Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2016 (14/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 14 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 730-2016 MTC/01.04 Lima, 12 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 4602015-MTC/01.04, se designó a la señora Claudia Sofía Frisancho Dávila de Monge, en el cargo público de confianza de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la renuncia; así como, encargar las funciones de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo cargo es considerado de confianza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Claudia Sofía Frisancho Dávila de Monge, al cargo público de confianza de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la señora Yvonne Tatiana Bartra Mejía las funciones de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego Encargado de la Cartera de Transportes y Comunicaciones 1428432-1

Que, con documentos de Registro Nº T-069906-2016 del 10 de marzo de 2016 y Nº E-127296-2016 del 07 de mayo de 2016, STAR UP S.A. solicitó la renovación y modificación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo, para continuar explotando dicho servicio por el plazo de cuatro (04) años, incluyendo nueva zona y/o punto de operación; Que, según los términos del Memorando Nº 07482016-MTC/12.LEG, habiendo STAR UP S.A. presentado su solicitud de renovación fuera del plazo establecido, en aplicación del artículo 75º numeral 3 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde encauzar dicha solicitud, dándole el trámite de una solicitud de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, considerando los términos de su anterior autorización y la inclusión de nueva zona y/o punto de operación; Que, STAR UP S.A. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 008 y sus Especificaciones de Operación respectivas; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, según los términos del Memorando Nº 0925-2016MTC/12.LEG, Memorando Nº 052-2016-MTC/12.POA, Memorando Nº 252-2016-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 084-2016-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 290-2016MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:

Otorgar a Star Up S.A. permiso de operación de aviación comercial para prestar servicio de transporte aéreo no regular de pasajeros, carga y correo, en el ámbito internacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 369-2016-MTC/12 Lima, 26 de julio del 2016 VISTO: La solicitud de STAR UP S.A. sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 079-2012MTC/12 del 09 de marzo de 2012, modificada con Resolución Directoral Nº 082-2016-MTC/12 del 23 de febrero de 2016, se otorgó a STAR UP S.A., Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 15 de abril de 2016;

Artículo 1.- Otorgar a STAR UP S.A., de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes en el Perú sobre la materia, Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo. Para realizar operaciones aéreas STAR UP S.A. requiere el correspondiente Certificado de Explotador, así como las Especificaciones Técnicas de Operación, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-financiera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. El Permiso de Operación está sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional.

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