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586246 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 / El Peruano GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban conformación de los Consejos Consultivos de niñas, niños y adolescentes en la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2016-GR-LL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 1 de marzo del 2016, el Dictamen de la Comisión Ordinaria de la Mujer y Promoción de la Familia sobre el proyecto de Ordenanza Regional relativo “APROBAR LA CONFORMACIÓN DE CONSEJOS CONSULTIVOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN LA REGIÓN LA LIBERTAD”, y; CONSIDERANDO: Que, la Convención de los Derechos del Niño de 1989, ratifi cada por el Estado Peruano, establece en su artículo 2º que: Los Estados partes respetaran los derechos enunciados en la presente convención y aseguraran su aplicación, a cada niño sujeto a su jurisdicción sin distinción alguna… así mismo en su artículo 12º precisa que los Estados deben de garantizar al niño el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten, considerando sus opiniones en función de su edad y madurez; Que, en artículo 4º de la Constitución Política del Perú, establece que la Comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, entre otros; Que, el artículo II del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado mediante Ley Nº 27337, señala que el niño y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de protección específi ca; Que, el artículo 60º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, establece las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de los Gobiernos Regionales, entre ellas la de formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas a que la asistencia social se torne productiva para la Región, con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Décima Sexta Política del Acuerdo Nacional sobre “Fortalecimiento de la Familia, protección y promoción de la niñez, la adolescencia y la juventud”, tiene como propósito, garantizar el desarrollo integral y una vida digna para los niños, adolescentes y jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran en situación de riesgo; Que, en el XX Congreso Panamericano del Niño, Niña y Adolescentes, que tuvo lugar en la ciudad de Lima, en setiembre del año 2009, se dio el Primer Foro Panamericano de Niños, Niñas y Adolescentes, en el que participaron niños de los estados miembros de la OEA. Así, se concluyó en una de las recomendaciones, el deber de conformar Consejos Consultivos a nivel local, regional, nacional e interamericano para que se incorporen las palabras, opiniones, necesidades y propuestas de niñas, niños y adolescentes, incluyendo a quienes tienen habilidades especiales, en la construcción e implementación de políticas a ser ejecutadas por las máximas autoridades; Que, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, aprueba la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes mediante la Resolución Ministerial Nº 355-2009-MIMDES y su modifi catoria, para el ámbito nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP, aprueba el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021, instrumento marco de política pública del Estado Peruano, para articular y vincular las políticas que se elaboren en materia de infancia y adolescencia en el país, conteniendo en el resultado 18: niñas, niños y adolescentes participan, en el ciclo de políticas públicas que les involucra o interesan; Que, el Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia de la Libertad 2014-2021, considera en el Resultado 12 del Objetivo Estratégico 4: Niñas, Niños y Adolescentes, cuentan con espacios de participación ciudadana; Que, en el marco las normas señaladas del Convenio de Gestión suscrito, entre el Gobierno Regional de la Libertad y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de La Libertad, ha propuesto el Proyecto de Ordenanza Regional de Aprobación de la conformación de los Consejos Consultivos de Niñas, Niños y Adolescentes en la Región La Libertad; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 1 de marzo del año dos mil dieciséis, con el voto aprobatorio y por UNANIMIDAD del Pleno del Consejo Regional, y en uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modifi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional; con dispensa de lectura y aprobación del Acta. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la conformación de los Consejos Consultivos de niñas, niños y adolescentes en la Región La Libertad, como espacios de participación de carácter exclusivamente consultivo, conformado por niñas, niños y adolescentes, elegidos de manera democrática a nivel Distrital, Provincial y Regional. Artículo Segundo.- El CCONNA-LL, tiene por fi nalidad, la participación de las niñas, niños y adolescentes en la formulación de políticas públicas regionales, en materia de niñez y adolescencia emitiendo sus opiniones, aportes, observaciones y elevando propuestas a los alcaldes Distritales, Provinciales y a la Gobernación Regional. Artículo Tercero.- Las funciones del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes son: • Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de niñez y adolescencia ante el despacho de la Gobernación Regional. • Emitir opinión sobre las consultas que se realice en materia de políticas sobre niñez y adolescencia. • Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y de considerarlo pertinente expresar su opinión ante el despacho de la Gobernación Regional, quien lo trasladará a la instancia competente. • Promover la realización plena de los derechos de las niñas, niños y adolescentes de la Región La Libertad. • Articular con el Consejo Regional por los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de La Libertad COREDNNA-LL, la realización de acciones encaminadas a promover la mejora de atención de los servicios sociales a la niñez y adolescencia regional. • Su funcionamiento, estará regulado en el Reglamento Interno del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Libertad- CCONNA-LL.