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586248 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 / El Peruano Artículo Segundo.- CREAR EL CONSEJO REGIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS en la Región La Libertad, el mismo que estará integrado por los representantes de las siguientes instituciones: - Gobernador Regional de la Región La Libertad o su representante, quien lo presidirá. - Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social o su representante, quien asumirá las funciones de Secretaría Técnica. - Coordinador de la Mesa Regional de Concertación para la Lucha contra la pobreza o su representante. - Presidente de la Corte Superior de Justicia de la Libertad o su representante. - Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la Libertad o su representante. - Gerente Regional de Salud o su representante. - Gerente Regional de Educación o su representante. - Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo o su representante. - Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento o su representante. - Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos o su representante. - Gerencia Regional de Agricultura o su representante. - Gerencia Territorial de la Policía de la Libertad o su representante. - Gerencia Regional del Programa JUNTOS. - Dos representantes de las Organizaciones Sociales de Base de la Región La Libertad. - Un coordinador Regional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil RENIEC. - Un Representante del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar INABIF sede Trujillo. - Un Representante de la Ofi cina Regional de Adopciones. - Un Representante de la Defensoría del Pueblo. - Representantes de las Universidades Públicas y Privadas. - Un Representante del Programa Nacional de Cuna Más – Sede Trujillo. - Un Representante del Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores COREPAM-GRLL. - Un Representante del Centro de Emergencia Mujer. - Un Representante de Ofi cina Regional de Atención a las personas con discapacidad OREDIS. - Otros actores (as) que se consideren claves. Articulo Tercero.- EL CONSEJO REGIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS, tendrá por objeto la promoción de relaciones intra e interfamiliares saludables, la protección de las familias y velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, a favor de las familias en especial de las que se encuentran en situación de pobreza extrema, riesgo, abandono o exclusión en el ámbito regional; así como su necesaria articulación con las diversas gubernamentales, organizaciones sociales de base y demás actores de la sociedad civil con el fi n de elaborar, ejecutar, monitorear de manera participativa políticas, planes, programas y proyectos locales y regionales logrando el fortalecimiento y desarrollo integral de las familias en la Región La Libertad. Artículo Cuarto.- SON FUNCIONES DEL CONSEJO REGIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE FAMILIAS: - Emitir opiniones consultivas, con la fi nalidad de generar compromisos y fortalecer las redes sociales para la elaboración, ejecución, monitoreo, conjunto de políticas, planes, programas y demás acciones orientadas a promover y proteger el desarrollo integral de las familias, con especial énfasis en aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo social, abandono y exclusión en la Región sobre la base de una efectiva participación y vigilancia ciudadana. - Promover mediante los Gobiernos Locales Provinciales la conformación de los Comités Provinciales de Fortalecimiento de las familias. - Implementar y transversalizar políticas de fortalecimiento familiar en los diferentes ejes de desarrollo regional (económico, social, infraestructura, medio ambiente, gestión de los recursos naturales y otros) y el Plan Regional de Desarrollo Concertado y el Plan Nacional de Fortalecimiento de las Familias 2016 - 2021. - Promover la vigilancia ciudadana para la efectiva implementación de las políticas regionales, ejecución de programas sociales y proyectos de inversión pública a favor de las familias en situación de pobreza extrema, riesgo social, abandono o exclusión así como el efectivo cumplimiento de los compromisos establecidos en convenio con cooperación interinstitucional suscrito por el Gobierno Regional con entidades públicas privadas a la sociedad civil. - Generar compromisos en las entidades, empresas públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil en la Región para fortalecer capacidades en la prevención y solución proactiva de conflictos intrafamiliares o en la vida familiar y demás espacios sociales y económicos. - Proponer estrategias comunicacionales orientadas a la promoción de relaciones intra e interfamiliares saludables y la protección de las familias en situación de vulnerabilidad pobreza externa, riesgo abandono o exclusión en el ámbito regional. - Implementar acciones de promoción, fortalecimiento y protección familiar en el Plan Regional de Desarrollo Concertado, Plan de Desarrollo Institucional, Plan Operativo Institucional y demás documentos de gestión del Gobierno Regional de la Libertad. - Coordinar con los gobiernos locales intervenciones orientadas al auto sostenimiento económico de las familias en situación de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo social o exclusión. - Promover el cumplimiento de programas y/o proyectos en la temática de familia en la Región. Articulo Quinto.- OTÓRGUESE, en un plazo no mayor de 60 días para la constitución, instalación del Consejo Regional de Fortalecimiento de las familias, encargándose a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- INSTITUCIONALIZAR el Día Nacional de la Familia, el segundo Domingo de setiembre de cada año en el marco de la Ley N° 23465, la cual señala la celebración de la referente fecha en la Región promoviendo actividades locales y regionales en coordinación con los diferentes sectores e instancias del Gobierno Regional, los Gobiernos Locales y Sociedad Civil Organizada en conmemoración del Día Nacional de la Familia. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social incorporar la promoción de relaciones intra e interfamiliares saludables y la protección de las Familias con énfasis en las familias que se encuentran en situación de pobreza extrema, riesgo, abandono o exclusión en el Plan de Desarrollo de capacidades, Plan Operativo Institucional y demás instrumentos de Gestión del Gobierno Regional. Artículo Octavo.- DIFUNDIR, la presente Ordenanza a través de los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales, a fi n de que implementen las acciones respectivas, de acuerdo a las funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas que les corresponde conforme a ley. Artículo Noveno.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 008-2008-GRLL/CR, que crea el Consejo Regional de Promoción de la Familia como encargada de la elaboración del Plan Regional de Apoyo a la Familia 2007-2015 y todas aquellas normas que contravengan la presente Ordenanza. Artículo Décimo.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación de la Región y en el portal del Gobierno Regional de conformidad a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.