Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2016 (02/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Miércoles 2 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

603343

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 434-MSI, que regula el ejercicio del comercio en vía pública en el distrito de San Isidro
ORDENANZA Nº 442-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 78-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 14-2016-CSCFTGRD/MSI de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Fiscalización, Tránsito y Gestión de Riesgo de Desastres; el Informe N° 1126-2016-14.4.0-SFGSCGRD/MSI de la Subgerencia de Fiscalización; el Memorando N° 757-2016-14.0.0-GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres; el Memorándum N° 694-2016-1500-GDH/ MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe 1888-2016-12.1.0-SLA-GACU/MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Pase N° 2467-2016-12.0.0GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; el Informe N° 102-2016-0130-OPU/MSI de la Oficina de Planeamiento Urbano y el Informe N° 05152016-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en virtud de lo cual conforme al numeral 8° del artículo 9° de la citada ley, corresponde al Concejo Municipal entre otras funciones, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 83º de la citada Ley Orgánica dispone que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en efecto, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 1787-MML, publicada con fecha 12 de Mayo de 2014, aprobó la norma que Regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos en Lima Metropolitana, disponiendo en el artículo 6º que los gobiernos locales de la provincia de Lima, deberán normar complementariamente y con sujeción a la citada Ordenanza, teniendo en consideración las características propias del comercio ambulatorio en su jurisdicción; Que, conforme a ello, a través de la Ordenanza N° 434MSI publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de Julio de 2016; se aprobó la Ordenanza que regula el ejercicio del comercio en vía pública en el distrito de San Isidro, cuyo objetivo es establecer los lineamientos técnicos, administrativos y legales que regulen el procedimiento para la obtención de la autorización municipal temporal del ejercicio de comercio en vía pública, en el distrito de San Isidro; Que, la referida Ordenanza, establece en su Segunda Disposición complementaria final, transitoria y derogatoria entre los anexos que forman parte integrante de la norma, el "Anexo II: Planos de Ubicación de la Actividad Comercial

en la vía pública del distrito de San Isidro", el cual contiene un Plano General y Planos por Subsectores (Sectores 1,2,3,4 y 5) en donde se establecen las ubicaciones permitidas de los módulos de venta fijo en el distrito; Que, no obstante la Oficina de Planeamiento Urbano a través del documento del visto, remitió la propuesta de modificación de la Ordenanza N° 434-MSI, indicando que esta tiene por objeto modificar los planos contenidos en el Anexo II de la citada norma; Que, en tal sentido, contando con las opiniones favorables de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres y de la Gerencia de Desarrollo Humano conforme se indica en los documentos del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 434-MSI, QUE REGULA EL EJERCICIO DEL COMERCIO EN VÍA PÚBLICA EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- MODIFICAR los planos PG, P03, P06 y P07 del Anexo II: Planos de Ubicación de la Actividad Comercial en la vía pública en módulos de venta fijo del distrito de San Isidro de la Ordenanza N° 434-MSI, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen su publicación en la página web de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente modificatoria entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los 26 días del mes de octubre de dos mil dieciséis. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1448288-1

Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro
ORDENANZA Nº 443-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 79-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 36-2016-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Memorando N° 240-0500-GPPDC/MSI de la Secretaría General; el Informe N° 339-2016-1330-SP-GDD-MSI de la Subgerencia de Proyectos; el Informe N° 1819-2016-12.1.0-SLA-GACU/ MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Pase N° 2394-2016-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; el Memorándum N° 0686-2016-1100-GAT/MSI de la Gerencia de Administración Tributaria; el Memorándum N° 4282016-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 193-2016-0520-SDC-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el

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