Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2016 (02/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Informe N° 121-2016-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y el Informe N° 0507-2016-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 26° de la Ley N° 27972, establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente que además se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana; y, por aquellos contenidos en la Ley Nº 27444; Que, asimismo, el artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; ello en concordancia con el artículo 1° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2002-PCM, que refiere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, señala que estos tienen por finalidad generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante Ordenanza N° 382-MSI, modificada por Ordenanza N° 439-MSI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro; Que, conforme lo establecido en el literal e) del artículo 34° del Reglamento de Organización y Funciones, corresponde a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo conducir el proceso de formulación de los instrumentos de organización, funciones y procedimientos del Municipio, en coordinación con las unidades orgánicas, entre los que se encuentra el Reglamento de Organización y Funciones; Que, en ese sentido, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, de acuerdo a lo informado por la Subgerencia de Desarrollo Corporativo tal y como se aprecia en los informes del visto, remitió la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones respecto de las funciones de la Gerencia Municipal; Secretaría General; Gerencia de Administración y Finanzas; Gerencia de Administración Tributaria; Subgerencia de Servicios al Contribuyente; Subgerencia de Fiscalización Tributaria; Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; Subgerencia de Proyectos y el Equipo Funcional de Gestión Documentaria y Archivo; sustentando la misma en la mejora de procesos de las áreas de la entidad, la incorporación, modificación

o eliminación de funciones que requieren precisarse acorde a la normativa legal, la solución de posibles conflictos funcionales y la celeridad de los procesos de aprobación de estudios de proyectos de inversión pública; Que, contando con las opiniones técnicas favorables de las unidades orgánicas involucradas y la opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica conforme se señala en los documentos del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO, APROBADO POR ORDENANZA N° 382-MSI Y MODIFICADO POR ORDENANZA N° 439-MSI Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza N° 382-MSI y modificado por la Ordenanza N° 439-MSI, conforme se detalla en el Anexo I, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y demás órganos y unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ESTABLECER que las funciones de las áreas referidas a la Plataforma Multifuncional establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, entrarán en vigencia a partir de su implementación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, en el Portal Institucional (www.munisanisidro.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 26 días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1448288-2

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ACUERDO DE CONCEJO Nº 117-2016-MSI San Isidro, 26 de octubre de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Documento Simple N° 002337616; el Informe N° 318-2016-1620-SMAGS/MSI de la Subgerencia de Medio Ambiente; el Informe N° 068-2016-1610-GS/MSI de la Gerencia de Sostenibilidad; el Informe N° 05-2016-0200-GM/MSI de la Gerencia Municipal; el Informe N° 1028-2016-0830-SLSGGAF/MSI de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales; el Informe N° 132-2016-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe N°

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