elaborado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Social se emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la Directiva que Garantiza el Proceso de Identidad y Aseguramiento en la Región Cajamarca; proyecto remitido por el Gobernador Regional Sr. Hilario Porfi rio Medina Vásquez, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 01 de abril del año 2016; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2014-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR la Directiva que Garantiza el Proceso de Identidad y Aseguramiento en la Región Cajamarca. Segundo: ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud, en coordinación con la Sub Gerencia de Asuntos Poblacionales de la Gerencia de Desarrollo Social, la implementación de la Directiva que Garantiza el Proceso de Identidad y Aseguramiento en la Región Cajamarca. Tercero: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Cuarto: ENGARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Quinto: ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Sexto: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, al primer día del mes de abril del año dos mil dieciséis. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1374818-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban el Plan de Trabajo y Reglamento para el Desarrollo del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 046-2016-CR-GRH Huanuco, 27 de abril de 2016 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional Huánuco, de fecha 20 de abril del año dos mil dieciséis, el Dictamen Nº 10-2016-GRHCO-CR/CPPPAT-AL presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado al Plan de Trabajo y Reglamento para el Desarrollo del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 del Gobierno Regional Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional y Gobiernos Locales a partir del año 2003, vienen realizando los Procesos de