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603343 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de noviembre de 2016 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 434-MSI, que regula el ejercicio del comercio en vía pública en el distrito de San Isidro ORDENANZA Nº 442-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 78-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 14-2016-CSCFTGRD/MSI de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Fiscalización, Tránsito y Gestión de Riesgo de Desastres; el Informe N° 1126-2016-14.4.0-SF- GSCGRD/MSI de la Subgerencia de Fiscalización; el Memorando N° 757-2016-14.0.0-GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres; el Memorándum N° 694-2016-1500-GDH/ MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe 1888-2016-12.1.0-SLA-GACU/MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Pase N° 2467-2016-12.0.0- GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; el Informe N° 102-2016-0130-OPU/MSI de la Ofi cina de Planeamiento Urbano y el Informe N° 0515- 2016-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en virtud de lo cual conforme al numeral 8° del artículo 9° de la citada ley, corresponde al Concejo Municipal entre otras funciones, aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 83º de la citada Ley Orgánica dispone que son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en efecto, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 1787-MML, publicada con fecha 12 de Mayo de 2014, aprobó la norma que Regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos en Lima Metropolitana, disponiendo en el artículo 6º que los gobiernos locales de la provincia de Lima, deberán normar complementariamente y con sujeción a la citada Ordenanza, teniendo en consideración las características propias del comercio ambulatorio en su jurisdicción; Que, conforme a ello, a través de la Ordenanza N° 434- MSI publicada en el diario ofi cial El Peruano el 19 de Julio de 2016; se aprobó la Ordenanza que regula el ejercicio del comercio en vía pública en el distrito de San Isidro, cuyo objetivo es establecer los lineamientos técnicos, administrativos y legales que regulen el procedimiento para la obtención de la autorización municipal temporal del ejercicio de comercio en vía pública, en el distrito de San Isidro; Que, la referida Ordenanza, establece en su Segunda Disposición complementaria fi nal, transitoria y derogatoria entre los anexos que forman parte integrante de la norma, el “Anexo II: Planos de Ubicación de la Actividad Comercial en la vía pública del distrito de San Isidro”, el cual contiene un Plano General y Planos por Subsectores (Sectores 1,2,3,4 y 5) en donde se establecen las ubicaciones permitidas de los módulos de venta fi jo en el distrito; Que, no obstante la Ofi cina de Planeamiento Urbano a través del documento del visto, remitió la propuesta de modifi cación de la Ordenanza N° 434-MSI, indicando que esta tiene por objeto modifi car los planos contenidos en el Anexo II de la citada norma; Que, en tal sentido, contando con las opiniones favorables de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres y de la Gerencia de Desarrollo Humano conforme se indica en los documentos del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por Mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 434-MSI, QUE REGULA EL EJERCICIO DEL COMERCIO EN VÍA PÚBLICA EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- MODIFICAR los planos PG, P03, P06 y P07 del Anexo II: Planos de Ubicación de la Actividad Comercial en la vía pública en módulos de venta fi jo del distrito de San Isidro de la Ordenanza N° 434-MSI, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen su publicación en la página web de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente modifi catoria entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los 26 días del mes de octubre de dos mil dieciséis. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1448288-1 Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro ORDENANZA Nº 443-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 79-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 36-2016-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Memorando N° 240-0500-GPPDC/MSI de la Secretaría General; el Informe N° 339-2016-1330-SP-GDD-MSI de la Subgerencia de Proyectos; el Informe N° 1819-2016-12.1.0-SLA-GACU/ MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Pase N° 2394-2016-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; el Memorándum N° 0686-2016-1100-GAT/MSI de la Gerencia de Administración Tributaria; el Memorándum N° 428- 2016-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 193-2016-0520-SDC-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el